MINISTERIO
DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO
MERCOSUR/GMC/ACTA N° 02/11
LXXXIV
REUNION ORDINARIA DEL GRUPO MERCADO COMUN
Se realizó en la ciudad de Asunción, República del Paraguay, entre los
días 13 y 17 de junio de 2011, la LXXXIV Reunión Ordinaria del Grupo
Mercado Común, con la presencia de las Delegaciones de Argentina,
Brasil, Paraguay, Uruguay y Venezuela.
Fueron tratados los siguientes temas:
1. MERCOSUR ECONOMICO — COMERCIAL
1.1. Principales Compromisos del
Programa de Consolidación de la Unión Aduanera (Decisión CMC N° 56/10)
1.1.1. Eliminación del Doble Cobro y
Distribución de la Renta Aduanera
El GMC tomó nota del Informe de los avances del documento de trabajo,
elevado por la Comisión de Comercio del MERCOSUR, sobre los trabajos
para la implementación de la primera etapa de la Decisión CMC N° 10/10,
que consta como
Anexo XXI
(MERCOSUR/LXXXIV GMC/DI N° 19/11).
Teniendo en cuenta la necesidad de definición de algunos puntos de
carácter técnico-político en los trabajos, las delegaciones acordaron
crear un Grupo Ad Hoc de Alto Nivel, que reporte a los Coordinadores
Nacionales del GMC, para supervisar los trabajos pera la Eliminación
del Doble Cobro del AEC, con el fin de facilitar el cumplimiento de los
plazos previstos en la Decisión CMC Nº 56/10. La Delegación de Brasil
circuló un proyecto de decisión al respecto.
Asimismo, las delegaciones acordaron que dicho Grupo se reúna
periódicamente en el marco de las reuniones de la CCM.
Igualmente, el GMC instó a la CCM a continuar con los trabajos técnicos
que vienen siendo desarrollados en su ámbito.
1.1.2. Incentivos
La PPTP informó acerca de los resultados del Grupo Ad Hoc sobre
Incentivos, reunido en paralelo a la reunión del GMC. Las Delegaciones
de Paraguay y Uruguay hicieron entrega de sus respectivas propuestas
respecto de las que las delegaciones harán comentados en la próxima
reunión del Grupo de Trabajo
(Anexo
XIX —RESERVADO— MERCOSUR/LXXXIV GMC/DI N° 18/11).
1.1.3. Defensa Comercial
El GMC recibió el informe de la L reunión del Comité de Defensa
Comercial y Salvaguardias, celebrada el día 15 de junio de 2011. El
Acta se encuentra Ad Referéndum de la Delegación de Argentina.
1.1.4. Informe del Grupo de
Integración Productiva
La PPTP informó sobre los resultados de la XV Reunión Ordinaria del
Grupo de Integración Productiva, realizada en Asunción, el día 2 de
junio de 2011. Se anexa el informe que consta como
Anexo XXII (MERCOSUR/LXXXIV/GMC/DI N° 20/11).
El GlP informó sobre las principales actividades que están siendo
desarrolladas para la constitución de cadenas productivas en los
sectores de mandioca-almidón, algodón-textil-confecciones, aeronáutico,
naval, metalmecánica, juguetes y de energía eólica.
Asimismo, se destacó el desarrollo de los trabajos en torno al Portal
Empresarial del MERCOSUR y el lanzamiento de dos publicaciones
relativas a la integración productiva y a los 20 años del MERCOSUR.
Por otra parte, se destacaron los avances en la articulación con otros
foros del MERCOSUR que se encuentran involucrados en temas de
integración productiva, en particular con el SGT N° 7. Al respecto se
informó que en la última reunión del GIP han participado órganos del
MERCOSUR como el CCT y el Foro Consultivo de Municipios, Estados
Federados, Provincias y Departamentos del MERCOSUR (FCCR) y de
organismos internacionales como la Organización internacional para las
Migraciones (OIM).
El GIP manifestó su beneplácito por la propuesta de cooperación de la
CAF para discutir posibles líneas alternativas de financiamiento para
proyectos de integración productiva del MERCOSUR.
El GMC tomó nota de la solicitud presentada por el GIP que consta en el
Anexo XXVI (MERCOSUR/LXXXIV/GMC/DI N°
23/11).
