JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS

SECRETARIA DE GABINETE

Resolución Nº 67/2011

Bs. As., 24/6/2011

VISTO, el Expediente CUDAP: EXP-JGM: 0054695/2010 del Registro de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, el Decreto Nº 196 del 24 de febrero de 2011 y las Resoluciones Nº 20 de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS del 21 de agosto de 2004, Nº 64 de la ex SECRETARIA DE LA GESTION PUBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS del 23 de mayo de 2008, Nº 72 de la ex SECRETARIA DE GABINETE Y GESTION PUBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS del 21 de noviembre de 2008 y Nº 163 de la ex SECRETARIA DE LA GESTION PUBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS del 31 de agosto de 2010, y

CONSIDERANDO:

Que, en virtud de la Resolución Nº 64/08, la entonces SECRETARIA DE LA GESTION PUBLICA ordenó los circuitos de trámite de las actuaciones de la dependencia procurando una institucionalización ordenada del organismo.

Que dicha norma estableció, entre otras cuestiones, que las actuaciones que se generen o que tramiten ante la OFICINA NACIONAL DE TECNOLOGIAS DE INFORMACION dependiente de la SUBSECRETARIA DE TECNOLOGIAS DE GESTION, con carácter previo a la intervención de la mencionada Secretaría debían contar con la intervención del titular de la SUBSECRETARIA DE TECNOLOGIAS DE GESTION.

Que por su parte, la Resolución Nº 72/08 de la entonces SECRETARIA DE GABINETE Y GESTION PUBLICA modificó los circuitos de trámite de las actuaciones a fin de dar celeridad a los procesos, preservando la unidad de actuación y estableciendo expresamente aquellas actuaciones que, por su materia, debían remitirse a consulta e intervención del titular de la ex SECRETARIA DE GABINETE Y GESTION PUBLICA.

Que, en el sentido señalado, el artículo 5º de dicha Resolución establece que "Los dictámenes, informes y demás despachos producidos en actuaciones que tramiten por ante la OFICINA NACIONAL DE TECNOLOGIAS DE INFORMACION serán conformadas para la prosecución de su trámite con la intervención del titular de la SUBSECRETARIA DE TECNOLOGIAS DE GESTION, quien ordenará su remisión a la dependencia correspondiente, salvo que sea pertinente la intervención de esta instancia por impulsarse un cambio en los criterios de interpretación del organismo, se trate de proyectos o sistemas integrales o el monto objeto del trámite exceda de pesos TRESCIENTOS ($ 300.000.-) mil."

Que en procura de proceder a la simplificación e informatización de la tramitación de las actuaciones administrativas en aras de tornar más eficiente la gestión de este organismo, la resolución 163/10 de la entonces SECRETARIA DE LA GESTION PUBLICA aprobó la implementación del sistema "Estándares Tecnológicos para la Administración Pública en Línea".

Que, mediante dicho sistema, los organismos de la Administración Nacional, tanto centralizada como descentralizada, tramitarán electrónicamente sus solicitudes de intervención técnica previa de la DIRECCION DE INFRAESTRUCTURA dependiente de la OFICINA NACIONAL DE TECNOLOGIAS DE INFORMACION en aquellas contrataciones vinculadas a Bienes y Servicios de carácter informático, en tanto dichos bienes y servicios estuvieren previstos en el sistema en línea.

Que la implementación de dicho sistema implica cambios en la tramitación de las actuaciones que ingresen a esta instancia mediante la modalidad electrónica allí prevista, por lo que es procedente reformar los circuitos del trámite de las mismas a fin de garantizar la celeridad de los procedimientos.

Que, asimismo, el análisis del monto de la contratación excede el ámbito de aplicación asignado a la OFICINA NACIONAL DE TECNOLOGIAS DE INFORMACION, por lo cual resulta conveniente eliminar la intervención de la SECRETARIA DE GABINETE en los dictámenes, informes y demás despachos producidos en actuaciones que tramiten por ante la mencionada OFICINA NACIONAL y que tengan relación con el monto objeto del trámite.

Que, por lo expuesto, resulta menester modificar, en lo que corresponda, las Resoluciones Nº 64/08 de la ex SECRETARIA DE LA GESTION PUBLICA y Nº 72/08 de la ex SECRETARIA DE GABINETE Y GESTION PUBLICA referidas supra.

Que la presente Resolución se dicta conforme las facultades conferidas por el Decreto Nº 196/2011.

Por ello,

LA SECRETARIA DE GABINETE DE LA JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS

RESUELVE:

ARTICULO 1º — Las intervenciones técnicas que realice la DIRECCION DE INFRAESTRUCTURA dependiente de la OFICINA NACIONAL DE TECNOLOGIAS DE INFORMACION a través del sistema "Estándares Tecnológicos para la Administración Pública en Línea", no requerirán la intervención del titular de la SUBSECRETARIA DE TECNOLOGIAS DE GESTION.

ARTICULO 2º — Modifícase el artículo 5º de la Resolución Nº 72/08 de la entonces SECRETARIA DE GABINETE Y GESTION PUBLICA, el cual quedará redactado de la siguiente manera:

"Los dictámenes, informes y demás despachos producidos en actuaciones que tramiten por ante la OFICINA NACIONAL DE TECNOLOGIAS DE INFORMACION serán conformadas para la prosecución de su trámite con la intervención del titular de la SUBSECRETARIA DE TECNOLOGIAS DE GESTION, quien ordenará su remisión a la dependencia correspondiente, salvo que sea pertinente la intervención de esta instancia por impulsarse un cambio en los criterios de interpretación del organismo o se trate de proyectos o sistemas integrales."

ARTICULO 3º — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Dra. Da. SILVINA E. ZABALA, Secretaria de Gabinete, Jefatura de Gabinete de Ministros.

e. 30/06/2011 Nº 78212/11 v. 30/06/2011