MINISTERIO DE DEFENSA

Decreto 788/2007

Apruébase la estructura organizativa de la Secretaría de Asuntos Militares, de la Secretaría de Planeamiento y de la Secretaría de Asuntos Internacionales de la Defensa. Organigrama, Responsabilidad Primaria y Acciones. Modifícanse el Anexo I al Artículo 1º del Decreto Nº 357/2007 y sus modificatorios y el Anexo II al Artículo 22 del mencionado Decreto y sus modificatorios. Modifícase el Anexo II al Artículo 2º del Decreto Nº 1648/2006.

Bs. As., 25/6/2007

VISTO el Expediente Nº 10.932/2007 del Registro del MINISTERIO DE DEFENSA, el Decreto Nº 357 del 21 de febrero de 2002 y sus modificatorios, la Decisión Administrativa Nº 21 del 15 de abril de 2002 y modificatorios, y el Decreto Nº 1648 del 14 de noviembre de 2006, y

CONSIDERANDO:

Que el Decreto Nº 357/02, entre otros aspectos, aprobó el organigrama de aplicación de la Administración Pública Nacional, estableciéndose sus competencias en función de lo dispuesto por el Decreto Nº 355 del 21 de febrero de 2002.

Que resulta conveniente proyectar una nueva conformación organizativa de los niveles políticos en el ámbito del MINISTERIO DE DEFENSA, a fin de mejorar y optimizar las funciones y responsabilidades para cumplir las acciones encomendadas.

Que consecuentemente con la nueva conformación política se hace necesario la modificación de la estructura del MINISTERIO DE DEFENSA que fuera aprobada por Decisión Administrativa Nº 21/02 a fin de adecuarla a los nuevos objetivos asignados.

Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS del MINISTERIO DE DEFENSA y la SUBSECRETARIA DE LA GESTION PUBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, han tomado la intervención que les compete.

Que la presente medida se dicta en ejercicio de las facultades atribuidas por el artículo 99, inciso 1 de la CONSTITUCION NACIONAL.

Por ello,

EL PRESIDENTE DE LA NACION ARGENTINA

DECRETA:

Artículo 1º — Sustitúyese del Anexo I al artículo 1º del Decreto Nº 357 del 21 de febrero de 2002 y sus modificatorios —Organigrama de aplicación de la Administración Pública Nacional— el Apartado XV correspondiente al MINISTERIO DE DEFENSA, el que quedará conformado de acuerdo al detalle que se acompaña como planilla anexa al presente artículo.

Art. 2º — Sustitúyese del Anexo II al artículo 2º del Decreto Nº 357 del 21 de febrero de 2002 y sus modificatorios —Objetivos— el Apartado XV correspondiente al MINISTERIO DE DEFENSA, el que quedará redactado de conformidad con el detalle obrante en la planilla anexa al presente artículo.

Art. 3º — Apruébase la estructura organizativa de la SECRETARIA DE ASUNTOS MILITARES, de la SECRETARIA DE PLANEAMIENTO y de la SECRETARIA DE ASUNTOS INTERNACIONALES DE LA DEFENSA del MINISTERIO DE DEFENSA, de conformidad con el Organigrama, Responsabilidad Primaria y Acciones, los que como Anexos la, lb, lc, Id y II, forman parte integrante del presente decreto.

Art. 4º — Establécese que, hasta tanto se concluya con la reestructuración de las áreas afectadas por la presente medida, se mantendrán vigentes las aperturas estructurales existentes, las que transitoriamente mantendrán las acciones y dotaciones vigentes con sus respectivos niveles y funciones ejecutivas previstas en el Decreto Nº 993/91 (T.O. 1995).

Art. 5º — Sustitúyense las acciones 3 y 4 de la DIRECCION DE SERVICIOS GENERALES Y CONTRATACIONES dependiente de la DIRECCION GENERAL DE ADMINISTRACION de la SUBSECRETARIA DE COORDINACION del MINISTERIO DE DEFENSA, asignadas en el Anexo II al artículo 2º del Decreto Nº 1648/06 por las que se detalla a continuación:

3.- Dirigir y planificar las tareas de servicios generales, suministros y automotores.

4.- Brindar los servicios y administrar los bienes de uso que requieran los distintos sectores del Ministerio con exclusión de los vinculados a comunicaciones, redes e informática.

Art. 6º — Incorpóranse como acciones 10 y 11 de la DIRECCION DE INFORMATICA dependiente de la SUBSECRETARIA DE COORDINACION del MINISTERIO DE DEFENSA, asignadas en el Anexo II al artículo 2º del Decreto Nº 1648/06 las que se detallan a continuación:

10.- Dirigir y planificar las tareas de comunicaciones, redes e informática.

11.- Brindar los servicios y administrar los bienes de uso propios de comunicaciones, redes e informática que requieran los distintos sectores del Ministerio.

Art. 7º — Transfiérense a la órbita de la SECRETARIA DE PLANEAMIENTO el SERVICIO DE HIDROGRAFIA NAVAL, dependiente del ESTADO MAYOR GENERAL DE LA ARMADA y el INSTITUTO GEOGRAFICO MILITAR, organismo descentralizado actualmente bajo la órbita de la SECRETARIA DE ASUNTOS MILITARES y fíjase un plazo de CIENTO OCHENTA (180) días para su reestructuración.

Art. 8º — Sustitúyese la denominación del INSTITUTO DE INVESTIGACIONES CIENTIFICAS Y TECNICAS DE LAS FUERZAS ARMADAS por el de INSTITUTO DE INVESTIGACIONES CIENTIFICAS Y TECNICAS PARA LA DEFENSA.

Art. 9º — El INSTITUTO DE INVESTIGACIONES CIENTIFICAS Y TECNICAS PARA LA DEFENSA contará con un Consejo que, a requerimiento del Presidente del citado Instituto, asesorará en los asuntos sobre los que se le requiera. Estará integrado por cuatro miembros destacados del ámbito científico-académico, en calidad de ad honórem, para cuya designación podrán evaluarse los antecedentes académicos de los candidatos, consultando a universidades e instituciones científicas nacionales.

Art. 10. — Transfiérese la FEDERACION DEPORTIVA MILITAR ARGENTINA, organismo dependiente de la SECRETARIA DE ASUNTOS MILITARES del MINISTERIO DE DEFENSA, a la órbita del ESTADO MAYOR CONJUNTO DE LAS FUERZAS ARMADAS.

Art. 11.— Las transferencias a las que aluden los artículos anteriores comprenderán las unidades organizativas con sus respectivas competencias, créditos presupuestarios, bienes, cargos y dotaciones vigentes a la fecha con sus respectivos niveles y grados de revista.

