Secretaría de Agricultura, Ganadería, Pesca y Alimentos

AGROINDUSTRIA E INDUSTRIA ALIMENTARIA

Resolución 132/2009

Créase el Programa Nacional de Agregado de Valor destinado a la Agroindustria.

Bs. As., 19/2/2009

VISTO el Expediente Nº S01:0470719/2008 del Registro del entonces MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION, la Ley Nº 25.127, la Ley Nº 25.380 y su modificatoria Nº 25.966, las Resoluciones Nros. 392 de fecha 19 de mayo de 2005 y 496 de fecha 14 de noviembre de 2008, ambas de la SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y ALIMENTOS del citado ex Ministerio, y

CONSIDERANDO:

Que la actividad agroindustrial de la REPUBLICA ARGENTINA en su conjunto se encuentra desde hace varios años en franca expansión, observando el notable crecimiento de la producción y el comercio de los agroalimentos, debido principalmente al incremento de la demanda externa en mercados tradicionales y en nuevos mercados, posibilitando que nuestro país se haya constituido en uno de los principales países proveedores de alimentos.

Que las políticas de estado en materia de agroalimentos, con sustento en el agregado de valor a través de herramientas basadas en el modo de producción, en el origen geográfico, en la calidad por atributos del producto o del proceso, resultan una alternativa válida para un país que busca ampliar la oferta de bienes y productos diferenciados, incrementar su valor unitario, y con ello favorecer un tránsito de agenda que favorezca la producción agroalimentaria y agroenergética.

Que la puesta en marcha de instrumentos de agregado de valor fomenta el desarrollo de las economías regionales, la generación de mano de obra y la expansión de alternativas productivas y comerciales.

Que crear, comunicar y ofrecer valor resultan tareas complejas que implican un conocimiento amplio sobre las necesidades y las preferencias de clientes y consumidores, donde la combinación de la cultura, la tradición, la nutrición, la calidad y el ambiente generan atributos diferenciales que le otorgan a la producción agroindustrial ventajas competitivas.

Que el nuevo escenario socio-político y económico sugiere la oportunidad del acompañamiento y coordinación del ESTADO NACIONAL en la concreción de acciones estratégicas, que permitan aumentar los beneficios sectoriales tanto en lo productivo, como en lo comercial con el consiguiente efecto social que ello implica, favorece el crecimiento de las Pequeñas y Medianas Empresas (PyMES) agroindustriales, promoviendo las inversiones en las economías regionales y mejorando el posicionamiento y desarrollo de mercados locales, regionales e internacionales.

Que en este contexto, resulta conveniente establecer un eje de trabajo común donde confluyan las acciones contempladas en los diferentes instrumentos de la SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y ALIMENTOS del MINISTERIO DE PRODUCCION, así como también de otros organismos, con el fin de lograr una mayor eficacia en el posicionamiento de la agroindustria y de los agroalimentos argentinos con características o cualidades particulares.

Que la Ley Nº 25,127, de Producción Ecológica, Biológica u Orgánica, establece que la ex SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y ALIMENTACION del por entonces MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS, a través del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA (SENASA), organismo descentralizado en la órbita de la citada ex Secretaría, es la Autoridad de Aplicación de dicho régimen.

Que mediante la Ley Nº 25.380 y su modificatoria Nº 25.966, se creó el régimen legal para la protección y promoción de productos agrícolas y alimentarios que presentan características o cualidades diferenciales en razón de su origen geográfico.

Que por la Resolución Nº 392 del 19 de mayo de 2005 de la SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y ALIMENTOS del ex MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION, se creó el Sello "ALIMENTOS ARGENTINOS UNA ELECCION NATURAL", y su versión en idioma inglés "ARGENTINE FOOD A NATURAL CHOICE", para distinguir aquellos productos que se destaquen por su calidad, niveles de innovación tecnológica, posicionamiento en los mercados y promoción de los aspectos sociales, culturales y naturales de producción, elaboración y transformación de los alimentos argentinos.

