Subsecretaría de la Pequeña y Mediana Empresa y Desarrollo Regional

MICRO, PEQUEÑAS Y MEDIANAS EMPRESAS

Disposición 255/2005

Prorrógase la apertura de la licitación de cupos de crédito para bonificación de tasa, efectuada conforme a la Disposición Nº 249/2005.

Bs. As., 4/8/2005

VISTO el Expediente Nº S01:0201780/2005 del Registro del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION, las Leyes Nros. 24.467, 25.300, los Decretos Nros. 748 de fecha 29 de agosto de 2000, 871 de fecha 6 de octubre de 2003, 25 de fecha 27 de mayo de 2003 y su modificatorio y 159 de fecha 24 de febrero de 2005, la Disposición Nº 249 de fecha 19 de julio de 2005 de la SUBSECRETARIA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA Y DESARROLLO REGIONAL de la SECRETARIA DE INDUSTRIA, COMERCIO Y DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION, y

CONSIDERANDO:

Que mediante la Disposición Nº 249 de fecha 19 de julio de 2005 de la SUBSECRETARIA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA Y DESARROLLO REGIONAL de la SECRETARIA DE INDUSTRIA, COMERCIO Y DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION se estableció una convocatoria a las Entidades Financieras autorizadas a funcionar por el BANCO CENTRAL DE LA REPUBLICA ARGENTINA (B.C.R.A.) a la licitación de cupos de crédito para bonificación de tasa de operaciones de leasing o de préstamos para la adquisición de soluciones informáticas integrales nuevas de uso comercial, instituido según el Programa de Estímulo al Crecimiento de las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas, creado por el Decreto Nº 748 de fecha 29 de agosto de 2000 y modificado mediante los Decretos Nros. 871 de fecha 6 de octubre de 2003 y 159 de fecha 24 de febrero de 2005.

Que la fecha fijada para la apertura de la licitación de los cupos de financiamiento mencionada en el considerando anterior, se estableció para el día 5 de agosto de 2005 a las TRECE Y TREINTA HORAS (13:30 hs.).

Que es fundamental para una mayor participación de las Entidades Financieras en este llamado, la coordinación del mismo con el Plan PyMES en la Red.

Que el mencionado plan ha sido presentado recientemente por el MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION, siendo por ello necesario otorgar un mayor plazo de difusión a las Entidades Financieras a fin de dar a conocer a un mayor número de las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas los beneficios que otorga dicho plan.

Que en ese sentido se considera oportuno y conveniente prorrogar la mencionada convocatoria para el día 16 de agosto del corriente año, a fin de posibilitar una mayor difusión de la misma, que repercutirá en un mayor número de Entidades Financieras participantes, dando como resultado condiciones de acceso al crédito más favorables para las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas.

Que en consecuencia y a los efectos antes mencionados se meritúa oportuno y conveniente suspender la licitación de cupos referida.

Que esta Subsecretaría es competente para el dictado de la presente disposición, en virtud de lo dispuesto por las Leyes Nros. 24.467 y 25.300, los Decretos Nros. 871 de fecha 6 de octubre de 2003, 25 de fecha 27 de mayo de 2003 y su modificatorio y 159 de fecha 24 de febrero de 2005.

Por ello,

EL SUBSECRETARIO DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA Y DESARROLLO REGIONAL

DISPONE:

Artículo 1º — Prorróguese la apertura de la licitación de cupos de crédito para bonificación de tasa efectuada conforme a la Disposición Nº 249 de fecha 19 de julio de 2005 de la SUBSECRETARIA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA Y DESARROLLO REGIONAL de la SECRETARIA DE INDUSTRIA, COMERCIO Y DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION.

Art. 2º — Fíjase como nueva fecha de la apertura de la licitación el día 16 de agosto de 2005.

Art. 3º — La presente disposición entrará en vigencia a partir del momento de su emisión.

Art. 4º — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Federico I. Poli.