Art. 12. — En un plazo de noventa (90) días el MINISTERIO DE DEFENSA deberá elevar para la aprobación del PODER EJECUTIVO NACIONAL el anexo de dotación correspondiente a las áreas que se aprueban por la presente medida.

Art. 13. — Hasta tanto se efectúen las adecuaciones presupuestarias correspondientes, la atención de las erogaciones de las áreas afectadas por la presente medida, serán atendidas con cargo a los créditos presupuestarios de origen de las mismas.

Art. 14. — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — KIRCHNER. — Alberto A. Fernández. — Nilda Garré. — Felisa Miceli. — Daniel F. Filmus.

ANEXO Ia

SECRETARIA DE ASUNTOS MILITARES

ANEXO Ib

SECRETARIA DE PLANEAMIENTO

ANEXO Ic

SECRETARIA DE COOPERACION PARA LA DEFENSA

ANEXO Id

Empresas y participaciones accionarias dependientes del MINISTERIO DE DEFENSA

SOCIEDADES ANONIMAS CON PARTICIPACION MAYORITARIA

EDCADASSA

TANDANOR S.A.

SOCIEDADES ANONIMAS CON PARTICIPACION MINORITARIA

INTERBAIRES S.A.

SATECNA S.A. (e.l.)

INTERCARGO S.A.

EMPRESA 100% DEL ESTADO NACIONAL

CONSTRUCCION DE VIVIENDA PARA LA ARMADA (COVIARA)

Planilla Anexa al Artículo 1º

XV – MINISTERIO DE DEFENSA

- SUBSECRETARIA DE COORDINACION

- SECRETARIA DE ASUNTOS MILITARES

- SUBSECRETARIA DE ASUNTOS TECNICO MILITARES

- SUBSECRETARIA DE FORMACION

- SECRETARIA DE PLANEAMIENTO

- SUBSECRETARIA DE PLANIFICACION LOGISTICA Y OPERATIVA DE LA DEFENSA

- SUBSECRETARIA DE INNOVACION CIENTIFICA Y TECNOLOGICA

- SECRETARIA DE ASUNTOS INTERNACIONALES DE LA DEFENSA

Planilla Anexa al Artículo 2º

SUBSECRETARIA DE COORDINACION

OBJETIVOS

1. Asistir al Ministro en el diseño de la política presupuestaria de la jurisdicción y en la evaluación de su cumplimiento.

2. Asistir a las unidades ejecutoras de las distintas categorías programáticas de la administración central del Ministerio, en la formulación y programación de la ejecución presupuestaria y en las modificaciones que se proyecten durante el ejercicio financiero.

3. Asistir a las unidades ejecutoras de las distintas categorías programáticas efectuando los trámites administrativos necesarios para la obtención de los recursos humanos, materiales, equipamientos, tecnológicos y de todo otro insumo necesario para cumplimiento de los objetivos y metas de la jurisdicción.

4. Efectuar la coordinación administrativa de las áreas integrantes de la jurisdicción y de las entidades descentralizadas dependientes, así como la planificación de las actividades de administración.

5. Coordinar la aplicación de la política de recursos humanos, organización y sistemas administrativos de la administración central de la jurisdicción.

6. Supervisar el desarrollo e implementación de los sistemas informáticos y de comunicaciones y sus condiciones de seguridad.

7. Instruir los sumarios administrativos disciplinarios.

8. Coordinar el despacho, seguimiento y archivo de la documentación administrativa, determinando para cada trámite las unidades de la jurisdicción con responsabilidad primaria para entender en el tema respectivo.

9. Coordinar las políticas de administración de los recursos humanos de las Fuerzas Armadas, civiles y militares.

10. Coordinar el servicio jurídico, intervenir en todos los proyectos de leyes, decretos o resoluciones que introduzcan o modifiquen normas vinculadas con la actividad sustantiva de la jurisdicción y supervisar el accionar de los servicios jurídicos pertenecientes a sus organismos descentralizados.

SECRETARIA DE ASUNTOS MILITARES

OBJETIVOS

1. Entender en la elaboración de la política de Defensa Nacional y en la orientación y dirección de los conceptos estratégicos retenidos en la Directiva Estratégica Nacional, su seguimiento y supervisión dentro del correspondiente planeamiento estratégico, interactuando con las áreas correspondientes de política exterior y de política económica para su desarrollo coordinado y continuo.

2. Proponer la convocatoria del CONSEJO DE DEFENSA NACIONAL (CODENA) y ejercer su Secretaría.

3. Efectuar el planeamiento militar conjunto determinando los requerimientos de la Defensa Nacional, formulando y ejecutando las políticas nacionales de la defensa y fiscalizando su cumplimiento; determinar la política general de conducción de las Fuerzas Armadas, formulando los correspondientes planes.

4. Promover la acción conjunta de las Fuerzas Armadas en las áreas de competencia específica y coordinar este objetivo con otras unidades ejecutoras de la jurisdicción.

5. Estudiar, elaborar y proponer el dimensionamiento de los medios operativos y de apoyo de las Fuerzas Armadas en función de las necesidades de la Directiva Estratégica Nacional/Planeamiento Militar Conjunto.

6. Formular la política de movilización y el plan de movilización nacional y su ejecución para el caso de guerra y participar, con otras dependencias del Estado, en la planificación y coordinación de la defensa civil.

7. Proponer el dimensionamiento y estructura del personal militar y civil de las Fuerzas Armadas y su plan de ejecución, como así también las nuevas unidades orgánicas y despliegue de las Fuerzas.

8. Administrar la justicia y disciplina militar a través de sus respectivos órganos.

9. Determinar las políticas de enseñanza de la Defensa Nacional y de formación e instrucción militar en todos sus niveles.

10. Intervenir en la instrumentación y difusión de las normas del Derecho Internacional Humanitario y del Derecho Internacional de los Derechos Humanos en el área de su competencia, en concurrencia con las facultades que en esta materia corresponden en particular a la SECRETARIA DE DERECHOS HUMANOS del MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS y al MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO.

11. Intervenir en la orientación y formulación de los planes de capacitación que deben llevarse a cabo en el ámbito de las FUERZAS ARMADAS para el afianzamiento y desarrollo del Derecho Internacional Humanitario, y del Derecho Internacional de los Derechos Humanos, en concurrencia con las facultades que en esta materia corresponden a la SECRETARIA DE DERECHOS HUMANOS del MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS y al MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO.

12. Intervenir en la formulación de los asesoramientos y en la elaboración de los informes relativos a las causas referidas a personal militar que se tramiten por ante la COMISION INTERAMERICANA DE DERECHOS HUMANOS u otros Comités o comisiones creadas en virtud de los Tratados Internacionales de Derechos Humanos, en concurrencia con las facultades que en esta materia correspondan a la SECRETARIA DE DERECHOS HUMANOS del MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS y al MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO.