1.1.5. Asimetrías
La Delegación de Paraguay remitirá, en los próximos días, un proyecto
de Decisión que guarda relación con el Art. 62 de la Decisión CMC N°
56/10
1.2. Revisión del Protocolo de
Contrataciones Públicas del MERCOSUR
La PPTP informó que se preve realizar entre los días 21 y 22 de junio
de 2011 una reunión virtual entre los Coordinadores, mediante
videoconferencia, del Grupo de Contrataciones Públicas del MERCOSUR y
se analizará la posibilidad de realizar una reunión presencial los días
26 y 27 de junio de 2011.
1.3. Libre Tránsito de Bienes
La Delegación de Argentina presentó un Proyecto Decisión relativo a la
libertad de tránsito y facilitación de comercio.
En tal sentido, las delegaciones intercambiaron comentarios sobre las
propuestas presentadas por las Delegaciones de Argentina y Paraguay y
avanzaron en su tratamiento. Ambas propuestas fueron consolidadas por
la PPTP en el documento que se adjunta como
Anexo IV (RESERVADO -
MERCOSUR/LXXXIV/GMC/DT Nº 07/11).
Las delegaciones se comprometieron a concluir el tratamiento de dicho
documento en ocasión de la próxima Reunión Extraordinaria del GMC.
1.4. Reglamentos Técnicos
1.4.1. Revisión de Reglamentos
Técnicos y Procedimientos de Evaluación de la Conformidad - Nueva
Propuesta Brasilera
La Delegación de Brasil presentó un nuevo Proyecto de Decisión sobre
“Reglamentos Técnicos MERCOSUR y Procedimientos MERCOSUR de Evaluación
de la Conformidad: teniendo en cuenta los términos del nuevo mandato
establecido en la Decisión CMC Nº 56/10
(Anexo XVII - MERCOSUR/LXXXIV/GMC/DT N°
12/11).
La Delegación de Brasil solicitó que el tema sea tratado en ocasión de
la reunión del Grupo de Trabajo a ser convocado en paralelo al GMC, de
acuerdo a la Decisión mencionada.
El tema continúa en la agenda del GMC.
1.4.2. Bebidas Alcohólicas (Revisión
de la Res. GMC Nº 77/94)
La Delegación de Brasil reiteró su expectativa de que la tarea se pueda
concluir durante el año 2011, conforme lo establecido en el Programa de
Trabajo para el presente año de la Comisión de Alimentos del SGT N° 3.
1.4.3 Revisión del punto 4.2.2. del
Anexo de la Res. GMC Nº 82/93 “Reglamento Técnico para la fijación de
Identidad y Calidad de Leche en Polvo”
La Delegación de Brasil reiteró la necesidad de revisar el punto 4.2.2.
del Anexo de la Res. GMC 82/93 “Reglamento Técnico para la Fijación de
Identidad y Calidad de Leche en Polvo”.
El tema continúa en la agenda del GMC.
1.4.4. Listas Positivas Armonizadas
Las delegaciones continuaron analizando la versión revisada del
Proyecto de Decisión “Procedimientos para la Actualización de Listas
Armonizadas”, presentada por la Delegación de Brasil en ocasión de la
LXXXII Reunión Ordinaria del GMC (Anexo XVI —RESERVADO— MERCOSUL/LXXXI
GMC/DT N° 22/10 Rev.1).
Las delegaciones acordaron analizar la nueva propuesta presentada por
la Delegación de Brasil.
La Delegación de Brasil solicitó que el tema sea tratado en ocasión del
Grupo de Trabajo a ser convocado en paralelo al GMC, de acuerdo con la
Decisión CMC 56/10.
1.5. FOCEM
El GMC aprobó el Proyecto de Decisión Nº 03/11 “Fondo para la
Convergencia Estructural del MERCOSUR. Derogación de las Decisiones CMC
Nº 50/08 y N° 11/09” (Anexo III).
2. MERCOSUR INSTITUCIONAL
2.1. Informe del Alto Representante
General del MERCOSUR
El GMC recibió el informe del Alto Representante General del MERCOSUR,
Embajador Samuel Pinheiro Guimarães Neto, sobre las actividades
desarrolladas durante el primer semestre del año 2011.
Por otra parte, el Alto Representante General del MERCOSUR informó
acerca del programa de actividades tentativo previsto para el año 2011,
el cual se organiza en torno a los ejes de trabajo que constan en el
Anexo XXIII (MERCOSUR/LXXXIV/GMC/DI N°
21/11).
El GMC agradeció el informe presentado por el Alto Representante
General del MERCOSUR y reiteró la importancia de su función para
contribuir al fortalecimiento de la institucionalidad del MERCOSUR.