Que por la Resolución Nº 496 del 14 de noviembre de 2008 de la antedicha Secretaría, se creó el "PROGRAMA DE DESARROLLO DE LAS ECONOMIAS REGIONALES", con el objetivo de mejorar las condiciones competitivas de las empresas en un marco de desarrollo regional sustentable, con fondos destinados a la ejecución de políticas vinculadas con las cadenas de valor.

Que entre los objetivos de la SUBSECRETARIA DE AGROINDUSTRIA Y MERCADOS de la citada Secretaría, según el Decreto Nº 2102 de fecha 4 e diciembre de 2008, se señala el de coordinar acciones tendientes al fortalecimiento de la competitividad de las cadenas alimentarias y agroindustriales, proponiendo medidas de carácter global o sectorial que promuevan la generación de valor, vinculando su accionar con las áreas pertinentes, y de coordinar con las SUBSECRETARIAS DE DESARROLLO RURAL Y AGRICULTURA FAMILIAR y de PRODUCCION AGROPECUARIA Y FORESTAL acciones tendientes a impulsar la modernización, reconversión, complementación y diversificación de las economía regionales.

Que la SUBSECRETARIA DE AGROINDUSTRIA Y MERCADOS de la referida Secretaría, lleva adelante el PROYECTO DE PROMOCION DE LAS EXPORTACIONES DE ALIMENTOS ARGENTINOS (PROARGEX) con el objeto de incrementar, en forma sostenible, las exportaciones agroalimentarias de productores pequeños y medianos de diferentes regiones de nuestro país, de mayor nivel de transformación (incremento del valor agregado) y el mantenimiento de los mercados actuales y su incremento.

Que la Dirección Nacional de Agroindustria de la indicada Subsecretaría, se encuentra desarrollando el proyecto denominado Servicios para Pequeñas y Medianas Empresas Alimentarias (Red IPA), que tiene por objeto brindar asistencia técnica y colaboración a los empresarios en los distintos trámites, registros e información necesarios para alcanzar con éxito la producción y venta de alimentos. Asimismo, la citada Dirección Nacional, ejecutó exitosamente el Programa "Calidad de los Alimentos Argentinos", estando prevista la realización de una segunda etapa.

Que la referida Secretaría, junto con el INSTITUTO NACIONAL DE TECNOLOGIA AGROPECUARIA (INTA), organismo descentralizado en la órbita de la SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y ALIMENTOS, y la SECRETARIA DE TURISMO, ambas del MINISTERIO DE PRODUCCION, en el marco del PROYECTO NACIONAL DE TURISMO RURAL (PRONATUR), coordinadamente trabajan en diseñar políticas y estrategias de turismo rural y desarrollo de las rutas alimentarias argentinas.

Que a fin de lograr la necesaria coordinación en la aplicación de las distintas herramientas antes mencionadas, resulta conducente centralizar las mismas bajo la unidad de gestión de la SUBSECRETARIA DE AGROINDUSTRIA Y MERCADOS, y la formulación de un programa que coordine estratégicamente los esfuerzos y permita fomentar y coadyuvar a la expansión del sector agroindustrial.

Que el motivo fundamental de un actuar coordinado, radica en la necesidad de operar en entornos cambiantes y competitivos donde la planificación es herramienta indispensable para poder afrontar los procesos que se derivan de la globalización comercial y financiera de la economía, el avance tecnológico y la necesidad de ganar nuevos mercados con el desarrollo de nuevas habilidades.