13. Intervenir en la problemática de los Derechos Humanos vinculada con las FUERZAS ARMADAS en concurrencia con las facultades que en esta materia corresponden en particular a la SECRETARIA DE DERECHOS HUMANOS del MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS.

SUBSECRETARIA DE ASUNTOS TECNICO MILITARES

OBJETIVOS

1. Asistir al Secretario de Asuntos Militares en la determinación de la política de Defensa Nacional y en la elaboración del planeamiento militar conjunto.

2. Entender en la formulación y readecuación de los estudios elaborados para la formulación de los objetivos, las políticas y estrategias de defensa nacional así como en lo atinente a su supervisión, evaluación y control.

3. Entender en la planificación para la organización y el funcionamiento de la defensa nacional.

4. Entender en lo atinente a la gestión de los asuntos institucionales de las Fuerzas Armadas, así como en lo relacionado con la dirección y coordinación operativo funcional de las mismas tanto en sus aspectos específicos como conjunto.

5. Entender en los estudios para el planeamiento de la guerra y la movilización nacional.

6. Asistir al Secretario de Asuntos Militares en la coordinación de los organismos de aplicación de la justicia y disciplina militar.

SUBSECRETARIA DE FORMACION

OBJETIVOS

1. Entender en la formulación de políticas de enseñanza, formación y capacitación para la defensa nacional en todos sus niveles y contribuir para la dirección y coordinación del funcionamiento de los establecimientos de formación y capacitación de las Fuerzas Armadas en la órbita del Ministerio de Defensa.

2. Formular las políticas de capacitación y formación de las Fuerzas Armadas, estableciendo normas y pautas metodológicas acordes con los lineamientos de modernización del Estado; realizando la supervisión, evaluación y certificación de la capacitación permanente llevada a cabo en los organismos educativos correspondientes de las Fuerzas Armadas.

3. Atender los asuntos de naturaleza educativa internacional que se relacionen con la educación, la cultura, la ciencia y la tecnología de la Defensa, y en especial los vinculados con acciones bilaterales y multilaterales con estados extranjeros, organismos internacionales y demás instituciones de cooperación técnica y de apoyo al desarrollo de los países en coordinación con los organismos competentes en la materia.

4. Asistir al Ministro de Defensa en lo relativo a las obligaciones emergentes de su participación en el diseño de las políticas educativas de formación y capacitación de las Fuerzas Armadas y del personal civil del Ministerio, en los temas específicos de la Defensa, prestando el apoyo técnico-administrativo correspondiente, a fin de lograr el cumplimiento de su cometido.

SECRETARIA DE PLANEAMIENTO

OBJETIVOS

1. Orientar y supervisar los planes de adquisición de recursos materiales emergentes de los requerimientos de capacidades del instrumento militar, determinando las políticas de adquisición de sistemas de defensa.

2. Determinar las políticas en materia de logística del instrumento militar, congruentes con los requerimientos de capacidades y coordinar las correspondientes actividades.

3. Evaluar las propuestas e intervenir en la adopción de las decisiones definitivas por parte del Ministro de Defensa, en materia de adquisiciones significativas por parte del instrumento militar, de sistemas y otros materiales necesarios para la defensa.

4. Administrar el Sistema de Planeamiento, Programación y Presupuestación (S3P), efectuando la centralización, coordinación y control de los requerimientos de la defensa nacional.

5. Proyectar y formular la programación y administración del presupuesto de las Fuerzas Armadas.

6. Proponer la distribución de los recursos presupuestarios asignados, de conformidad con las prioridades que determine.

7. Asistir a las unidades ejecutoras de las distintas categorías programáticas de las Fuerzas Armadas, en la formulación y programación de la ejecución presupuestaria y en las modificaciones que se proyecten durante el ejercicio financiero.

8. Formular, aprobar, coordinar y controlar el cumplimiento de los objetivos, políticas y planes de los organismos de investigación y desarrollo del sector en el marco de la articulación de planes que se definan a nivel nacional y entender en la coordinación y conducción superior de los organismos científicos y tecnológicos del área del MINISTERIO DE DEFENSA y de las Fuerzas Armadas, como asimismo en los aspectos de la jurisdicción, relativos al Sistema Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación.

9. Entender en la administración de las empresas, sociedades, participaciones accionarias y todo ente de producción o servicios de la jurisdicción; actuando así también, como planificador y ejecutor de los procesos de reestructuración de los mismos.

10. Promover, coordinar y dirigir la realización de convenios de cooperación en las áreas industrial, tecnológica y comercial, controlando su ejecución.

11. Implementar, ejecutar y controlar, las políticas referidas a bienes inmuebles de la jurisdicción.

12. Promover el sistema de obtención de medios para la defensa, ejerciendo su supervisión y control, proponiendo al Ministro de Defensa las autorizaciones para la radicación y el funcionamiento en el país de instalaciones destinadas a ese fin.

13. Supervisar y coordinar la gestión de los institutos vinculados a la producción de información geográfica, meteorológica e hidrográfica.

SUBSECRETARIA DE PLANIFICACION LOGISTICA Y OPERATIVA DE LA DEFENSA

OBJETIVOS

1. Asistir al Secretario de Planeamiento en la planificación logística y operativa de la Jurisdicción fundada en criterios de eficiencia conjunta, así como en la supervisión de la ejecución de los respectivos planes.

2. Asistir al Secretario de Planeamiento en la conducción del proceso de formulación del anteproyecto de presupuesto de la Jurisdicción y en el seguimiento y evaluación de su ejecución.

3. Asistir al Secretario de Planeamiento en la administración del Sistema de Planeamiento, Programación y Presupuestación (S3P), efectuando la centralización, coordinación y control de los requerimientos de la defensa nacional.

4. Asistir al Secretario de Planeamiento en la propuesta de la distribución de los recursos presupuestarios asignados, de conformidad con las prioridades emergentes del planeamiento militar conjunto.

5. Asistir al Secretario de Planeamiento en la implementación y coordinación del sistema de gestión de inversiones públicas y militares para la defensa.

6. Asistir al Secretario de Planeamiento en la dirección del Servicio de Catalogación para la Defensa (SECADE).

7. Asistir al Secretario de Planeamiento en la promoción, coordinación y dirección de la elaboración de convenios de cooperación en las áreas logística y comercial, controlando su ejecución.

8. Asistir al Secretario de Planeamiento en la aprobación de las certificaciones de habilitación operativa del personal y los medios materiales propuestas por el Estado Mayor Conjunto.

9. Asistir al Secretario de Planeamiento en la implementación, ejecución y control de las políticas referidas a bienes inmuebles de la jurisdicción.