Asimismo, manifestó su apoyo al plan de trabajo presentado y expresó el
deseo de brindar toda la cooperación necesaria para la prosecución de
sus altos objetivos.
2.2. Parlamento del MERCOSUR (PARLASUR)
El GMC continuó analizando alternativas a proponer al CMC para la
implementación, a la brevedad posible, del criterio de representación
ciudadana contenido en el Acuerdo Político aprobado por la Decisión CMC
Nº 28/10.
En tal sentido, se trabajó en un nuevo documento que consta como
Anexo XXIV (RESERVADO –
MERCOSUR/LXXXIV/GMC/DT Nº 14/11).
2.3. Informe del Centro MERCOSUR de
Promoción de Estado de Derecho (CMPED)
El GMC recibió el informe del Coordinador del Comité de Dirección del
Centro MERCOSUR de Promoción de Estado de Derecho (CMPED) acerca de las
actividades desarrolladas durante el primer semestre del año 2011.
El GMC acordó prorrogar las actividades del Coordinador del Comité de
Dirección del CMPED por el plazo de un año a partir del 21 de mayo de
2011.
El GMC recordó que la participación de la ST en las tareas de apoyo al
desarrollo de las actividades del CMPED se rige por lo establecido por
la Res. GMC N° 66/05 “Secretaría del Tribunal Permanente de Revisión -
Reglamentación del Artículo 35 de la Dec. CMC N° 37/03”. Asimismo,
apoyó el pedido del CMPED para la facilitación de un espacio físico
para el desarrollo de sus actividades.
2.4. Informe del Instituto Social del
MERCOSUR (ISM)
El Instituto Social del MERCOSUR remitió al GMC, a efectos
ilustrativos, un documento acerca de las actividades realizadas por
dicho órgano durante el presente semestre, el cual consta como
Anexo XVIII (MERCOSUR/LXXXIV/GMC/DI N°
17/11- formato digital).
2.5. Secretaria del Tribunal
Permanente de Revisión (TPR)
2.5.1. informe del Secretario del TPR
El Secretario del Tribunal Permanente de Revisión brindó un informe
acerca de las actividades desarrolladas por dicho órgano durante el
primer semestre del año 2011
(Anexo
XVI – MERCOSUR/LXXXIV/GMC/DI Nº 16/11).
Las delegaciones acordaron realizar durante la PPTU la convocatoria
para el cargo de Secretario del TPR, la cual será efectuada por la
Delegación de Brasil.
2.5.2. Ejecución presupuestaria ST -
Rectificación Anexo Res. GMC Nº 56/10
El GMC consideró la solicitud del Secretario del Tribunal Permanente de
Revisión de rectificar el Anexo de la Res. GMC N° 56/10 “Presupuesto de
la Secretaría del Tribunal Permanente de Revisión para el Ejercicio
2011”.
En este sentido, el GMC autorizó a la SM a realizar la Fe de Erratas de
la Resolución GMC Nº 56/10.
2.5.3. Solicitud de autorización del
TPR para suscribir convenios académicos e institucionales (Nota TPR N°
84/2011)
El GMC tomó nota de los Proyectos de Convenios Académicos e
Institucionales presentados por la Secretaria del TPR y se comprometió
a analizarlos de acuerdo a lo dispuesto en la Resolución GMC N° 11/11
“Normas Generales para la Firma de Convenios”, aprobada en la presente
Reunión Ordinaria del GMC.
El tema será tratado en la XXXVIII Reunión Extraordinaria del GMC.
3. RELACIONAMIENTO EXTERNO
3.1. MERCOSUR-Unión Europea
La PPTP informó sobre el estado actual del proceso de negociación del
Acuerdo de Asociación Birregional entre el MERCOSUR y la Unión Europea.
Las delegaciones acordaron reunirse en el marco de las reuniones
preparatorias para la Cumbre del MERCOSUR, los días 26 y 27 de junio de
2011, a fin de coordinar posiciones con miras al XXII CNB.
3.2. MERCOSUR-Canadá
La Delegación de Uruguay informó que, durante la próxima PPTU, se prevé
realizar en los meses de agosto y septiembre de 2011 videoconferencias
técnicas con Canadá. Asimismo, informó que se prevé realizar una nueva
reunión exploratoria a fines del mes de septiembre o principios del mes
de octubre de 2011.
