Ministerio de Economía y Finanzas Públicas

DEUDA PUBLICA

Resolución 546/2010

Amplíase el plazo establecido por la Resolución Nº 346/10 para la suscripción de los Convenios Bilaterales del Programa Federal de Desendeudamiento de las Provincias Argentinas.

Bs. As., 20/8/2010

VISTO el Expediente Nº S01:0298092/2010 del registro del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS, el Decreto Nº 660 de fecha 10 de mayo de 2010 y la Resolución Nº 346 de fecha 10 de junio de 2010 del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS, y

CONSIDERANDO:

Que el Decreto Nº 660 de fecha 10 de mayo de 2010 creó el Programa Federal de Desendeudamiento de las Provincias Argentinas, con el objetivo de reducir la deuda de las Provincias con el GOBIERNO NACIONAL, por aplicación de los recursos disponibles del Fondo de Aportes del Tesoro Nacional creado por el inciso d) del Artículo 3º de la Ley Nº 23.548 y reprogramar la deuda provincial resultante.

Que el Artículo 10 del decreto antes mencionado, faculta al MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS a dictar las normas complementarias y/o aclaratorias que resulten necesarias.

Que en dicho marco normativo se dictó la Resolución Nº 346 de fecha 10 de junio de 2010 del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS mediante la cual se aprueba, entre otras cuestiones, el modelo de Convenio Bilateral del Programa Federal de Desendeudamiento de las Provincias Argentinas y se establece en su Artículo 4º un plazo de CUARENTA Y CINCO (45) días, desde la vigencia de la misma, para la suscripción del citado Convenio.

Que de la evaluación de lo actuado para el logro del objetivo del Programa Federal de Desendeudamiento de las Provincias Argentinas, y considerando la complejidad de las operaciones que involucra, surge la necesidad de ampliar el plazo referido.

Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos de este Ministerio ha tomado la intervención que le compete.

Que la presente Resolución se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por el Artículo 10 del Decreto Nº 660/2010.

Por ello,

EL MINISTRO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS

RESUELVE:

Artículo 1º — Amplíase hasta el 31 de agosto de 2010 el plazo para la suscripción de los Convenios Bilaterales del Programa Federal de Desendeudamiento de las Provincias Argentinas establecido en el Artículo 4º de la Resolución Nº 346 de fecha 10 de junio de 2010 del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS.

Art. 2º — La presente Resolución comenzará a regir a partir de su dictado.

Art. 3º — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Amado Boudou.