SUBSECRETARIA DE INNOVACION CIENTIFICA Y TECNOLOGICA

OBJETIVOS

1. Asistir al Secretario de Planeamiento en la formulación de políticas, planes, programas, medidas e instrumentos para el establecimiento, puesta en marcha y funcionamiento de un Sistema Científico y Tecnológico para la Defensa, que articule todos los organismos y recursos del sector en función de los objetivos y políticas fijadas para la jurisdicción, teniendo como meta básica elevar la capacidad nacional de generar tecnología para la defensa e incorporarla a los bienes y servicios que se producen.

2. Asistir al Secretario de Planeamiento en la definición y en el control de la ejecución de los planes, programas y proyectos de investigación y desarrollo para la defensa que realicen los institutos y organismos, del área del MINISTERIO DE DEFENSA y de las Fuerzas Armadas.

3. Asistir al Secretario de Planeamiento en la coordinación de las acciones tendientes a asegurar continuidad de planes de investigación y desarrollo para la defensa y promover el control de gestión los mismos.

4. Asistir al Secretario de Planeamiento en la elaboración de un plan plurianual Científico y Tecnológico para la Defensa y sus reformulaciones, en articulación con los planes de la SECRETARIA DE CIENCIA, TECNOLOGIA E INNOVACION PRODUCTIVA y en el marco de las políticas formuladas por el Gabinete Científico Tecnológico.

5. Asistir al Secretario de Planeamiento en la colaboración, complementación y apoyo entre el Sistema Científico y Tecnológico para la Defensa y el sector privado.

6. Asistir al Secretario de Planeamiento en el fomento de la investigación científica y tecnológica de interés para la Defensa en el ámbito educativo universitario y terciario y en instituciones civiles, coordinando y promoviendo su cooperación con los institutos científicos y tecnológicos dependientes del MINISTERIO DE DEFENSA.

7. Asistir al Secretario de Planeamiento en la gestión, elaboración y concreción, de programas, acuerdos y convenios de cooperación científica y tecnológica de empresas y organismos de investigación y desarrollo del MINISTERIO DE DEFENSA, con organismos públicos, instituciones académicas, centros de investigación vinculados al tema, en el ámbito nacional.

8. Asistir al Secretario de Planeamiento en la gestión, elaboración y concreción, con otros países, de programas, tratados, acuerdos y convenios de cooperación científica y tecnológica de empresas y organismos de investigación y desarrollo del MINISTERIO DE DEFENSA, con intervención del MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO.

9. Intervenir en la administración del Régimen para el personal de investigación y desarrollo de las Fuerzas Armadas, efectuando su calificación por jurados de adecuada jerarquía y llevar a cabo los planes de su capacitación.

10. Supervisar el funcionamiento efectivo del Sistema de Obtención de Medios Materiales para la Defensa a fin de que se ponga a disposición la capacidad científica y tecnológica de la jurisdicción.

11. Asistir al Secretario de planeamiento en la supervisión y coordinación de la gestión de los institutos vinculados a la producción de información geográfica, meteorológica e hidrográfica.

SECRETARIA DE ASUNTOS INTERNACIONALES DE LA DEFENSA

OBJETIVOS

1. Entender en la negociación de acuerdos bilaterales interinstitucionales y asesorar en la negociación de instrumentos multilaterales inherentes a la Defensa Nacional, en todos sus aspectos.

2. Intervenir en la aprobación de los acuerdos bilaterales y/o multilaterales celebrados por el Estado Mayor Conjunto de las Fuerzas Armadas y los Estados Mayores Generales de las Fuerzas Armadas.

3. Intervenir en la política y cursos de acción a seguir en materia de Cooperación Internacional para la Defensa y realizar el control de la instrumentación de las acciones de cooperación internacional propuestas.

4. Intervenir en la planificación y seguimiento de la ejecución de Ejercicios Conjuntos Combinados y/o Ejercicios Específicos Combinados en las que participen otras fuerzas armadas extranjeras.

5. Intervenir en la planificación y seguimiento de la ejecución de las Operaciones Militares de Paz en que participen las Fuerzas Armadas Argentinas.

6. Intervenir, en todos aquellos temas inherentes a la participación de las Fuerzas Armadas Argentinas, en el cumplimiento de las funciones del personal del Ministerio de Defensa o de las Fuerzas Armadas que formen parte de la representación del Estado Nacional ante la Organización de las Naciones Unidas, la Organización de Estados Americanos, órganos bilaterales y multilaterales en Operaciones Militares de Paz.

7. Intervenir en la vinculación del Ministerio de Defensa Argentino y las Fuerzas Armadas Argentinas con los Ministerios de Defensa y Fuerzas Armadas de otras naciones.

8. Participar en la planificación y ejecución de políticas de contralor del material para la defensa.

9. Participar en la formulación de la posición de la Nación en lo relativo a acuerdos bilaterales o multilaterales de desarme.

ANEXO II

SECRETARIA DE ASUNTOS MILITARES

DIRECCION NACIONAL DE LOS DERECHOS HUMANOS Y EL DERECHO INTERNACIONAL HUMANITARIO

RESPONSABILIDAD PRIMARIA:

Instrumentar y difundir en el área de su competencia las normas del Derecho Internacional de los Derechos Humanos y del Derecho Internacional Humanitario con el objeto de afianzar el respeto y protección de los derechos esenciales de las personas, tanto en tiempos de paz como de conflicto, en concurrencia con las facultades que en esta materia corresponden en particular a la SECRETARIA DE DERECHOS HUMANOS del MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS y al MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO.

ACCIONES:

1. Asistir en el análisis de las cuestiones vinculadas con el Derecho Internacional de los Derechos Humanos y del Derecho Internacional Humanitario en el ámbito de su competencia y en concurrencia con las facultades que en esta materia corresponden en particular a la SECRETARIA DE DERECHOS HUMANOS del MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS.

2. Dirigir y coordinar las medidas y acciones tendientes a la aplicación y difusión del Derecho Internacional de los Derechos Humanos y del Derecho Internacional Humanitario en el ámbito civil y militar del área de Defensa.

3. Evaluar, coordinar y supervisar la intervención del área de Defensa en la aplicación y cumplimiento de las normas locales y las Convenciones y Tratados Internacionales relativos al Derecho Internacional de los Derechos Humanos y del Derecho Internacional Humanitario.

4. Elaborar, coordinar y supervisar los programas de cooperación e intercambio del área de Defensa con organismos nacionales e internacionales, gubernamentales y no gubernamentales, en materia de implementación y difusión del Derecho Internacional de los Derechos Humanos y del Derecho Internacional Humanitario.

5. Coordinar y supervisar la colaboración del área de Defensa en las investigaciones judiciales vinculadas con el Derecho Internacional de los Derechos Humanos y del Derecho Internacional Humanitario.

