MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS

SECRETARIA DE OBRAS PUBLICAS

SUBSECRETARIA DE DESARROLLO URBANO Y VIVIENDA

Programa Federal de Construcción de Viviendas-Techo Digno

El Ministerio de Planificación Federal, Inversión Pública y Servicios, a través de la Subsecretaría de Desarrollo Urbano y Vivienda, desarrollará el Programa Federal de Construcción de Viviendas-Techo Digno; destinado a incentivar el empleo y contribuir al progreso de los sectores sociales de menores recursos. Con la participación de las provincias y los municipios, y en el marco de un reglamento específico para participar, esta iniciativa procura construir viviendas nuevas, proteger el hábitat y realizar obras de infraestructura.

INTRODUCCION

La Subsecretaría de Desarrollo Urbano y Vivienda (SSDUyV), dependiente de la Secretaria de Obras Públicas del Ministerio de Planificación Federal, Inversión Pública y Servicios, en calidad de organismo nacional competente en materia habitacional impulsó la creación del "Programa Federal de Construcción de Viviendas-Techo Digno", como programa permanente de ejecución de obras con la finalidad de contribuir al desarrollo y mejoramiento de las condiciones de hábitat de los hogares de menores recursos generando empleo formal y movilizando mercados locales de materiales en comercialización y producción.

El programa que será ejecutado en forma conjunta con los Estados provinciales y/o municipales que adhieran a él, financiando la ejecución de las obras, está compuesto por dos líneas de acción: a) la construcción de viviendas nuevas y mejoramiento del hábitat, y b) obras de infraestructura y complementarias.

Asimismo, cuenta con un reglamento particular en el cual se detallarán los entes partícipes, las acciones y responsabilidades asignadas a los mismos, los requisitos a cumplimentar por los Estados provinciales y/o municipales, y los procedimientos de aprobación, financiación, ejecución y rendición de cuentas de las obras convenidas.

Una de las particularidades del nuevo programa es que asegura la continuidad de las obras que hubiesen sido convenidas entre las provincias y/o municipios con la SSDUyV, enmarcadas en los convenios marcos del Programa Federal de Construcción de Viviendas, así como la necesidad de dotar a dichas obras de mayores instrumentos que permitan dar cumplimiento a sus objetivos establecidos y se encuentren en etapa de ejecución al momento de la entrada en vigencia de la presente medida, y podrán ser finalizadas bajo las estipulaciones del Programa "Techo Digno".

A tal efecto, las jurisdicciones que oportunamente suscribieron los respectivos convenios, deberán adherir al nuevo programa.

Debido a estas necesidades, la Secretaría de Obras Públicas resolvió crear en el ámbito de la SSDUyV el Programa Federal de Construcción de Vivienda-Techo Digno, aprobar el reglamento particular del mismo, encomendar a la SSDUyV aprobar el manual de ejecución del programa y asignarla como autoridad de aplicación, quedando facultada para dictar las normas que resulten pertinentes y efectuar las interpretaciones y aclaraciones que devengan necesarias.

OBJETIVOS

El proyecto tiene como objetivos consolidar la evolución decreciente del déficit habitacional, mejorar la calidad de vida de los hogares y fortalecer el proceso de reactivación económica del sector habitacional.

ORGANISMOS PARTICIPANTES

Como partes intervenientes aparecen la Unidad de Gestión representada en la Dirección de Políticas Habitacionales de la SSDUyV, la misma Subsecretaría, la Secretaría de Obras Públicas y los Organismos Provinciales de Vivienda y/o municipios responsables de la ejecución de los proyectos y sus respectivas líneas de acción.

RESPONSABILIDADES DE LOS ACTORES

La responsabilidad de las partes con respecto a la Unidad de Gestión contempla analizar y evaluar la documentación presentada por los Entes Ejecutores, emitir la no objeción técnica de los proyectos, adoptar las medidas y controles necesarios para el cumplimiento de los acuerdos suscriptos y supervisar y auditar el inicio, el avance y la finalización de cada proyecto, así como fijar los criterios de elegibilidad comunes a cualquier proyecto.

RESPONSABILIDADES DE LA SUBSECRETARIA DE DESARROLLO URBANO Y VIVIENDA

A continuación se detallan las principales responsabilidades:

• Emitir la no objeción financiera de los proyecto.

