Comisión Técnica Mixta del Frente Marítimo

PESCA

Resolución 7/2010

Fíjase la fecha de cierre del período de captura para la especie calamar en la Zona Común de Pesca.

Montevideo, 14/9/2010

Norma estableciendo la fecha de cierre del período de captura para la especie calamar (Illex argentinus) en la Zona Común de Pesca.

VISTO:

La necesidad de establecer la fecha de cierre del período de captura para la especie calamar (Illex argentinus) en la Zona Común de Pesca.

Considerando:

1º) Que por Resolución CTMFM 6/10 se prorrogó con carácter de excepción la fecha de cierre del período de captura para la especie calamar (Illex argentinus) en la Zona Común de Pesca a partir del 1 de setiembre de 2010.

2º) Que en virtud de lo dispuesto en el Artículo 2 de la Resolución CTMFM 6/10 la Comisión evaluará el estado del recurso a fin de proceder al cierre de la pesquería de la especie calamar de la zafra 2010, sobre la base de la información técnica que aporten las Partes.

3º) Que el Instituto Nacional de Investigación y Desarrollo Pesquero (INIDEP) elaboró el Informe Técnico Nº 30/10, indicando que las capturas recayeron sobre miembros del stock desovante de primavera, siendo la tasa de escape del 41% a la primera semana de setiembre.

4º) Que el Consejo Federal Pesquero de la República Argentina decidió por unanimidad proceder al cierre de la temporada de pesca del recurso calamar al norte de los 44° S a partir de las 08:00 horas del día 18 de setiembre de 2010, a fin de asegurar el máximo aprovechamiento del recurso sin poner en riesgo su sustentabilidad.

5º) Que la autoridad pesquera de la República Argentina por nota Nº 2094 del 10 de setiembre de 2010, solicita que la Comisión Técnica Mixta del Frente Marítimo considere el cierre de la pesquería del calamar en la Zona Común de Pesca, en una fecha de ser posible coincidente con la establecida por el Consejo Federal Pesquero.

Atento:

A lo establecido en los artículos 80 y 82 del Tratado del Río de la Plata y su Frente Marítimo.

LA COMISION TECNICA MIXTA DEL FRENTE MARITIMO

RESUELVE:

Artículo 1º — Fijar la fecha del cierre del periodo de captura para la especie calamar (Illex argentinus) en la Zona Común de Pesca a las 08:00 horas del 18 de setiembre de 2010.

Art. 2º — Considerar la transgresión de la presente Resolución como un incumplimiento grave de las normas vigentes, en cada Parte en materia de infracciones pesqueras lo que aparejará la aplicación de las sanciones en ellas previstas.

Art. 3º — Comunicar esta Resolución al Ministerio de Relaciones Exteriores, Comercio Internacional y Culto de la República Argentina y al Ministerio de Relaciones Exteriores de la República Oriental del Uruguay.

Art. 4º — Dar conocimiento público de esta Resolución, a través de su publicación en el Boletín Oficial de la República Argentina y en el Diario Oficial de la República Oriental del Uruguay. — Alvaro Fernández. — Carlos A. Carrasco.