6. Intervenir en el asesoramiento y la elaboración de los informes relativos a cuestiones vinculadas al área de Defensa que tramiten ante la COMISION INTERAMERICANA DE DERECHOS HUMANOS u otros organismos creados en virtud de las Convenciones o Tratados Internacionales relativos al Derecho Internacional de los Derechos Humanos y del Derecho Internacional Humanitario, en concurrencia con las facultades que en esta materia correspondan a la SECRETARIA DE DERECHOS HUMANOS del MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS y al MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO.

7. Intervenir en la orientación y formulación de los planes de capacitación de las Fuerzas Armadas con el objetivo de profundizar la enseñanza y la difusión del Derecho Internacional de los Derechos Humanos y el Derecho Internacional Humanitario en concurrencia con las facultades que en esta materia correspondan a la SECRETARIA DE DERECHOS HUMANOS del MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS y al MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO.

8. Representar al área de Defensa en la Comisión de Aplicación del Derecho Internacional Humanitario creada por el Decreto Nº 933 del 16 de junio de 1994.

SECRETARIA DE ASUNTOS MILITARES

SUBSECRETARIA DE ASUNTOS TECNICO MILITARES

DIRECCION GENERAL DE POLITICA

RESPONSABILIDAD PRIMARIA

Entender en los estudios y proposición de los objetivos y políticas de defensa nacional, en coordinación con las dependencias correlativas de otras áreas, así como en las políticas de modernización de las Fuerzas Armadas y el planeamiento de la defensa nacional.

ACCIONES

1. Intervenir en la elaboración de la apreciación de situación estratégica nacional destinada a determinar las eventuales crisis y sus posibles derivaciones y las actitudes estratégicas necesarias para superarlas y coordinar con las dependencias correlativas de otras áreas la preparación de la Directiva Estratégica Nacional y la elaboración de la directiva para el planeamiento militar conjunto.

2. Intervenir en la elaboración de los objetivos, políticas y planes de la defensa nacional, incluidos aquellos vinculados con la modernización sistémica y patrimonial de las Fuerzas Armadas, coordinando su aplicación con las áreas competentes.

3. Participar en la formulación y análisis de las políticas nacionales en cuya aplicación se requiera la utilización de recursos asignados a las Fuerzas Armadas.

4. Coordinar los trabajos de grupos intersectoriales de nivel Estratégico Nacional para la Defensa, como el grupo de trabajo de estrategia nacional y el del grupo de movilización.

5. Estudiar, elaborar y proponer las nuevas orgánicas y despliegue de las Fuerzas Armadas; planificar la acción conjunta y, en coordinación con otras áreas, intervenir en la elaboración de planes relacionados con su conducción, organización, preparación, empleo y administración, así como en la realización de los estudios necesarios para la elaboración y seguimiento de las políticas que orientan el planeamiento estratégico nacional.

6. Intervenir en la elaboración de las políticas antártica, de fronteras y de preservación del medio ambiente para tiempos de guerra, en todo lo específicamente vinculado con la defensa nacional.

7. Entender en todas aquellas acciones derivadas de la ley de movilización y su respectiva reglamentación, manteniendo actualizados los planes de movilización nacional para caso de guerra, y participar con otras dependencias del Estado en la elaboración de los planes y realización de acciones tendientes a la materialización de la defensa civil.

CONSEJO SUPREMO DE LAS FUERZAS ARMADAS

RESPONSABILIDAD PRIMARIA:

Ejercer la jurisdicción penal militar, en todo el territorio de la Nación, de acuerdo con las normas del Código de Justicia Militar.

ACCIONES

1. Conducir las deliberaciones del tribunal, cumplir y hacer cumplir sus resoluciones y representar al Consejo Supremo de las Fuerzas Armadas.

2. Ejercer el mando superior de los Consejos de Guerra Permanentes.

3. Administrar al personal y los fondos asignados al organismo.

AUDITORIA GENERAL DE LAS FUERZAS ARMADAS

RESPONSABILIDAD PRIMARIA

Asesorar al Presidente de la Nación, al Ministro de Defensa y a la autoridad superior de cada Fuerza Armada, en materia jurídica en todo lo relacionado con las Fuerzas Armadas.

ACCIONES

1. Asesorar en lo relacionado con la aplicación de las leyes orgánicas y administrativas de las Fuerzas Armadas.

2. Asesorar en los sumarios que se instruyen en las Fuerzas Armadas y sean elevados a la autoridad superior de cada Fuerza Armada para su resolución, aconsejando al efecto el procedimiento legal y reglamentario a seguir.

3. Asesorar a la autoridad máxima de cada Fuerza Armada en los recursos de revisión, en lo que se refiere a la aplicación del Código de Justicia Militar y demás reglamentaciones de las Fuerzas Armadas.

4. Asesorar en los casos de sanciones disciplinarias impuestas ejecutivamente cuando se le requiera y de oficio en todos los casos de indulto o conmutación de penas impuestas por los Tribunales Militares.

CONSEJO DE GUERRA PERMANENTE PARA JEFES Y OFICIALES DE LAS FUERZAS ARMADAS

RESPONSABILIDAD PRIMARIA

Intervenir en el juicio en la etapa del plenario, de los sumarios instruidos a los oficiales de las Fuerzas Armadas de los grados de Teniente Coronel a Subteniente o sus equivalentes, imputados de haber cometido delitos o infracciones sujetos a la jurisdicción militar. Realizar eventualmente el juicio al personal militar subalterno que haya participado en delitos cometidos por sus jefes u oficiales.

ACCIONES

1. Realizar reuniones ordinarias y extraordinarias.

2. Efectuar comparendo de excepciones y prueba.

3. Analizar la requisitoria fiscal y los alegatos de defensa.

4. Efectuar vista de causa.

5. Dictar sentencia.

TRIBUNAL SUPERIOR DE HONOR DE LAS FUERZAS ARMADAS

RESPONSABILIDAD PRIMARIA

Intervenir en el juzgamiento de las transgresiones al honor imputadas a oficiales superiores que tengan derecho al uso del uniforme y al goce del título del grado.

ACCIONES

1. Intervenir como única instancia en el juzgamiento de oficiales superiores de las Fuerzas Armadas donde se investiguen posibles transgresiones al honor y de todo otro oficial implicado en el mismo hecho.

2. Intervenir en última instancia en los casos apelados por sanciones impuestas por el Tribunal de Honor para Jefes y Oficiales de las Fuerzas Armadas por transgresiones al honor.

TRIBUNAL DE HONOR PARA JEFES Y OFICIALES DE LAS FUERZAS ARMADAS

RESPONSABILIDAD PRIMARIA

Juzgar en primera instancia las transgresiones al honor imputadas a Jefes y Oficiales de las Fuerzas Armadas, cualquiera sea el lugar de comisión de las mismas.