• Suscribir los acuerdos con los entes ejecutores.

• Auditar y monitorear el programa.

• Financiar el programa en todas sus líneas de acción.

• Adecuar los montos máximos financiables por vivienda al mes en que se otorgue la no objeción para licitar a cada uno de los proyectos presentados.

• Reconocer eventuales redeterminaciones de precios aprobadas por los Entes Ejecutores hasta el monto que resulte de aplicar la metodología.

• Impulsar la transferencia de los fondos a los Entes Ejecutores en tiempo y forma de acuerdo a lo establecido.

• Suspender la ejecución de cualquiera de las líneas de acción donde no se cumplan los aspectos programáticos o algunas de las cláusulas fijadas en los acuerdos por parte de los Entes Ejecutores.

• Establecer los estándares mínimos de calidad para las viviendas de interés social y gestionar los desembolsos, siguiendo el procedimiento de la Circular de la Secretaría de Obras Públicas Nş 1/2006.

RESPONSABILIDADES DE LOS ENTES EJECUTORES

Los Entes Ejecutores cuando son organismos provinciales de vivienda tienen la responsabilidad de:

• Elaborar los proyectos y presentar la solicitud de no objeción técnica a la Unidad de Gestión.

• Licitar las obras cuando no sean realizadas por administración del Ente Ejecutor.

• Solicitar la no objeción de financiamiento.

• Suscribir los contratos de obra con las empresas adjudicatarias.

• Suscribir los acuerdos con la SSDUyV.

• Cumplimentar los requisitos exigidos por la Unidad de Gestión dentro de los plazos establecidos en los respectivos acuerdos.

• Llevar adelante la ejecución de la obra y de cada línea de acción del programa, ejerciendo la inspección y certificación de la misma.

• Informar a la Unidad de Gestión de manera mensual el estado de avance de cada uno de los proyectos.

• Confeccionar las actas de inicio, las certificaciones de avance de obra y del cierre final todas con carácter de declaración jurada.

• Cumplir las obligaciones establecidas en las cláusulas correspondientes a los acuerdos.

• Adjudicar las viviendas conforme los lineamientos del programa considerando la lista de beneficiarios registrados por los organismos provinciales de vivienda o la presentada por municipios.

• Realizar la recepción provisoria y definitiva de la obra.

• Una vez terminada la obra proceder a la inmediata entrega de las viviendas e instrumentar el otorgamiento de la estructura traslativa de dominio a favor del beneficiario y realizar la constitución de la correspondiente hipoteca a favor de la provincia cuando corresponda una vez terminadas las obras.

• Instrumentar el recupero de las cuotas que abonarán los beneficiarios adjudicatarios de la vivienda para su posterior reinmersión en nuevos proyectos de vivienda en su jurisdicción.

• Fiscalizar el cumplimiento de la legislación laboral y de la seguridad social y de las condiciones de seguridad e higiene en el trabajo.

RESPONSABILIDADES DE LOS MUNICIPIOS

Por su parte, el municipio como Ente Ejecutor debe:

• Elaborar los proyectos y presentar la solicitud de no objeción técnica a la Unidad de Gestión.

• Licitar a las obras cuando no sean realizadas por administración del Ente ejecutor.

• Solicitar la no objeción financiera.

• Suscribir los contratos de obras con las empresas adjudicatarias.

• Suscribir los acuerdos con la SSDUyV.

• Cumplimentar los requisitos exigidos por la unidad de gestión dentro de los plazos establecidos en los respectivos acuerdos.

• Llevar adelante la ejecución de la obra de cada línea de acción del programa, ejerciendo la inspección y certificación de la misma.

• Informar a la Unidad de Gestión de manera mensual el estado de avance de cada uno de los proyectos.

• Confeccionar las actas de inicio, las certificaciones de avance de obra y del cierre final todas con carácter de declaración jurada.

• Cumplir las obligaciones establecidas en las cláusulas correspondientes a los acuerdos.

• Adjudicar las viviendas conforme los lineamientos del programa considerando la lista de beneficiarios registrados por los organismos provinciales de vivienda o la presentada por municipios.

