MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION

SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y ALIMENTOS

Resolución Nº 398/2008

Bs. As., 29/10/2008

VISTO el Expediente Nº S01:0395239/2006 del Registro del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION, y

CONSIDERANDO:

Que por Resolución Nº 124 de fecha 24 de octubre de 1991 de la ex SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA del entonces MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS se creó la COMISION NACIONAL ASESORA DE BIOTECNOLOGIA AGROPECUARIA (CONABIA).

Que la composición de la citada Comisión Nacional fue modificada por las Resoluciones Nros. 669 del 23 de agosto de 1993 de la ex SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA del entonces MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS, 328 del 20 de mayo de 1997 de la ex SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y ALIMENTACION del entonces MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS y 244 del 18 de febrero de 2004 de la SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y ALIMENTOS del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION.

Que en la REPUBLICA ARGENTINA se han producido avances relevantes en las áreas vinculadas a la biotecnología agropecuaria, percibiéndose un creciente interés por parte de investigadores y de empresas en aumentar sus líneas de trabajo con organismos genéticamente modificados.

Que es previsible que se genere un aumento del número de solicitudes de autorización para ensayos experimentales con organismos vegetales genéticamente modificados como también con microorganismos genéticamente modificados para uso agropecuario y animales genéticamente modificados de interés pecuario.

Que lo mencionado anteriormente viene a sumarse al incremento constante de tales actividades observado durante los años precedentes, en particular de las liberaciones al medio agropecuario de organismos vegetales genéticamente modificados y de la producción de semilla de maíz con eventos en etapa de evaluación en la REPUBLICA ARGENTINA.

Que la COMISION NACIONAL ASESORA DE BIOTECNOLOGIA AGROPECUARIA (CONABIA) es la encargada de evaluar todos los proyectos mencionados.

Que para el cumplimiento de este objetivo dicho Cuerpo Asesor debe contar con capacidad técnicocientífica acorde a los nuevos escenarios por lo que se observa conveniente modificar su composición a fin de dotarlo con un mayor número de expertos en todas las áreas de su competencia.

Que para tal fin es procedente introducir modificaciones en la integración de la referida Comisión Nacional.

Que por Resolución Nº 397 del 31 de mayo de 2005 de la citada SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y ALIMENTOS del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION se aprobó el Reglamento Interno de la Comisión arriba nombrada.

Que la Dirección de Legales del Area de AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y ALIMENTOS dependiente de la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION, ha tomado la intervención que le compete.

Que el suscripto es competente para dictar el presente acto en virtud de lo dispuesto en el Decreto Nº 25 del 27 de mayo de 2003 y sus modificatorios.

Por ello,

EL SECRETARIO DE AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y ALIMENTOS

RESUELVE:

ARTICULO 1º — Sustitúyese el Artículo 2º de la Resolución Nº 124 del 24 de octubre de 1991 de la ex SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA del entonces MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS, sustituido por el Artículo 2º de la Resolución Nº 669 del 23 de agosto de 1993 de la ex SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA del entonces MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS, sustituido por el Artículo 2º de la Resolución Nº 328 del 20 de mayo de 1997 de la ex SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y ALIMENTACION del entonces MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS, sustituido por el Artículo 4º de la Resolución Nº 244 del 18 de febrero de 2004 de la SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y ALIMENTOS del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION, el que quedará redactado de la siguiente manera:

"ARTICULO 2º.- La COMISION NACIONAL ASESORA DE BIOTECNOLOGIA AGROPECUARIA (CONABIA), estará integrada por:

a) INSTITUTO NACIONAL DE TECNOLOGIA AGROPECUARIA (INTA), organismo descentralizado en la órbita de la SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y ALIMENTOS del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION: DOS (2) representantes con especialización en temas relativos a vegetales y DOS (2) con especialización en temas relativos a animales y/o microorganismos.

