Comisión Técnica Mixta del Frente Marítimo

PESCA

Resolución 4/2009

Establécese la fecha de cierre del período de captura para la especie calamar en la Zona Común de Pesca.

Montevideo, 31/7/2009

Norma estableciendo la fecha de cierre del período de captura para la especie calamar (lllex argentinus) en la Zona Común de Pesca.

VISTO:

La necesidad de establecer la fecha del cierre del período de captura para la especie calamar (lIlex argentinus) en la Zona Común de Pesca.

CONSIDERANDO:

1º) Que por el Artículo 2º) de la Resolución CTMFM Nº 2/09 se resolvió que la Comisión evaluará el estado del recurso a fin de establecer la fecha de cierre de captura de la zafra 2009, sobre la base de información técnica aportada por las Partes.

2º) Que en beneficio de la conservación del recurso se hace necesario el cierre del período de captura.

ATENTO:

A lo establecido en los artículos 80 y 82 inciso d) del Tratado del Río de la Plata y su Frente Marítimo

LA COMISION TECNICA MIXTA DEL FRENTE MARITIMO

RESUELVE:

Artículo 1º — Fijar la fecha del cierre del período de captura para la especie calamar (Illex argentinus) en la Zona Común de Pesca para la corriente año, el 31 de agosto a las 24.00 horas.

Art. 2º — Considerar la transgresión de la presente Resolución como un incumplimiento grave de las normas vigentes en cada Parte en materia de infracciones pesqueras, lo que aparejará la aplicación de las sanciones en ellas previstas.

Art. 3º — Comunicar esta Resolución al Ministerio de Relaciones Exteriores, Comercio Internacional y Culto de la República Argentina y al Ministerio de Relaciones Exteriores de la República Oriental del Uruguay.

Art. 4º — Dar conocimiento público de esta Resolución, a través de su publicación en el Boletín Oficial de la República Argentina y en el Diario Oficial de la República Oriental del Uruguay. — Carlos A. Carrasco. — Alvaro Fernández.