ADMINISTRACION NACIONAL DE AVIACION CIVIL

Resolución Nº 915/2010

Bs. As., 25/10/2010

VISTO, el Expediente Nº S01:0315163/2010 del Registro del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS y el Decreto Nº 1770 de fecha 29 de noviembre de 2007, y

CONSIDERANDO:

Que las normas y métodos recomendados de la ORGANIZACION DE AVIACION CIVIL INTERNACIONAL (OACI), deben estar aprobadas y contenidas en manuales o documentos de aplicación nacional.

Que las citadas normas y métodos recomendados por la ORGANIZACION DE AVIACION CIVIL INTERNACIONAL (OACI) en su Anexo 10 al Convenio sobre Aviación Civil Internacional — Telecomunicaciones Aeronáuticas, Volumen I y el Manual sobre Ensayo de Radioayudas para la Navegación (Documento Nº 8071), han incorporado algunas enmiendas.

Que el MANUAL DE RADIOAYUDAS A LA NAVEGACION AEREA, tiene como finalidad establecer los parámetros técnicos y procedimientos para la ubicación, instalación y funcionamiento de equipos y sistemas radioeléctricos de telecomunicaciones y radioayudas a la navegación aérea en el ámbito nacional.

Que la DIRECCION DE COMUNICACIONES, NAVEGACION Y VIGILANCIA (CNS), de la DIRECCION NACIONAL DE SERVICIOS DE NAVEGACION AEREA Y AERODROMOS, propuso la necesidad de actualizar las Normas y Métodos Recomendados de la ORGANIZACION DE AVIACION CIVIL INTERNACIONAL (OACI), contenidos en la edición 2008 de dicho documento.

Que la DIRECCION DE ASUNTOS JURIDICOS de la ADMINISTRACION NACIONAL DE AVIACION CIVIL ha tomado la intervención que le compete.

Que la presente medida se dicta en uso de las facultades conferidas por el Decreto Nº 1770/07.

Por ello,

EL ADMINISTRADOR NACIONAL DE AVIACION CIVIL

RESUELVE:

ARTICULO 1º — Apruébase la publicación y aplicación del MANUAL DE RADIOAYUDAS A LA NAVEGACION AEREA - Edición 2010, a partir del 18 de noviembre de 2010, el cual se adjunta a la presente Resolución como ANEXO I.

ARTICULO 2º — Todos los organismos involucrados en el ámbito nacional deberán aplicar lo normado en el MANUAL DE RADIOAYUDAS A LA NAVEGACION AEREA, a partir de las 00:00 hs. del 18 de noviembre de 2010.

ARTICULO 3º — Facúltese a la DIRECCION DE COMUNICACIONES, NAVEGACION Y VIGILANCIA a realizar en lo sucesivo las modificaciones necesarias al MANUAL DE RADIOAYUDAS A LA NAVEGACION AEREA.

ARTICULO 4º — Regístrese, notifíquese a las DIRECCIONES REGIONALES correspondientes, publíquese en el Boletín Oficial y cumplido archívese. — Dr. ALEJANDRO A. GRANADOS, ANAC, Administrador Nacional de Aviación Civil.

———

NOTA: El Anexo no se publica. La documentación no publicada puede ser consultada en la Sede Central de esta Dirección Nacional (Suipacha 767 - Ciudad Autónoma de Buenos Aires) y en www.boletinoficial.gov.ar

e. 10/11/2010 Nº 134529/10 v. 10/11/2010