3.3. MERCOSUR-Palestina
La PPTP informó que ha realizado las gestiones pertinentes para la
celebración de la I Ronda de Negociaciones MERCOSUR y Palestina, y a la
fecha se encuentra aguardando la confirmación por parte de Palestina
para dar inicio a las negociaciones.
La Delegación de Uruguay se comprometió a remitir, durante su PPT, el
proyecto de acuerdo a Palestina y proseguir las gestiones
correspondientes que permitan acordar una fecha para el inicio de la
mencionada negociación.
3.4. ACE Nº 55 MERCOSUR-México
La PPTP informó sobre la situación que se plantea en el marco del ACE
N° 55 y se acordó realizar, en el menor plazo posible, una reunión en
la ciudad de Montevideo para su tratamiento.
4. SEGUIMIENTO DE LOS TRABAJOS DE LA
COMISION DE COMERCIO, SUBGRUPOS DE TRABAJO Y OTROS FOROS DEL MERCOSUR
4.1. Informe de la PPTP sobre las
actividades de la CCM
El GMC recibió el informe de los resultados de las CXVIII, CXIX y CXX
Reuniones Ordinarias de la CCM, celebradas en Montevideo, en los meses
de marzo, abril y mayo de 2011, y de la XV Reunión Extraordinaria,
celebrada en Asunción, entre los días 9 y 10 de junio de 2011. El
mencionado informe consta como
Anexo
VII (MERCOSUR/LXXXXIV/GMC/DI Nº 15/11).
El GMC aprobó las Resoluciones N° 03/11 y 04/11 “Modificación de la
Nomenclatura Común del MERCOSUR y su correspondiente Arancel Externo
Común” y N° 05/11 “Arancel Externo Común - Incorporación de la V
Enmienda del Sistema Armonizado de Designación y Codificación de
Mercancías a la Nomenclatura Común del MERCOSUR”. Asimismo, aprobó y
eleva a consideración del CMC, el Proyecto de Decisión N° 02/11
“Derogación de la Decisión CMC Nº 03/92 Procedimiento de Quejas y
Consultas sobre Prácticas Desleales de Comercio Aplicables durante el
Período de Transición” (Anexo III).
4.2 Informe de la PPTP sobre las
actividades de los Subgrupos de Trabajo y de los demás Foros del
MERCOSUR dependientes del GMC
- Subgrupo de Trabajo N° 1
“Comunicaciones”
La PPTP informó sobre los resultados de la LI Reunión Ordinaria del SGT
N° 1, celebrada en Asunción, entre los días 2 y 6 de mayo de 2011.
- Subgrupo de Trabajo N° 2 “Aspectos Institucionales”
El GMC recibió el informe sobre los resultados de la LI Reunión
Ordinaria del SGT N° 2, realizada en Asunción, entre los días 11 y 13
de mayo de 2011.
Con el fin de dar cumplimiento a lo establecido en el artículo 1° de la
Resolución GMC Nº 54/10, el GMC instruyó a la SM, ST e ISM a presentar
un informe conteniendo los siguientes detalles: nómina actualizada de
funcionados con indicación de fecha, de ingreso, cargo, remuneración,
beneficios adicionales percibidos nacionalidad.
Asimismo, con miras a avanzar en los trabajos relativos a la
implementación de la citada Resolución, el GMC facultó al SGT N° 2 a
solicitar información adicional a los órganos mencionados en el párrafo
anterior y/o a invitar a los titulares de los mismos a participar de
sus reuniones.
En virtud de la complejidad de los trabajos a realizar, el GMC acordó
prorrogar el plazo establecido en la Resolución GMC Nº 54/10 hasta el
30 de junio de 2012.
Por otra parte, el GMC instruyó a la SM a presentar información sobre
el cumplimiento de los requisitos establecidos en la Decisión CMC N°
07/07.
En otro orden de cosas, a fin de facilitar sus trabajos, el GMC
instruyó al SGT N° 2 a elaborar, a la brevedad posible, un instructivo
para la preparación de los Programas de Trabajo y sus respectivos
Informes de Cumplimiento, de conformidad con la Decisión CMC N°36/10.
En cuanto al Proyecto de Resolución “Realización o Participación de los
Organos o Funcionarios del MERCOSUR en Eventos y Seminarios” y el
Proyecto de Decisión “Código de Conducta para la Actuación de los
Arbitros, Expertos y Funcionados del MERCOSUR en los Procedimientos de
Solución de Controversias”, el GMC decidió que los mismos sean tratados
en su próxima Reunión Extraordinaria.
