MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS

Resolución N° 1808/2011

Bs. As., 17/11/2011

VISTO el Expediente S04:0050856/2011 del registro de este Ministerio y los Decretos Nros. 1545 del 31 de agosto de 1994, sus modificatorios y complementarios y 1486 del 23 de setiembre de 2011, y

CONSIDERANDO:

Que por el Decreto N° 1486/11, se aprobó la estructura organizativa de primer nivel operativo del MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS.

Que por la citada norma se aprobó, entre otras, la DIRECCION DE DESPACHO, MESA DE ENTRADAS E INFORMACION AL PUBLICO dependiente de la SUBSECRETARIA DE COORDINACION de este Ministerio.

Que corresponde establecer las aperturas estructurales inferiores a las dispuestas por la norma citada precedentemente.

Que se han tenido en cuenta, para la elaboración de la propuesta, los lineamientos fijados por el Decreto N° 1545/94, sus normas complementarias y modificatorias, como así también la Resolución N° 422 del 13 de septiembre de 1994 de la ex SECRETARIA DE LA FUNCION PUBLICA de la PRESIDENCIA DE LA NACION.

Que ha tomado la intervención que le compete la OFICINA NACIONAL DE INNOVACION DE GESTION de la SUBSECRETARIA DE GESTION Y EMPLEO PUBLICO de la SECRETARIA DE GABINETE de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS.

Que la presente medida se dicta en uso de las facultades conferidas al suscripto por el artículo 17 del Decreto N° 1545/94 y sus modificatorios.

Por ello,

EL MINISTRO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS
RESUELVE:

ARTICULO 1° — Apruébanse las aperturas estructurales inferiores correspondientes a los niveles de Departamento de la DIRECCION DE DESPACHO, MESA DE ENTRADAS E INFORMACION AL PUBLICO dependiente de la SUBSECRETARIA DE COORDINACION de este Ministerio, de conformidad con el organigrama, acciones y dotación, que como ANEXOS I, II y III respectivamente, forman parte integrante de esta resolución.

ARTICULO 2° — Derógase la Resolución ex M.J. N° 48 del 14 de enero de 1998.

ARTICULO 3° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Dr. JULIO C. ALAK, Ministro de Justicia y Derechos Humanos.

ANEXO I


ANEXO II

SUBSECRETARIA DE COORDINACION

DIRECCION DE DESPACHO, MESA DE ENTRADAS E INFORMACION AL PUBLICO

DEPARTAMENTO DESPACHO

ACCIONES:

1. Efectuar el registro y protocolización de las resoluciones del Ministro, de los Secretarios y disposiciones de los Subsecretarios y Directores.

2. Realizar la elevación al Ministro de los actos administrativos que se encuentren analizados desde el punto de vista técnico-legal.

3. Efectuar el control de los proyectos de leyes, decretos, decisiones administrativas, resoluciones y disposiciones atendiendo al aspecto formal y formular las observaciones pertinentes que puedan corresponder.

4. Numerar y expedir copia autenticada de todas las resoluciones y disposiciones dictadas por el Ministro, Secretarios, Subsecretarios y Directores.

5. Llevar el registro de los convenios firmados por el Ministro, Secretarios, Subsecretarios y Directores.

6. Efectuar las comunicaciones y notificaciones de los actos administrativos protocolizados en el área y de otras jurisdicciones originados en este Ministerio.

7. Digitalizar los actos administrativos protocolizados para su adecuado resguardo y puesta en línea a través de la red interna informática.

8. Relevar la nómina de funcionarios de la Justicia Argentina para la actualización de la Guía Judicial.

DIRECCION DE DESPACHO, MESA DE ENTRADAS E INFORMACION AL PUBLICO

DEPARTAMENTO BIBLIOTECA Y CENTRO DE DOCUMENTACION

ACCIONES:

1. Suministrar información documental a las distintas dependencias del Ministerio en lo concerniente a referencias legislativas, doctrinarias, jurisprudenciales y bibliográficas del área jurídica, así como antecedentes y demás fuentes para la mejor ilustración de los casos motivo de consultas.

2. Ejecutar las tareas de catalogación y clasificación de libros, revistas, boletines y otras publicaciones periódicas que ingresan al departamento y sean de interés acorde a su especialización en las áreas jurídicas.

3. Efectuar un correcto registro y control de todos los préstamos bibliográficos y documentales o interbibliotecarios, haciendo cumplir las reglamentaciones vigentes.

4. Mantener e incrementar los contenidos de la página web www.biblioteca.jus.gov.ar.

DIRECCION DE DESPACHO, MESA DE ENTRADAS E INFORMACION AL PUBLICO

DEPARTAMENTO MESA DE ENTRADAS E INFORMACION AL PUBLICO

ACCIONES:

1. Coordinar y efectuar el giro de la documentación a las distintas unidades conforme la responsabilidad primaria asignada a cada una de ellas, controlando el cumplimiento de los plazos de tramitación.

2. Efectuar el registro y guarda de los expedientes y realizar su seguimiento.

3. Controlar los plazos de reserva y ordenar el archivo de la documentación y sus antecedentes.

4. Intervenir en el cotejo y certificación de las firmas de los funcionarios.

5. Brindar información al público sobre el estado de tramitación de las actuaciones administrativas que obran en la órbita del Ministerio, poniéndolos en conocimiento de los circuitos administrativos y de las competencias de las distintas dependencias de la Jurisdicción.

6. Realizar el seguimiento de los expedientes y proyectos salidos de la Jurisdicción, elaborar información sobre los mismos y sobre su estado de trámite en otros Organismos.

7. Atender las solicitudes de otorgamiento de vistas de actuaciones, verificando que no hubieren restricciones para ello, en virtud de la normativa vigente.

8. Proponer el otorgamiento de la carta poder en los términos del artículo 33 del decreto N° 1759/72 modificado por el Decreto N° 1883/91, consignando los datos requeridos en la citada norma.

9. Preparar y diligenciar la correspondencia y telegramas del Organismo a través de los prestadores postales habilitados.

10. Asistir en el diligenciamiento de los requerimientos que se efectúan en el marco del Decreto N° 1172/03 de Acceso a la Información.

ANEXO III




e. 25/11/2011 N° 1566034/11 v. 25/11/2011