Que entre los objetivos centrales de la SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y ALIMENTOS, señalados en el citado Decreto Nº 2102/08, se encuentra el de elaborar y ejecutar planes, programas y políticas de producción, comercialización, tecnología, calidad y sanidad en materia agropecuaria y agroindustrial, coordinando y conciliando los intereses del Gobierno Nacional, las provincias y los diferentes subsectores, así como el de entender en el diseño y ejecución de las políticas de desarrollo, promoción, calidad, bioseguridad y sanidad de productos, industrializados o no, para consumo alimentario de origen animal o vegetal, y también el de elaborar y ejecutar programas destinados a atender la problemática del productor agropecuario, el desarrollo regional y territorial rural, procurando el arraigo y la inclusión social.

Que acompañando las directivas impartidas por el ESTADO NACIONAL en materia de contención del gasto público, la presente medida no implica costo fiscal alguno.

Que la Dirección de Legales del Area de Agricultura, Ganadería, Pesca y Alimentos dependiente de la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS ha tomado la intervención que le compete, conforme a lo establecido por el Artículo 11 del Decreto Nº 2102 de fecha 4 de diciembre de 2008.

Que el suscripto es competente para resolver en esta instancia o e acuerdo a las facultades conferidas por el Decreto Nº 2102 del 4 de diciembre de 2008.

Por ello,

EL SECRETARIO DE AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y ALIMENTOS

RESUELVE:

Articulo 1º — Créase en el ámbito de la SUBSECRETARIA DE AGROINDUSTRIA Y MERCADOS de la SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y ALIMENTOS del MINISTERIO DE PRODUCCION, el PROGRAMA NACIONAL DE AGREGADO DE VALOR DESTINADO A LA AGROINDUSTRIA (en adelante Programa VALORAR), con el fin de articular los instrumentos de agregado de valor en materia de agroindustria, de la referida Secretaría.

Art. 2º — La creación del Programa VALORAR, tiene como principales metas:

a) Incrementar el valor unitario de la producción.

b) Diversificar la producción y la exportación de alimentos.

e) Impulsar la incorporación de atributos de valor diferencial en los alimentos argentinos, posicionando los mismos en los diferentes mercados.

d) Promover la autenticidad y originalidad de los alimentos argentinos, en virtud de las circunstancias sociales, culturales y naturales de producción, elaboración y transformación, jerarquizando a sus elaboradores.

e) Alinear a la agroindustria con los requerimientos de la demanda local e internacional.

f) Favorecer el impulso de las economías regionales y el desarrollo territorial equilibrado, sostenible y con inclusión social.

g) Profundizar la relación entre los alimentos, la salud, la nutrición, el ambiente y la cultura.

h) Incluir a nuestros alimentos y a sus tradiciones como parte esencial de los atractivos turísticos argentinos.

Art. 3º — El Programa VALORAR integrará acciones de las herramientas de agregado de valor, que se detallan a continuación:

a) Denominación de Origen e Indicaciones Geográficas (DO e IG)

b) Gestión de la Calidad y Diferenciación de Alimentos (PROCAL II)

c) Proyecto de Promoción de las Exportaciones de Alimentos Argentinos (PROARGEX)

d) Sello "ALIMENTOS ARGENTINOS UNA ELECCION NATURAL", y versión en idioma inglés "ARGENTINE FOOD A NATURAL CHOICE"

e) Turismo Rural (PRONATUR)

f) Programa de Desarrollo de las Economías Regionales

g) Producción Orgánica (ProDAO)

h) Información Estratégica para las Pymes Agroindustriales (REDiPA)

Podrán incorporarse nuevos instrumentos, atendiendo a las necesidades de la producción agroindustrial y a los requerimientos de los mercados nacionales e internacionales.

Art. 4º — Las acciones, los proyectos, los planes y actividades que se realicen con el objetivo de aumentar la competitividad del sector agroindustrial deberán encontrarse alineados bajo las metas establecidas en la presente resolución.

Art. 5º — Instrúyase a la SUBSECRETARIA DE AGROINDUSTRIA Y MERCADOS de la SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y ALIMENTOS del MINISTERIO DE PRODUCCION para ejecutar el Programa VALORAR.

Art. 6º — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Carlos A. Cheppi.