ACCIONES

1. Intervenir en el juzgamiento de los Jefes y Oficiales de las Fuerzas Armadas.

FISCALIA GENERAL DE LAS FUERZAS ARMADAS

RESPONSABILIDAD PRIMARIA

Ejercer el Ministerio Fiscal según lo establece el Código de Justicia Militar.

ACCIONES

1. Intervenir en todas las causas de competencia originaria del Consejo Supremo de las Fuerzas Armadas.

2. Promover ante el Consejo Supremo de las Fuerzas Armadas, los recursos de revisión a que se refiere el Código de Justicia Militar.

3. Intervenir en todos los casos en los que el Consejo Supremo de las Fuerzas Armadas requiera su opinión.

4. Supervisar la pronta y recta administración de Justicia Militar.

5. Coordinar todas las diligencias conducentes a la estricta ejecución de las sentencias dictadas por el Consejo Supremo de las Fuerzas Armadas.

SECRETARIA DE ASUNTOS MILITARES

SUBSECRETARIA DE FORMACION

DIRECCION GENERAL DE INSTITUTO UNIVERSITARIO DE LAS FUERZAS ARMADAS

RESPONSABILIDAD PRIMARIA

Intervenir en la formulación de las políticas de capacitación y formación de las Fuerzas Armadas, estableciendo normas y pautas metodológicas acordes con los lineamientos de modernización del Estado; realizando la supervisión, evaluación y certificación de la capacitación permanente llevada a cabo en los organismos educativos correspondientes de las Fuerzas Armadas.

ACCIONES

1. Intervenir en la orientación y formulación de los planes de formación y capacitación que deben llevarse a cabo en el ámbito de las Fuerzas Armadas y del MINISTERIO DE DEFENSA.

2. Proponer criterios y contenidos relativos a los planes de formación y capacitación que deben llevarse a cabo en el ámbito de las Fuerzas Armadas.

3. Participar en la formulación de planes y programas tendientes a promover la profesionalización del personal del MINISTERIO DE DEFENSA en temas específicos de Defensa, en coordinación con otras áreas del Ministerio.

4. Articular la enseñanza superior de los Institutos Universitarios de las Fuerzas Armadas con las políticas del MINISTERIO DE DEFENSA y del COMANDO CONJUNTO DE LAS FUERZAS ARMADAS; integrando los Institutos Universitarios de las Fuerzas Armadas entre sí y con el sistema educativo nacional.

5. Supervisar, controlar y evaluar la ejecución de los planes de formación y capacitación en los temas específicos de Defensa, que se llevan a cabo en el ámbito del MINISTERIO DE DEFENSA y de las Fuerzas Armadas.

6. Realizar la coordinación del Sistema Integrado de Educación Superior de las Fuerzas Armadas para asegurar el desarrollo de las competencias requeridas al personal de las mismas.

7. Realizar y promover actividades de capacitación y formación en temas específicos de Defensa, destinadas a personal civil de nivel directivo, profesional, técnico y operativo, que contribuyan a desarrollar sus competencias para la mejora del desempeño de la gestión del MINISTERIO DE DEFENSA.

8. Elaborar y proponer la normativa que garantice la calidad, pertinencia y compatibilidad de los distintos planes de capacitación de las Fuerzas Armadas a los efectos de su acreditación, contribuir a su puesta en práctica y supervisar su aplicación.

9. Generar una Red Institucional de educación a distancia, capacitación y formación en los temas específicos de la Defensa, que facilite la colaboración y asociación entre instituciones y áreas de educación y capacitación del Estado, para el intercambio de saberes, experiencias y tecnología, así como para la difusión de las actividades y el empleo mancomunado de recursos.

10. Desarrollar instrumentos estadísticos y de información para evaluar en forma periódica la calidad y el impacto de la capacitación en los temas específicos de Defensa, a fin de dar cuenta de su correspondencia con las metas, objetivos y necesidades de las Fuerzas Armadas y de la satisfacción de estándares y resultados.

11. Investigar, diseñar y ejecutar modelos formativos para el desarrollo de competencias de acción y valores adaptados a las necesidades de la actuación de las Fuerzas Armadas, incorporando el uso de las tecnologías de la información y la comunicación que faciliten el acceso al conocimiento y permitan sustentar métodos didácticos innovadores a ser aplicados por formadores, instructores, tutores y facilitadores.

12. Propiciar e intervenir en la cooperación con universidades, instituciones académicas, organizaciones gubernamentales y no gubernamentales del país y del exterior y organismos internacionales, mediante la realización de pasantías, proyectos, cursos, becas e intercambios, para fortalecer los programas de formación y capacitación de los integrantes de las Fuerzas Armadas y de los funcionarios públicos del MINISTERIO DE DEFENSA en los temas específicos de la Defensa.

13. Asistir en la celebración de convenios bilaterales con estados extranjeros referidos a las competencias de la Subsecretaría, en el registro de los que se encuentran en vigor y los programas emergentes de su aplicación y en gestión de las comisiones mixtas de aplicación de esos convenios.

14. Atender la tramitación y difusión de becas sobre temas específicos de Defensa, ofrecidas desde el sector externo y supervisar el funcionamiento de las residencias para graduados, dependientes de las Fuerzas Armadas y del Ministerio y radicadas en el exterior.

ESCUELA DE DEFENSA NACIONAL.

RESPONSABILIDAD PRIMARIA:

Proporcionar la enseñanza fundamental e interdisciplinaria, a nivel universitario, a cursantes de los sectores público y privado, en un marco de integración entre los distintos sectores de la comunidad y desarrollar estudios e investigaciones sobre estrategia, planeamiento estratégico y defensa nacional.

ACCIONES

1. Dirigir, supervisar y evaluar anualmente los cursos que desarrolle en orden a la responsabilidad asignada y prestar el asesoramiento técnico o educativo concurrente con el programa académico que desarrolle, otorgando los títulos, diplomas y constancias que sean procedentes.

2. Establecer y mantener relaciones con organismos nacionales, provinciales, extranjeros y multinacionales, coadyuvantes a los fines académicos que le son propios y realizar los programas de promoción, difusión, publicaciones, intercambio institucional y de enseñanza pertinentes.

3. Asesorar tanto a las organizaciones regionales, como a los Círculos de Defensa Nacional, que se constituyan en las provincias, interesadas en el estudio de la Defensa Nacional.

4. Dirigir el planeamiento, programación, ejecución y evaluación de las actividades académicas y de apoyo educativo que se desarrollen y dictar las disposiciones operativas necesarias para el mejor cumplimiento de sus acciones.

5. Organizar simposios, seminarios y conferencias, nacionales e internacionales, con participación de expertos argentinos y extranjeros, e instituciones académicas y organizaciones no gubernamentales argentinas y extranjeras.

