TRATADOS
Ley 26.667
Apruébase el Tratado de Asistencia Judicial Recíproca en Materia Civil y Comercial entre la República Argentina y la República Tunecina, suscripto en Buenos Aires.
Sancionada: Marzo 16 de 2011
Promulgada de Hecho: Abril 7 de 2011
El Senado y Cámara de Diputados de la Nación Argentina reunidos en Congreso, etc. sancionan con fuerza de Ley:
ARTICULO 1ş Apruébase el TRATADO DE ASISTENCIA JUDICIAL RECIPROCA EN MATERIA CIVIL Y COMERCIAL ENTRE LA REPUBLICA ARGENTINA Y LA REPUBLICA TUNECINA, suscriptoen Buenos Aires el 16 de marzo de 2006, que consta de TREINTA Y NUEVE (39) artículos, cuyas fotocopias autenticadas, en idiomas castellano y francés, forman parte de la presente ley.
ARTICULO 2ş Comuníquese al Poder Ejecutivo nacional.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL CONGRESO ARGENTINO, EN BUENOS AIRES, EL 16 MAR 2011.
REGISTRADO BAJO EL Nş 26.667
JULIO C. C. COBOS. EDUARDO A. FELLNER. Enrique Hidalgo. Juan H. Estrada.
NOTA: El Anexo no se publica. La documentación no publicada puede ser consultada en la Sede Central de esta Dirección Nacional (Suipacha 767 - Ciudad Autónoma de Buenos Aires) y en www.boletinoficial.gob.ar