MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS
HUMANOS
Resolución N° 1807/2011
Bs. As., 17/11/2011
VISTO el Expediente S04:0050859/2011 del registro de este Ministerio y
los Decretos Nros. 1545 del 31 de agosto de 1994, sus modificatorios y
complementarios, 1755 del 23 de octubre de 2008 y sus modificatorios y
1486 del 23 de setiembre de 2011, y
CONSIDERANDO:
Que por el Decreto N° 1486/11, se aprobó la estructura organizativa de
primer nivel operativo del MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS.
Que por la citada norma se aprobó, entre otras, la DIRECCION GENERAL DE
RECURSOS HUMANOS dependiente de la SUBSECRETARIA DE COORDINACION de
este Ministerio.
Que de acuerdo con lo prescripto por el artículo 2° del mencionado
Decreto, mantienen su vigencia las aperturas de segundo nivel operativo
de esta Jurisdicción, aprobadas por el Decreto N° 1755/08 y sus
modificatorios.
Que corresponde establecer las aperturas estructurales inferiores a las
dispuestas por la norma citada precedentemente.
Que se han tenido en cuenta, para la elaboración de la propuesta, los
lineamientos fijados por el Decreto N° 1545/94, sus normas
complementarias y modificatorias, como así también la Resolución N° 422
del 13 de septiembre de 1994 de la ex SECRETARIA DE LA FUNCION PUBLICA
de la PRESIDENCIA DE LA NACION.
Que ha tomado la intervención que le compete la OFICINA NACIONAL DE
INNOVACION DE GESTION de la SUBSECRETARIA DE GESTION Y EMPLEO PUBLICO
de la SECRETARIA DE GABINETE de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS.
Que la presente medida se dicta en uso de las facultades conferidas al
suscripto por el artículo 17 del Decreto N° 1545/94 y sus
modificatorios.
Por ello,
EL MINISTRO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS
RESUELVE:
ARTICULO 1° — Apruébanse las aperturas estructurales inferiores
correspondientes a los niveles de Departamento de la DIRECCION GENERAL
DE RECURSOS HUMANOS dependiente de la SUBSECRETARIA DE COORDINACION de
este Ministerio, de conformidad con el organigrama, acciones y
dotación, que como ANEXOS I, II y III respectivamente, forman parte
integrante de esta resolución.
ARTICULO 2° — Derógase la Resolución ex M.J. N° 49 del 14 de enero de
1998.
ARTICULO 3° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del
Registro Oficial y archívese. — Dr. JULIO C. ALAK, Ministro de Justicia
y Derechos Humanos.
ANEXO I
ANEXO II
SUBSECRETARIA DE COORDINACION
DIRECCION GENERAL DE RECURSOS HUMANOS
DIRECCION DE ADMINISTRACION DE RECURSOS HUMANOS
DEPARTAMENTO DE ADMINISTRACION DE DATOS DE PERSONAS
ACCIONES:
1. Efectuar el registro y guarda de los datos del personal manteniendo
actualizado el legajo único de los agentes de la jurisdicción.
2. Registrar y archivar la documentación respaldatoria.
3. Aplicar el régimen de licencias, justificaciones y franquicias y
efectuar el seguimiento de los procesos administrativos relacionados
con la asistencia, permisos de salida, horarios, franquicias, medidas
disciplinarias que se deriven de su incumplimiento y toda otra novedad
relativa al área, efectuando las comunicaciones correspondientes para
su liquidación.
4. Intervenir en los actos administrativos relacionados con las
licencias por distintas causales.
5. Llevar el registro y control de las licencias especiales del
personal.
6. Intervenir en la tramitación de credenciales.
7. Registrar en la base de datos y en los legajos del personal las
tramitaciones relacionadas con el traspaso de obra social de los
agentes de la jurisdicción.
8. Realizar las certificaciones de servicios.
9. Contestar oficios relacionados con los temas de su competencia.
10. Actuar de nexo con el Servicio Médico en los temas relacionados con
ausencias por razones de salud, efectuando el seguimiento del
vencimiento o renovación de las licencias y verificar el otorgamiento
del alta respectiva.
SUBSECRETARIA DE COORDINACION
DIRECCION GENERAL DE RECURSOS HUMANOS
DIRECCION DE ADMINISTRACION DE RECURSOS HUMANOS
DEPARTAMENTO DE CONTRATACIONES Y MOVIMIENTO DE PERSONAL
ACCIONES:
1. Elaborar los proyectos de actos administrativos que impliquen altas,
bajas y movimientos de personal y los correspondientes al régimen de
asesores, auxiliares y suplementos extraordinarios de gabinete.
2. Analizar, confeccionar los actos administrativos de designación y
efectuar el seguimiento y control de las contrataciones de personal que
se soliciten, del régimen de la Ley N° 25.164 y el Decreto N° 2345/08.
3. Verificar el cumplimiento de la normativa vigente en la elaboración
de los actos administrativos relativos al personal.