Realizar la recepción provisoria y definitiva de la obra. .

• Una vez terminada la obra proceder a la inmediata entrega de las viviendas e instrumentar el otorgamiento de la estructura traslativa de dominio a favor del beneficiario y realizar la constitución de la correspondiente hipoteca a favor de la provincia cuando corresponda una vez terminadas las obras.

• Instrumentar el recupero de las cuotas que abonarán los beneficiarios adjudicatarios de la vivienda para su posterior reinmersión en nuevos proyectos de vivienda en su jurisdicción.

• Fiscalizar el cumplimiento de la legislación laboral y de la seguridad social y de las condiciones de seguridad e higiene en el trabajo.

• Realizar la selección de los adjudicatarios y remitir la información al organismo provincial para la formalización de las adjudicaciones.

RESPONSABILIDADES DE LOS ORGANISMOS PROVINCIALES DE VIVIENDA

A continuación se detallan las principales responsabilidades:

• El organismo provincial debe suscribir los acuerdos con la SSDUyV.

• Visar las certificaciones de avance de obra emitidas por los municipios.

• Adjudicar las viviendas conforme a los lineamientos del programa y considerando la lista de beneficiarios presentada por los municipios.

• Una vez finalizada la obra deben proceder a la inmediata entrega de las viviendas e instrumentar el otorgamiento de la estructura traslativa de dominio a favor del beneficiario y realizar la constitución de la correspondiente hipoteca a favor de la provincia cuando corresponda una vez terminadas las obras.

• Instrumentar el recupero de las cuotas que abonarán los beneficiarios adjudicatarios de la vivienda para su posterior reinmersión en nuevos proyectos de vivienda en su jurisdicción.

Por otra parte, la Secretaria de Obras Públicas, debe ratificar mediante Resolución los acuerdos firmados por la SSDUyV y aprobar la transferencia del monto del proyecto, facultando a SSDUyV a impulsar la liquidación de los anticipos financieros de acuerdo a los establecido en el acuerdo ratificado.

GESTION ESTRATEGICA Y POLITICAS DE LA SUBSECRETARIA DE DESARROLLO URBANO Y VIVIENDA Y SU RELACION CON LAS POLITICAS DEL PROGRAMA

Las políticas generales de cada jurisdicción deben desarrollar y fortalecer las acciones del gobierno nacional en materia de vivienda y desarrollo urbano, infraestructura vial, obras hídricas y de saneamiento básico, en base a dos ejes centrales: uno social y otro productivo.

El primero prevé la creación de empleo genuino, una mejora de la calidad de vida de la población y una mejor distribución de la riqueza.

En cuanto al eje productivo, se prevé fomentar la inversión tanto pública como privada, tendiendo a optimizar el desarrollo regional.

Por su parte, la SSDUyV tiene el objetivo de ejecutar los lineamientos del gobierno nacional en materia de hábitat y desarrollo urbano a través de acciones que tiendan a la promoción de una gestión de urbana y territorial eficiente y eficaz, como así también a la construcción de viviendas con estándares de calidad adecuados.

Todo ello con el múltiple objetivo de incrementar la actividad económica, disminuir los índices de desempleo, mejorar la infraestructura habitacional del país, dando solución a los problemas sociales derivados de las condiciones inadecuadas del hábitat.

FINANCIAMIENTO

En todas las líneas de acción es la SSDUyV la que financia los fondos del programa, que aprueba y transfiere a la Secretaría de Obras Públicas del Ministerio de Planificación Federal, Inversión Pública y Servicios.

Los Entes Ejecutores son los receptores de los fondos, responsables de su ejecución de las obras y de las rendiciones de cuenta de los mismos.

Asimismo, la SSDUyV reconocerá eventuales redeterminaciones de precios aprobadas por los Entes Ejecutores.

En el Convenio-marco se desarrolla explícitamente todos los requisitos a cumplir de manera correcta a fin de obtener la no objeción técnica y la financiera.

Además se marca cuáles son los criterios de elegibilidad de los proyectos, la metodología para la evaluación de la calidad ambiental, la evaluación del Impacto Energético-PRONUREE, la metodología para efectuar el desembolso de fondos, la metodología de la rendición de cuentas y control, y por último, un manual de ejecución.