PRESUPUESTO

Decisión Administrativa 144/2009

Apruébase el gasto para la realización de la transferencia de fondos a favor de la Asociación del Fútbol Argentino.

Bs. As., 20/8/2009

VISTO el Expediente Nº 4641/2009 del registro de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, y

CONSIDERANDO:

Que la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS y la ASOCIACION DEL FUTBOL ARGENTINO (AFA) suscribieron un Convenio para la televisación del Fútbol para la REPUBLICA ARGENTINA y el exterior.

Que a efectos de su instrumentación, resulta necesario efectuar una contribución financiera a dicha Asociación.

Que con fecha 19 de agosto de 2009 se dictó la Decisión Administrativa Nº 140 de modificación del Presupuesto General de la Administración Nacional para la SECRETARIA DE MEDIOS DE COMUNICACION, en la Jurisdicción 25 – JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, a efectos de contar con la disponibilidad presupuestaria necesaria para afrontar el mencionado gasto.

Que el convenio a que hace referencia el primer Considerando del presente acto, prevé un aporte de PESOS CIEN MILLONES ($ 100.000.000.-), cuya transferencia debe realizarse de forma inmediata.

Que el pertinente Servicio Administrativo Financiero ha procedido a verificar la existencia de crédito presupuestario disponible a efectos de proceder al dictado de la presente medida.

Que ha tomado la intervención de su competencia la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS de la SECRETARIA LEGAL Y TECNICA de la PRESIDENCIA DE LA NACION.

Que la presente medida se dicta en ejercicio de las atribuciones emergentes del artículo 35, inciso d) del Reglamento de la Ley de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional Nº 24.156, aprobado por el Decreto Nº 1344 de fecha 4 de octubre de 2007 y el Decreto Nº 624 de fecha 21 de agosto de 2003 y sus modificatorios.

Por ello,

EL JEFE DE GABINETE DE MINISTROS

DECIDE:

Artículo 1º — Apruébase el gasto de PESOS CIEN MILLONES ($ 100.000.000.-), para la realización de la transferencia de fondos a favor de la ASOCIACION DEL FUTBOL ARGENTINO (AFA), en concepto de apoyo económico destinado a contribuir con el objeto del Convenio suscripto.

Art. 2º — Por el Servicio Administrativo Financiero 305 - JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, procédase a la liquidación y pago de los conceptos mencionados en el Artículo precedente.

Art. 3º — El gasto que demande el cumplimiento de la presente será imputado a las partidas del Presupuesto de la JURISDICCION 25 - JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS para el corriente Ejercicio Financiero.

Art. 4º — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Aníbal D. Fernández. — Aníbal F. Randazzo.