El GMC aprobó la Resolución N° 11/11 “Normas Generales para la Firma de
Convenios”
(Anexo III).
- Subgrupo de Trabajo N° 3
“Reglamentos Técnicos y Evaluación de la Conformidad”
El GMC tomó nota de .los resultados de la XLII Reunión Ordinaria del
SGT Nº 3, realizada en Asunción, entre los días 4 y 8 de abril de 2011
y de la XLIII Reunión Ordinaria, celebrada en Asunción, entre los días
6 y 10 de junio de 2011.
El GMC recibió el informe sobre el documento de trabajo “Directrices
para el Control Sanitario en la preparación, acondicionamiento,
almacenamiento y distribución de alimentos en puertos, aeropuertos,
pasos de frontera terrestre en el MERCOSUR y para los medios de
transporte que por ellos circulan”, que fuera oportunamente remitido a
consideración del SGT Nº 3 (LXXXI GMC, Acta Nº 03/10). El mencionado
Informe consta como
Anexo VI
(MERCOSUR/LXXXIV/GMC/DI N° 09/11).
Asimismo, el GMC tomó nota del interés de dicho Subgrupo en retomar los
trabajos de cooperación con Alemania, en particular el Proyecto
“Fomento de los procesos para la evaluación de la conformidad de
eficiencia energética de artefactos eléctricos de uso doméstico”, tal
como fuera definido en el año 2009. El alcance del mismo comprende las
actividades de evaluación de la conformidad de eficiencia energética de
refrigeradores, calentadores de agua y acondicionadores de aire
eléctrico.
La Delegación de Uruguay expresa su compromiso para dar seguimiento al
Memorándum del citado proyecto, durante el ejercicio de la PPT del
segundo semestre de 2011, de conformidad a lo establecido en la última
acta del SGT N° 3.
El GMC aprobó la Resolución N” 12111 “Reglamento Técnico MERCOSUR,
sobre Límites Máximos de Contaminantes Inorgánicos en Alimentos
(Derogación de la Res. GMC N° 102/94 y N° 35/96)”
(Anexo III).
- Subgrupo de Trabajo N° 4 “Asuntos
Financieros”
La PPTP informó Sobre los resultados de la XXXI Reunión Ordinaria del
SGT N° 4, celebrada en Asunción, entre los días 31 de mayo y 3 de junio
de 2011.
- Subgrupo de Trabajo N° 5
“Transportes”
El GMC tomó nota de los resultados de la XLI Reunión Ordinaria del SGT
N° 5, realizada en Asunción, entre los días 4 y 6 de mayo de 2011.
Teniendo en cuenta la solicitud del SGT N° 3, el GMC instruyó al SGT Nº
5 a remitir información complementaria sobre la justificación técnica
de los temas solicitados a dicho Subgrupo con relación a la Comisión de
la Industria Automotriz.
Con relación al punto 3.2 del Acta N° 01/11 del SGT N° 5, el GMC señaló
que los textos consolidados de las versiones en español y portugués de
la Decisión CMC N° 32/07 deben ser elevados al GMC, a la brevedad
posible, para tramitar su correspondiente Fe de Erratas a fin de
continuar con el trámite de protocolización ante ALADI de dicha norma.
Con relación al Programa de Trabajo 2011 elevado por el SGT N° 5, el
GMC elaboró un borrador con el fin de adecuarlo al formato establecido
en la Decisión CMC N° 36/10 “Programas de Trabajo” y aclarar su
contenido. El Subgrupo deberá realizar los ajustes de contenido
correspondientes y elevarlo al GMC en su próxima reunión (Anexo XX,
MERCOSUR/LXXXIV/GMC/DT N° 13/11).
Respecto del Proyecto de Acuerdo sobre Responsabilidad Civil
Contractual en el Transporte Internacional Terrestre de Pasajeros, el
GMC instruyó al SGT Nº 5 a enviar el texto del Proyecto al SGT N° 2
para su análisis, una vez finalizada la revisión técnica.
- Subgrupo de Trabajo N° 6 “Medio
Ambiente”
El GMC recibió el informe de la LIII Reunión Ordinaria del SGT N° 6,
realizada en Asunción, entre los días 7 y 8 de abril de 2011.
- Subgrupo de Trabajo N° 7 “Industria”
El GMC recibió el informe de la XXXVI Reunión Ordinaria del SGT N° 7,
realizada en Asunción, entre los días 31 de mayo y 1º de junio de 2011.
