Dirección General de Aduanas

ADUANAS

Resolución 61/2009

Prórroga Habilitación Provisoria Zona Operativa Aduanera Uspallata. Aduana de Mendoza.

Bs. As., 16/7/2009

VISTO la Actuación SIGEA Nº 12367-15-2008/11, del registro de la ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS, y

CONSIDERANDO:

Que por la citada actuación la Dirección Regional Aduanera Mendoza informa sobre la necesidad de prorrogar la habilitación provisoria de la Zona Operativa Aduanera ubicada en el predio de CUARENTA Y SEIS HECTAREAS NUEVE MIL TRESCIENTOS CINCUENTA Y SEIS CON 24/100 METROS CUADRADOS (46 Ha. 9356,24 m2) de superficie —según Mensura por Mayor Extensión, Unificación y Fraccionamiento, registrada como 03 29977—, sobre la Ruta 7, Km. 1151 de la localidad de Uspallata, Departamento de Las Heras, Provincia de Mendoza.

Que tanto el predio como las instalaciones destinadas para la realización de operaciones aduaneras reúnen los requisitos para tal fin, contando con las condiciones de infraestructura necesarias para ejercer el control aduanero, conforme lo informado por la Dirección Regional Aduanera Mendoza.

Que en función de lo expuesto, y hasta tanto se concreten las obras de infraestructura correspondientes al Centro de Control de Cargas Uspallata, en el marco de los compromisos asumidos en el Plan de Gestión 2007/2009 de la AFIP, corresponde prorrogar la habilitación aduanera otorgada al citado lugar operativo por el término de CIENTO OCHENTA (180) días a contar desde el vencimiento del plazo conferido por la Resolución Nº 9/2009 (DGA).

Que en autos han tomado debida intervención la División Aduana de Mendoza, la Dirección Regional Aduanera Mendoza y la Subdirección General de Operaciones Aduaneras del Interior de la Dirección General de Aduanas.

Que la presente se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por el artículo 9º, apartado 2, inciso n) del Decreto Nº 618 de fecha 10 de julio de 1997.

Por ello,

LA DIRECTORA GENERAL DE LA DIRECCION GENERAL DE ADUANAS

RESUELVE:

Artículo 1º — Prorrogar por el término de CIENTO OCHENTA (180) días la habilitación provisoria de la Zona Operativa Aduanera Uspallata, otorgada mediante Resolución Nº 9/2009 (DGA), a contar desde el vencimiento del plazo conferido por esta última, con igual carácter e idéntico alcance.

(Nota Infoleg: por art. 1º de la Resolución Nº 1/2010 de la Dirección General de Aduanas B.O. 13/01/2010 se prorroga por el término de TRESCIENTOS SESENTA (360) días la habilitación provisoria de la Zona Operativa Aduanera Uspallata, a contar desde el vencimiento del plazo conferido por la presente Resolución, con igual carácter e idéntico alcance)

Art. 2º — Regístrese. Comuníquese. Dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial para su publicación en el Boletín Oficial y publíquese en el Boletín de esta Dirección General. Tome conocimiento la Subdirección General de Operaciones Aduaneras del Interior y la Dirección Regional Aduanera Mendoza. Remítanse estos actuados a la División Aduana de Mendoza para su conocimiento y aplicación. — María S. Tirabassi.