SECRETARIA DE PLANEAMIENTO

SUBSECRETARIA DE PLANIFICACION LOGISTICA y OPERATIVA DE LA DEFENSA

DIRECCION GENERAL DE SUPERVISION LOGISTICA Y OPERATIVA

RESPONSABILIDAD PRIMARIA

Entender en la coordinación, evaluación y aprobación de los planes logísticos y operativos de las Fuerzas Armadas, postulados por el Estado Mayor Conjunto, así como en la supervisión de su ejecución.

ACCIONES

1. Evaluar y controlar la ejecución de los planes de racionalización logística de las Fuerzas Armadas, consolidando el Plan Anual de Contrataciones de la jurisdicción.

2. Evaluar y controlar la ejecución de los planes operativos de las Fuerzas Armadas contemplando su dimensión combinada, conjunta y específica.

3. Promover la normalización de los medios materiales y servicios de las Fuerzas Armadas, priorizando su unificación e interoperabilidad.

4. Dirigir el Servicio de Catalogación para la Defensa (SECADE).

5. Desarrollar políticas conjuntas en materia de abastecimiento, almacenamiento, transporte, mantenimiento y disposición final de los medios materiales de las Fuerzas Armadas.

6. Aprobar las certificaciones de habilitación operativa de los medios materiales propuestas por el ESTADO MAYOR CONJUNTO DE LAS FUERZAS ARMADAS, que den cuenta de la adecuada implementación de los correspondientes programas de mantenimiento.

7. Aprobar las certificaciones de habilitación operativa del personal propuestas por el ESTADO MAYOR CONJUNTO DE LAS FUERZAS ARMADAS, que den cuenta de la adecuada implementación de los correspondientes programas de formación, capacitación e instrucción.

8. Gestionar, elaborar y concretar con otros países, programas y acuerdos de cooperación logística y comercial de las Fuerzas Armadas, llevando un registro de los mismos.

DIRECCION GENERAL DE INVERSIONES

RESPONSABILIDAD PRIMARIA

Entender en la implementación y coordinación del sistema de gestión de inversiones públicas y militares; intervenir en la evaluación y aprobación de los planes y programas de inversión de las Fuerzas Armadas y demás organismos de la jurisdicción.

ACCIONES

1. Intervenir en los requerimientos de recuperación, modernización, incorporación y mantenimiento de medios materiales de las Fuerzas Armadas.

2. Evaluar y elevar a las autoridades los proyectos de inversión de las Fuerzas Armadas analizados y postulados por el ESTADO MAYOR CONJUNTO DE LAS FUERZAS ARMADAS en función del planeamiento estratégico militar.

3. Evaluar, postular y aprobar los proyectos de inversión conformados por los organismos bajo la órbita de la jurisdicción en función del planeamiento estratégico de defensa.

4. Intervenir en la modificación y distribución de los recursos presupuestarios asignados a los proyectos de inversión del sector, de conformidad con las prioridades determinadas por el Secretario de Planeamiento.

5. Coordinar con las áreas de inversión del ESTADO MAYOR CONJUNTO DE LAS FUERZAS ARMADAS y de las Fuerzas Armadas los aspectos económicos-financieros de los proyectos de recuperación, modernización, incorporación y mantenimiento de los medios materiales para la defensa.

6. Desarrollar instrumentos que contribuyan a la especificación de las bases conceptuales, estructura, contenido y formas de presentación de los documentos correspondientes a los proyectos de inversión del sector.

7. Administrar el funcionamiento de los bancos de datos relativos a los proyectos de inversión pública y militar del sector.

8. Entender en la gestión, concreción y elaboración de programas y convenios de cooperación en materia de inversiones en sistemas de armas para las Fuerzas Armadas.

DIRECCION GENERAL DE PRESUPUESTO

RESPONSABILIDAD PRIMARIA

Proyectar y formular el presupuesto del área de Defensa, en coordinación con las Fuerzas Armadas, y demás Organismos de la jurisdicción y entender en el cumplimiento de las políticas y lineamientos que, en materia presupuestaria, establezcan las autoridades competentes.

ACCIONES

1. Efectuar la compatibilización de los presupuestos de las Fuerzas Armadas y demás Organismos de la jurisdicción, evaluando las incidencias presupuestarias derivadas de las etapas de planificación y programación de los objetivos y actividades de cada una de las áreas.

2. Efectuar las asignaciones presupuestarias pertinentes a los planes y programas de investigación y desarrollo del área.

3. Entender en las tramitaciones tendientes a la aprobación del presupuesto del área de Defensa y asistir a las Unidades Ejecutoras de las distintas categorías programáticas en la administración y programación de su ejecución, así como en las modificaciones que se proyecten durante el ejercicio financiero.

4. Elaborar los límites en los compromisos presupuestarios a los cuales deberán ajustarse anualmente las Fuerzas Armadas en el desarrollo de sus programas, a partir de los lineamientos establecidos por el MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION y de las pautas determinadas por el Secretario de Planeamiento.

5. Llevar registro de la ejecución presupuestaria de la jurisdicción y efectuar su control en lo referido a la compatibilización de las metas programáticas con el nivel de gasto correspondiente.

6. Centralizar la gestión de los organismos del sector, referida a los asuntos de su competencia, con las demás áreas del Estado.

DIRECCION GENERAL DE INMUEBLES

RESPONSABILIDAD PRIMARIA

Entender en el diseño, propuesta e implementación de las políticas de la jurisdicción, relativas a los inmuebles asignados en uso al MINISTERIO DE DEFENSA, y las FUERZAS ARMADAS, tendiendo a obtener un empleo conjunto y eficiente de los mismos.

ACCIONES

1. Actuar como órgano de aplicación de la Ley de Bienes Inmuebles de las Fuerzas Armadas.

2. Elaborar y proponer el plan anual de transferencia de inmuebles, efectuando el seguimiento de su ejecución.

3. Administrar información actualizada sobre la totalidad de los inmuebles asignados en uso al MINISTERIO DE DEFENSA, ESTADO MAYOR CONJUNTO y FUERZAS ARMADAS; su situación dominial, su ubicación catastral, planos de mensura, construcciones y usos militares; así como otros usos, alquileres, convenios, concesiones, servidumbres, litigios y otras situaciones de hecho o derecho que puedan afectar su disponibilidad.

4. Impulsar, cuando corresponda, la regularización y registración dominial de los predios, así como la confección de los planos de mensura.

5. Gestionar ante autoridades locales competentes la normativa tendiente a consolidar los usos militares de los inmuebles de las Fuerzas Armadas.

6. Impulsar proyectos de gestión o preservación ambiental en inmuebles de las Fuerzas Armadas.

7. Impulsar la elaboración de proyectos de desarrollo urbano y puesta en valor de inmuebles de las Fuerzas Armadas, con miras a su eventual enajenación.