4. Mantener actualizada las bases de datos resultantes de altas, bajas
y modificaciones de datos de personal que impacten en la liquidación de
haberes, como así también las de personal contratado y de las vacantes
resultantes.
5. Llevar el registro del personal y controlar los vencimientos de
designaciones transitorias, subrogancias, adscripciones, contratos y
toda situación de revista con limitación temporal.
6. Tramitar el otorgamiento de asignaciones familiares y subsidios
verificando el cumplimiento de la normativa vigente en la materia,
efectuando las comunicaciones correspondientes para su liquidación.
7. Diligenciar las declaraciones juradas patrimoniales de los
funcionarios obligados a su presentación en la jurisdicción, efectuando
las intimaciones a que diera lugar.
8. Proponer los informes de respuesta a oficios y otros requerimientos
relacionados con los temas de su competencia.
9. Elaborar informes y brindar asesoramiento en los temas de su
competencia.
SUBSECRETARIA DE COORDINACION
DIRECCION GENERAL DE RECURSOS HUMANOS
DIRECCION DE DESARROLLO DE RECURSOS HUMANOS Y CAPACITACION
DEPARTAMENTO DE DESARROLLO DE CARRERA Y CALIDAD DE VIDA LABORAL
ACCIONES:
1. Implementar las tareas concernientes a la organización y desarrollo
de los procesos de selección, incluyendo los correspondientes al
régimen de cargos con Funciones Ejecutivas.
2. Coordinar la elaboración de los perfiles de los puestos a concursar.
3. Difundir los llamados a inscripción de postulantes a concursos para
la cobertura de cargos de acuerdo con las normas vigentes.
4. Coordinar la aplicación del sistema de evaluación de desempeño,
prestando asistencia técnica a las autoridades intervinientes y a los
Comités de Evaluación en el cumplimiento de su cometido.
5. Efectuar el registro de la calificación del proceso de evaluación
del desempeño, actualizando los legajos de personal.
6. Analizar y sustanciar los recursos y actuaciones relacionados con el
ámbito de su competencia.
7. Administrar la asignación de adicionales y suplementos previstos en
el régimen escalafonario vigente.
8. Elaborar y controlar el cumplimiento de los planes de mejoras de las
condiciones de higiene y seguridad laboral de cada dependencia,
coordinando la aplicación de la legislación en la materia.
9. Organizar y ejecutar los planes de evacuación.
10. Asistir en la gestión de las relaciones laborales con las entidades
gremiales y evaluar las situaciones litigiosas colectivas e
individuales en los temas de su competencia.
11. Asistir técnicamente en lo atinente al funcionamiento de la
Comisión de Condiciones y Medio Ambiente del Sector Público
(Cy.M.A.T.), y la Comisión de Igualdad de Oportunidades y Trato (CIOT),
como así también en su relación con la Aseguradora de Riesgos del
Trabajo cuya contratación se efectúe para la jurisdicción, en lo que
respecta a su competencia específica.
12. Asistir en el desarrollo de instrumentos que contribuyan al
mejoramiento de la calidad de vida laboral.
SUBSECRETARIA DE COORDINACION
DIRECCION GENERAL DE RECURSOS HUMANOS
DIRECCION DE DESARROLLO DE RECURSOS HUMANOS Y CAPACITACION
DEPARTAMENTO DE CAPACITACION Y FORMACION
ACCIONES:
1. Realizar el diagnóstico de los requerimientos de capacitación de
cada una de las áreas del Ministerio.
2. Proponer los planes institucionales y operativos de capacitación
alineados a los objetivos estratégicos de la Jurisdicción.
3. Asegurar una eficiente distribución en el tiempo de la oferta
educativa, a fin de resguardar el normal desenvolvimiento de los
servicios.
4. Gestionar y promover la realización de actividades de capacitación
en instituciones educativas de reconocido prestigio, del ámbito
nacional o internacional, públicos o privados.
5. Efectuar la inscripción de los postulantes a las actividades de
capacitación y evaluar el otorgamiento de las vacantes a las mismas.
6. Gestionar ante el INSTITUTO NACIONAL DE LA ADMINISTRACION PUBLICA
(INAP), el reconocimiento de los créditos de capacitación por
equivalencia, de los cursos realizados por los agentes.
7. Mantener actualizado el registro de créditos de capacitación y
evaluaciones de desempeño del personal, de la jurisdicción ministerial.
8. Elaborar los actos administrativos de promoción de grado y tramo de
los agentes de la jurisdicción ministerial que cumplan con los
requisitos exigidos para tal fin en la normativa vigente.
9. Informar al área competente respecto de los corrimientos de grados
surgidos a partir de la aplicación de las normas vigentes.
10. Analizar y sustanciar los reclamos que se presenten relacionados
con la competencia del área.
11. Promover la concesión de becas destinadas a la participación de los
agentes en cursos, jornadas y/o congresos, que se vinculen con su
quehacer específico.
12. Verificar la correcta información respecto de la acreditación de
títulos de formación y efectuar su registro en el sistema de
información respectivo y en el legajo personal.
e. 25/11/2011 N° 156640/11 v. 25/11/2011