El GMC instruyó al SGT Nº 7 y, a través de la CCM, CT N° 2, a realizar
una reunión conjunta con el fin de avanzar en el tratamiento de los
temas relacionados a los procedimientos aduaneros para productos
artesanales.
- Subgrupo de Trabajo N° 8
“Agricultura”
El GMC recibió el informe de la XXXIX Reunión Ordinaria del SGT N° 8,
realizada en Asunción, entre los días 7 y 9 de junio de 2011.
Con relación al Proyecto de Cooperación UE-MERCOSUR SPS
(ALA2005/17.857), el SGT N° 8 reiteró su solicitud de que la Secretaría
del MERCOSUR reciba los equipos destinados a la REDISAM y adecúe un
espacio físico para su instalación y puesta en uso. Los costos
derivados del traslado, ingreso al Uruguay, instalación y mantenimiento
quedarán a cargo del proyecto hasta mayo de 2012.
En ese sentido, se reitera lo ya solicitado en el Punto 6.2. del Acta
N° 04/08, correspondiente a la LXXIV Reunión Ordinaria del GMC.
EL GMC identificará oportunamente los medios necesarios para el
funcionamiento de la REDISAM a partir de la finalización del proyecto.
El GMC aprobó la Resolución GMC Nº 06/11 “Sub-estándar 3.7.14.
Requisitos Fitosanitarios para sorghum vulgare (sorgo) según país de
destino y origen, para los Estados Partes del MERCOSUR”
(Anexo III).
- Subgrupo de Trabajo N° 9 “Energía”
El GMC recibió el informe de la LV Reunión Ordinaria del SGT Nº 9,
realizada en Asunción entre los días 31 de mayo y 1º de junio de 2011.
El acta se encuentra Ad Referendum de Argentina.
Asimismo, la Delegación de Paraguay solicitó a las delegaciones remitir
sus comentarios, en la brevedad, a los efectos de considerar el
proyecto de Decisión sobre Tránsito de Energía, en ocasión de le
reunión extraordinaria del GMC prevista para el día 26 de junio próximo.
- Subgrupo de Trabajo N° 10 “Asuntos
Laborales, Empleo y Seguridad Social”
La PPTP informó sobre los resultados de la XXXIII Reunión Ordinaria del
SGT N° 10, realizada en Asunción, entre los días 26 y 29 de abril de
2011.
- Subgrupo de Trabajo N° 11 “Salud”
El GMC recibió el informe de la XXXVI Reunión Ordinaria del SGT N° 11,
realizada en Asunción, entre los días 4 y 8 de abril de 2011.
El GMC elevó a consideración del CMC la solicitud del SGT N° 11 para
que sus foros dependientes puedan participar en las reuniones de las
Comisiones de la Reunión de Ministros de Salud (RMS), a fin de
coordinar la labor de dichas instancias institucionales.
El GMC recibió el informe sobre la situación actual del Reglamento
Sanitario Internacional y su impacto al comercio y a la circulación de
personas y bienes extra e intrabloque, que consta como
Anexo XXV (MERCOSUR/LXXXIV GMC/DI N° 22111-
formato digital).
El GMC instruyó al SGT N° 11, con relación al P. Res. N° 06/09 Rev. 2
“Guía de Estudios de Evaluación Económica de Tecnologías Sanitarias”, a
elaborar la correspondiente Guía en base a las conclusiones del estudio
que figura como Anexo del citado proyecto de resolución.
El GMC aprobó las Resoluciones N° 07/11 “Reglamento Técnico MERCOSUR
sobre Lista de Sustancias de Acción Conservadora Permitidas para
Productos de Higiene Personal, Cosméticos y Perfumes (Derogación de las
Res. GMC N° 05/99 y 72/00), N° 08/11 “Reglamento Técnico MERCOSUR sobre
Protectores Solares en Cosméticos (Derogación de la Res. GMC Nº
26/02)·y N° 09/11 “Prohibición de la Comercialización de la Leche
Humana en los Estados Partes”.
(Anexo
III)
- Subgrupo de Trabajo N° 12
“Inversiones”
El GMC recibió el informe de la VI Reunión Ordinaria del SGT N° 12,
realizada en Asunción, entre los días 2 y3 de junio de 2011.
- Subgrupo de Trabajo N° 15 “Minería y
Geología”
El GMC recibió el informe de la XIII Reunión Ordinaria del SGT N° 15,
realizada en Asunción, el día 9 de junio de 2011.
