Secretaría de Trabajo

DIARIOS, REVISTAS Y AFINES

Resolución 961/2007

Prorrógase el plazo establecido en el Artículo 1º de la Resolución Nº 34/2007.

Bs. As., 28/8/2007

VISTO el Expediente Nº 1.230.030/2007 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Resolución de la SECRETARIA DE TRABAJO Nº 34 de fecha 12 de enero de 2007, y

CONSIDERANDO:

Que la mencionada norma citada en el visto, establece el vencimiento del plazo para el cumplimiento de la obligación establecida en el artículo 3º de la Resolución del entonces MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y FORMACION DE RECURSOS HUMANOS Nº 434 de fecha 10 de agosto de 2001, y el fijado en el artículo 2º de la Resolución de la COMISION FISCALIZADORA DEL REGISTRO NACIONAL DE VENDEDORES Y DISTRIBUIDORES DE DIARIOS Y REVISTAS Nº 1 de fecha 25 de octubre de 2005, por NOVENTA (90) días hábiles administrativos a partir de la fecha de la publicación de la misma en el boletín oficial.

Que existiendo un gran cúmulo de trámites de inscripción por ante la Coordinación del Registro, resulta necesario extenderlo a los efectos de una adecuada operatividad.

Que el 1 de junio de 2007, se cumple el plazo establecido para su vencimiento, por lo que corresponde su prórroga.

Que el artículo 18 de la Resolución del entonces MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y FORMACION DE RECURSOS HUMANOS Nº 434/01 de fecha 10 de agosto de 2001, establece que las decisiones adoptadas por la Comisión Fiscalizadora del Registro deberán ser homologadas por la Secretaría de Trabajo.

Que la presente medida se dicta en uso de las facultades conferidas por el artículo 18º de la Resolución del entonces MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y FORMACION DE RECURSOS HUMANOS Nº 434/01.

Por ello,

LA SECRETARIA DE TRABAJO

RESUELVE:

Artículo 1º — Prorrógase el plazo establecido en el artículo 1° de la Resolución de la SECRETARIA DE TRABAJO Nº 34 de fecha 12 de enero de 2007 hasta el 30 de septiembre de 2007.

Art. 2º — Regístrese, comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Noemí Rial.