b) CONSEJO NACIONAL DE INVESTIGACIONES CIENTIFICAS Y TECNICAS, organismo descentralizado en la órbita del MINISTERIO DE CIENCIA, TECNOLOGIA E INNOVACION PRODUCTIVA: DOS (2) representantes con especialización en temas relativos a vegetales y DOS (2) con especialización en temas relativos a animales y/o microorganismos.

c) INSTITUTO NACIONAL DE SEMILLAS (INASE), organismo descentralizado en la órbita de la SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y ALIMENTOS del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION: DOS (2) representantes de la Coordinación de Proyectos Especiales de Biotecnología y UN (1) representante del Laboratorio de Marcadores Moleculares.

d) SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA (SENASA), organismo descentralizado en la órbita de la SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y ALIMENTOS del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION: DOS (2) representantes con especialización en temas relativos a vegetales, DOS (2) representantes con especialización en temas relativos a microorganismos y DOS (2) representantes con especialización en temas relativos a animales.

e) SECRETARIA DE AMBIENTE Y DESARROLLO SUSTENTABLE organismo dependiente de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS: DOS (2) representantes.

f) SECRETARIA DE POLITICAS, REGULACION Y RELACIONES SANITARIAS del MINISTERIO DE SALUD: DOS (2) representantes.

g) UNIVERSIDAD DE BUENOS AIRES: DOS (2) representantes de la FACULTAD DE AGRONOMIA y DOS (2) representantes de la FACULTAD DE CIENCIAS EXACTAS Y NATURALES.

h) UNIVERSIDAD NACIONAL DE LA PLATA: DOS (2) representantes de la FACULTAD DE CIENCIAS AGRARIAS Y FORESTALES y DOS (2) representantes de la FACULTAD DE CIENCIAS EXACTAS.

i) UNIVERSIDAD NACIONAL DE ROSARIO: DOS (2) representantes con especialización en temas relativos a la biotecnología.

j) UNIVERSIDAD NACIONAL DEL COMAHUE: DOS (2) representantes con especialización en temas relativos a la biotecnología.

k) FORO ARGENTINO DE BIOTECNOLOGIA (FAB): DOS (2) representantes.

l) COMITE DE BIOTECNOLOGIA de la ASOCIACION SEMILLEROS ARGENTINOS (ASA): DOS (2) representantes.

m) ASOCIACION ARGENTINA DE ECOLOGIA (AsAE): DOS (2) representantes.

n) CAMARA DE SANIDAD AGROPECUARIA Y FERTILIZANTES (CASAFE): DOS (2) representantes.

ñ) CAMARA ARGENTINA DE LA INDUSTRIA DE PRODUCTOS VETERINARIOS (CAPROVE): DOS (2) representantes.

o) INSTITUTO NACIONAL DE INVESTIGACION Y DESARROLLO PESQUERO (INIDEP), organismo descentralizado en la órbita de la SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y ALIMENTOS del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION: DOS (2) representantes.

p) SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y ALIMENTOS: el Coordinador General de la OFICINA DE BIOTECNOLOGIA quien ejercerá funciones de Secretario Ejecutivo de la CONABIA y el Coordinador Técnico de Bioseguridad."

ARTICULO 2º — Por cada institución habrá UN (1) miembro titular y UN (1) miembro suplente. Aquellas instituciones que cuenten con más de DOS (2) representantes tendrán UN (1) miembro titular y UN (1) miembro suplente por cada área de competencia.

ARTICULO 3º — El INSTITUTO NACIONAL DE SEMILLAS (INASE), organismo descentralizado en la órbita de la SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y ALIMENTOS del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION tendrá UN (1) miembro titular y DOS (2) miembros suplentes.

ARTICULO 4º — Los miembros desempeñarán sus funciones con carácter "ad honorem" y conforme al Reglamento Interno de la Comisión Nacional.

ARTICULO 5º — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Ing. Agr. CARLOS ALBERTO CHEPPI, Secretario de Agricultura, Ganadería, Pesca y Alimentos.

e. 05/11/2008 Nº 15596/08 v. 05/11/2008