SUBSECRETARIA DE INNOVACION CIENTIFICA Y TECNOLOGICA

DIRECCION GENERAL DE PLANIFICACION INDUSTRIAL PARA LA DEFENSA

RESPONSABILIDAD PRIMARIA

Entender en la aplicación de las políticas, planes y programas de producción para la defensa que posibiliten la eficaz obtención de recursos del sector, así como en los aspectos relativos a las actividades, que vinculadas a esas áreas, realicen los institutos, organismos, sociedades y empresas del área del MINISTERIO DE DEFENSA e intervenir en los requerimientos de medios materiales formulados por las Fuerzas Armadas.

ACCIONES

1. Proponer los objetivos, políticas y planes en materia de obtención de medios para la defensa, controlando su ejecución.

2. Analizar, proponer la aprobación y controlar la ejecución de los planes, programas y presupuestos anuales de las empresas, sociedades y organismos de producción dependientes del MINISTERIO DE DEFENSA, promoviendo la cooperación y coordinación con otras áreas del sector público y privado, manteniendo actualizado el conocimiento de las capacidades de la industria nacional relacionada con la producción para la defensa e interviniendo en los requerimientos de radicación y funcionamiento en el país de instalaciones destinadas para la defensa.

3. Efectuar el control de gestión de las sociedades, empresas y organismos de producción del sector y asesorar en la formulación de directivas a impartir a los apoderados del Ministerio en las asambleas societarias.

4. Intervenir en la planificación y ejecución de los procesos de reestructuración de las empresas, sociedades, participaciones accionarias y todo otro ente de producción o servicios de la jurisdicción, controlando la aplicación de las cláusulas de salvaguarda previstas para preservar aspectos de interés para la defensa, en aquellos que han sido privatizados.

5. Atender los requerimientos de las áreas logísticas del ESTADO MAYOR CONJUNTO DE LAS FUERZAS ARMADAS y de las Fuerzas Armadas, a fin de coordinar los aspectos operativos, técnicos e industriales de los proyectos de obtención, mantenimiento y modernización del material para la defensa, en el marco de las políticas del MINISTERIO DE DEFENSA.

INSTITUTO DE INVESTIGACIONES CIENTIFICAS Y TECNICAS PARA LA DEFENSA

RESPONSABILIDAD PRIMARIA

Entender en la coordinación de las actividades de investigación y desarrollo científico tecnológica y del conjunto de los institutos del área del MINISTERIO DE DEFENSA, orientadas al cumplimiento de las políticas específicas establecidas por el Ministerio.

ACCIONES

1. Ejecutar los planes, programas y proyectos de investigación y desarrollo enmarcados en las políticas científico tecnológicas para la defensa establecidas por el MINISTERIO DE DEFENSA.

2. Coordinar el accionar de los diferentes institutos de investigación y desarrollo científico tecnológico que funcionan en el área de Defensa, en el marco de las políticas establecidas y con el fin de asignar racionalmente los recursos humanos, materiales y financieros.

3. Realizar investigaciones aplicadas y desarrollos de sistemas de armas, subsistemas y componentes.

4. Ejecutar investigaciones aplicadas y desarrollos tecnológicos, tendientes a satisfacer requerimientos cívico-militares mediante transferencias de tecnología a la industria pública o privada, en el marco de los convenios establecidos por la SECRETARIA DE PLANEAMIENTO.

5. Producir series de equipos, sistemas de armas o tecnologías resultantes de su actividad en magnitud apropiada para la normalización tecnológica operacional de los desarrollos realizados.

6. Efectuar la homologación de los materiales y equipos que determine el MINISTERIO DE DEFENSA.

7. Promover las acciones que aseguren el mantenimiento y actualización de las capacidades científicas y tecnológicas del organismo.

SECRETARIA DE ASUNTOS INTERNACIONALES DE LA DEFENSA

DIRECCION GENERAL DE CONTRALOR DE MATERIAL DE DEFENSA

RESPONSABILIDAD PRIMARIA

Instrumentar, difundir y fiscalizar el cumplimiento por parte de las Fuerzas Armadas Argentinas de los Convenios, Tratados y Acuerdos de los cuales la República es parte en materia de armamento, desarme y cuestiones conexas.

ACCIONES

1. Intervenir en todos los aspectos referidos al contralor de la exportación e importación de material y tecnologías para la defensa.

2. Asesorar desde la perspectiva de la defensa nacional en los aspectos técnicos referidos a las negociaciones en materia de desarme y no armamento.

3. Desempeñar la Secretaría Ejecutiva de la Comisión Nacional de Control de Exportaciones Sensitivas y de Material Bélico, creada por el Decreto Nº 603/92.

4. Representar al MINISTERIO DE DEFENSA en las comisiones y grupos de trabajo interministeriales y multilaterales constituidos como consecuencia de la aplicación de tratados multilaterales o leyes nacionales vinculadas con el contralor del material para la defensa.

5. Responder, en coordinación con el MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO, los requerimientos, pedidos de informe y toda otra solicitud procedente de organismos internacionales relacionados con el registro de material, gastos y transferencias de material para la defensa. Asimismo, responder los requerimientos, pedidos de informe y toda otra solicitud proveniente del H. Congreso de la Nación, del Poder Judicial y de todo otro organismo de la Administración Pública competente en la materia.

DIRECCION GENERAL DE COOPERACION PARA EL MANTENIMIENTO DE LA PAZ

RESPONSABILIDAD PRIMARIA

Establecer los mecanismos de cooperación internacional que involucren a la Defensa en el marco de los compromisos asumidos por el Estado Nacional, conforme a la Carta de las Naciones Unidas y el estricto respeto al Derecho Internacional, articulando la participación de los elementos que componen el Sistema de Defensa en Operaciones de Mantenimiento de la Paz, Desminado Humanitario y análogos.

ACCIONES

1. Evaluar los requerimientos formulados por las Naciones Unidas, conforme a las resoluciones pertinentes del Consejo de Seguridad, para que la República Argentina participe en Operaciones de Mantenimiento de la Paz, e iniciar el procedimiento tendiente a obtener la autorización del H. Congreso de la Nación. Asimismo, evaluar los requerimientos formulados por organismos internacionales en materia de Desminado Humanitario y asistencia en catástrofes.

2. Participar del Planeamiento de Operaciones Militares de Paz en las que intervengan las Fuerzas Armadas Argentinas, como así también en la supervisión de su ejecución.

3. Asistir al Señor Secretario en la coordinación de las actividades previas al despliegue de contingentes militares en el exterior, como así también en aquéllas vinculadas a su repliegue y repatriación.

4. Elaborar y publicar materiales de lecciones aprendidas en el contexto de operaciones militares en que participe la República Argentina.

5. Intervenir en todos aquellos aspectos inherentes a la Ley Nro. 25.880 y su Decreto Reglamentario; supervisando la ejecución de ejercitaciones militares combinadas.