MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS
Decreto 225/2012
Dase por aprobada la designación del Director Nacional del Registro Nacional de Armas de la Secretaría de Asuntos Registrales.
Bs. As., 9/2/2012
VISTO el Expediente Nº S04:0001091/2012 del registro del MINISTERIO DE
JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS, la Ley Nº 26.728, los Decretos Nros. 491
del 12 de marzo de 2002, 601 del 11 de abril de 2002 y 2098 del 3 de
diciembre de 2008, y
CONSIDERANDO:
Que por el artículo 7º de la Ley Nº 26.728, se estableció que las
Jurisdicciones y Entidades de la Administración Nacional no podrán
cubrir los cargos vacantes financiados existentes a la fecha de su
sanción ni los que se produzcan con posterioridad a dicha fecha, salvo
decisión fundada del Jefe de Gabinete de Ministros o del PODER
EJECUTIVO NACIONAL de conformidad con lo dispuesto por el artículo 10
de la citada ley.
Que mediante el Decreto Nº 491/02 se estableció, entre otros aspectos,
que toda designación de personal, en el ámbito de la Administración
Pública, centralizada y descentralizada, en cargos de planta permanente
y no permanente, será efectuada por el PODER EJECUTIVO NACIONAL a
propuesta de la Jurisdicción correspondiente.
Que el MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS solicita la cobertura
transitoria del cargo vacante financiado de Director Nacional de la
DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO NACIONAL DE ARMAS, Nivel A - Función
Ejecutiva I. del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal
del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO (SINEP), homologado por el
Decreto Nº 2098/08, dependiente de la SUBSECRETARIA DE COORDINACION Y
CONTROL DE GESTION REGISTRAL de la SECRETARIA DE ASUNTOS REGISTRALES.
Que a los efectos de implementar la referida cobertura transitoria
resulta necesario designar a la persona que se propone con carácter de
excepción a lo dispuesto por el artículo 7º de la Ley Nº 26.728 y con
autorización excepcional por no reunir los requisitos mínimos
establecidos para el acceso al Nivel A, de conformidad con lo dispuesto
por el artículo 14 del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del
personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO (SINEP), homologado por
el Decreto Nº 2098/08.
Que la persona propuesta reúne los requisitos de idoneidad y experiencia necesarios para cubrir el cargo en cuestión.
Que la medida tiene por objeto asegurar el cumplimiento de los
objetivos asignados a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO NACIONAL DE
ARMAS dependiente de la SUBSECRETARIA DE COORDINACION Y CONTROL DE
GESTION REGISTRAL de la SECRETARIA DE ASUNTOS REGISTRALES del
MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS.
Que se ha dado debido cumplimiento a lo preceptuado por el artículo 6º del Decreto Nº 601/02.
Que se cuenta con el crédito necesario en el presupuesto del MINISTERIO
DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS para atender el gasto resultante de la
medida que se aprueba por el presente.
Que ha tomado intervención el servicio permanente de asesoramiento jurídico del citado Ministerio.
Que la presente medida se dicta en virtud de las atribuciones
emergentes del artículo 99, inciso 1, de la CONSTITUCION NACIONAL, de
los artículos 7º y 10 de la Ley Nº 26.728 y del artículo 1º del Decreto
Nº 491/02.
Por ello,
LA PRESIDENTA DE LA NACION ARGENTINA
DECRETA:
Artículo 1º — Dase por
designado transitoriamente, a partir del 1º de enero de 2012 y por el
término de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles, al señor Matías MOLLE
(D.N.I. Nº 25.348.547), en el cargo de Director Nacional de la
DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO NACIONAL DE ARMAS dependiente de la
SUBSECRETARIA DE COORDINACION Y CONTROL DE GESTION REGISTRAL de la
SECRETARIA DE ASUNTOS REGISTRALES del MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS
HUMANOS, Nivel A - Grado 0, autorizándose el correspondiente pago de la
Función Ejecutiva de Nivel I del Convenio Colectivo de Trabajo
Sectorial del personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO (SINEP),
homologado por el Decreto Nº 2098/08, con carácter de excepción a lo
dispuesto por el artículo 7º de la Ley Nº 26.728 y con autorización
excepcional por no reunir los requisitos mínimos de acceso al Nivel A
establecidos en el artículo 14 del citado Convenio.
Art. 2º — El cargo involucrado
en este acto deberá ser cubierto conforme los sistemas de selección
vigentes y requisitos según lo establecido, respectivamente, en el
articulo 120 y en el Título II, Capítulos III, IV y VIII, del SISTEMA
NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO (SINEP), homologado por Decreto Nº 2098/08,
dentro del plazo de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles contados a partir
del 1º de enero de 2012.
Art. 3º — El gasto que demande
el cumplimiento de la presente medida será atendido con los créditos
asignados a la Jurisdicción 40 - MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS
HUMANOS.
Art. 4º — Comuníquese,
publíquese dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y
archívese. — FERNANDEZ DE KIRCHNER. — Juan M. Abal Medina. — Julio C.
Alak.