Al respecto, en vista de lo manifestado por el SGT N° 15 sobre sus
Comisiones dependientes, el GMC instruyó a dicho Subgrupo a presentar
en su próxima Reunión Ordinaria su estructura actualizada.
- Reunión Especializada de Autoridades Cinematográficas y Audiovisuales
del MERCOSUR (RECAM)
La PPTP informó sobre los resultados de la XVIII Reunión Ordinaria de
la RECAM, celebrada en Asunción, entre los días 28 y 27 de mayo de 2011.
- Reunión Especializada de Turismo
(RET)
La PPTP informó sobre los resultados de la LII Reunión Ordinaria de la
RET, celebrada en Asunción, entre los días 14 y 15 de mayo de 2011.
Las delegaciones acordaron mantener en el ámbito del GMC el proyecto de
decisión Participación de los Estados Asociados en el Fondo de
Promoción del Turismo del MERCOSUR”
(Anexo
XXVII - MERCOSUR/LXXXIV/GMC/DT N° 15/11).
- Reunión Especializada de Agricultura
Familiar (REAF)
El GMC recibió el informe de la XV Reunión Ordinaria de la REAF,
realizada en Asunción, el día 3 de junio de 2011.
El GMC remitió a la REAF el texto del Proyecto de “Acuerdo entre la
Oficina de las Naciones Unidas para Servicios de Proyectos (UNOPS) y el
MERCOSUR para la Administración Financiera y otros Servicios de Soporte
a ser provistos con relación al Fondo de Agricultura Familiar del
MERCOSUR (FAF MERCOSUR)”, con las sugerencias de modificación, que
consta como
Anexo VIII
(MERCOSUR/LXXXIV/GMC/DT Nº 09/11).
- Reunión Especializada de Ciencia y
Tecnología (RECYT)
La PPTP informó sobre los resultados de la XLV Reunión Ordinaria de la
RECYT, celebrada en Asunción, el día 10 de junio de 2011.
- Reunión Especializada de
Estadísticas del MERCOSUR (REES)
La PPTP informó sobre los resultados de la II Reunión Especializada de
Estadísticas del MERCOSUR, realizada en Asunción, entre los días 17 y
18 de marzo de 2011.
El GMC consideró conveniente que los Estados Partes adopten las
clasificaciones armonizadas de actividad económica, aplicables a
estadísticas económicas (CAEM) y a estadísticas sociales (CAES).
Asimismo, el GMC estimó conveniente la utilización de las estadísticas
oficiales en los informes de los diferentes organismos internacionales.
- Reunión Especializada de
Comunicación Social (RECS)
El GMC recibió el informe de la XIX Reunión Ordinaria de la RECS,
celebrada en Asunción, entre los días 3 y 4 de junio de 2011. El Acta
se encuentra Ad Referendum de Uruguay.
- Reunión Especializada de Promoción
Comercial Conjunta del MERCOSUR (REPCCM)
El GMC recibió el informe de la XLVI Reunión Ordinaria de la REPCCM,
celebrada en Asunción, el día 14 de junio de 2011 El Acta se encuentra
Ad Referendum de Argentina y de Uruguay.
- Comisión Socio Laboral (CSL)
La PPTP informó sobre los resultados de la XXX Reunión Ordinaria del
CSL, celebrada en Asunción, el día 27 de abril de 2011.
- Comité de Cooperación Técnica (CCT)
La PPTP informó sobre los resultados de la LXXXVI Reunión Ordinaria del
CCT, celebrada en Asunción, entre los días 30 de mayo y 1° de junio de
2011.
El GMC acordó comunicar a la UE que la solicitud de desembolsos de
fondos a la cuenta bancaria del Presupuesto Programa, la firma de los
contratos basados en “compromisos específicos” y las solicitudes de los
pagos correspondientes serán realizadas por los siguientes
representantes legales a quienes les fue delegada la ejecución de los
Proyectos MERCOSUR:
- Universidad de la República de la República Oriental del Uruguay en
el caso del “Programa de Movilidad MERCOSUR en Educación Superior”.
- Red de Ensino y Pesquisa de Brasil en el caso del “Proyecto Apoyo a
la Sociedad de la Información”.
- Instituto Nacional de Cine y Artes Audiovisuales (INCAA) de Argentina
en el caso del “Programa MERCOSUR Audiovisual”.
- Laboratorio Tecnológico del Uruguay (LATU) en el caso del Proyecto
“Apoyo a la Profundización del Proceso de Integración Económica y
Desarrollo sostenible del MERCOSUR”.
Al respecto, se instruyó a la Coordinación Nacional del CCT en
ejercicio de la PPIA a gestionar dicha comunicación.
El GMC acordó designar a la Unidad de Financiamiento Internacional del
Ministerio de Educación de la República Argentina como Entidad Gestora
del Proyecto de Cooperación Técnica con la Unión Europea “Programa de
Apoyo al Sector Educativo del MERCOSUR (PASEM)”.
El GMC aprobó la Resolución N° 10/11 “Addendum del Convenio de
Financiación para la prórroga del Proyecto Medidas Sanitarias y
Fitosanitarias II (SPS)”
(Anexo III).
El GMC acordó remitir a la OPS la propuesta del Plan de Trabajo Bianual
2012-2013 – MERCOSUR-OPS consensuado en el marco del SGT N° 11 “Salud”
(Anexo IX - MERCOSUR/LXXXIV/GMC/DI N°
10/11).
El GMC consideró el Proyecto para el “Desarrollo de una Plataforma de
Inversiones para el Manejo Sostenible de la Tierra (MST) y Lucha Contra
la Desertificación, la Degradación de Tierra y la Sequía, consensuado
en el marco del SGT N° 6 “Medio Ambiente” y acordó su remisión a la FAO
(Anexo X — MERCOSUR/LXXXIV/GMC101 N°
11/11).
El GMC consideró el Proyecto de Decisión “Régimen Especial para la
Importación y circulación de bienes destinados a la Cooperación Técnica
Internacional”, e instruyó a la CCM a analizar dicho proyecto, que
consta como
Anexo XI —
(MERCOSUR/LXXXIV/GMC/DT N° 10/11).
El GMC instruyó a la Comisión de Alimentos del SGT N° 3 y SGT N°8 a
elaborar la Ficha de Identificación del Proyecto Inocuidad de
Alimentos, tema que fuera acordado por el MERCOSUR y la UE para el
periodo 2011-2013.
El GMC instruyó al CCT a realizar gestiones para lograr la
normalización en el avance de la ejecución del proyecto “Sistema de
Información Ambiental del MERCOSUR” (SIAM) a la mayor brevedad posible.
- Foro Consultivo de Municipios,
Estados Federados, Provincias y Departamentos del MERCOSUR (FCCR)
El GMC recibió el informe sobre los resultados de la XXVI Reunión
Ordinaria de Coordinadores Nacionales del FCCR, realizada en Asunción,
entre los días 19 y 20 de mayo de 2011.
- Grupo Servicios (GS)
La PPTP informó sobre los resultados de la XLIII Reunión Ordinaria del
GS, realizada en Asunción, entre los días 12 y 13 de abril de 2011.
A fin de dar cumplimiento a lo establecido en la Decisión CMC Nº 54/10,
el GMC recibió el informe conteniendo las “fotografías” regulatorias de
los sectores de servicios de los Estados Partes, el cual se adjunta
como
Anexo XII (RESERVADO
MERCOSUR/LXXXIV GMC/DI N° 12/11). Estas fotografías contienen un
diagnóstico de los sectores y subsectores de servicios, definiéndolos
en base a las sensibilidades para su liberalización, como así también
aquellos que puedan ser objeto de armonización y/o complementación de
los marcos regulatorios.
- Observatorio del Mercado de Trabajo
del MERCOSUR (OMTM)
La PPTP informó sobre los resultados de la V Reunión Ordinaria del
OMTM, celebrada en Asunción, el día 26 de abril de 2011.
El GMC instruyó a la OMTM y a la REES a establecer un mecanismo de
articulación interinstitucional en el ámbito de sus competencias
específicas.
- Reunión Técnica de Incorporación de
la Normativa MERCOSUR (RTIN)
El GMC recibió el informe sobre los resultados de la LI Reunión
Ordinaria de la RTIN, realizada en Asunción, entre los días 9 y 11 de
mayo de 2011.
El GMC instruyó a la SM a publicar en el sitio Web del MERCOSUR el
estado de incorporación y vigencia de las Decisiones correspondientes a
los años 2001, 2002 y 2003, que consta en el
Anexo XIII (RESERVADO MERCOSUR/LXXXIV
GMC/DI N° 13/11).
A los efectos de cumplir con el artículo 4° de la Resolución GMC N°
26/01, el GMC instruyó al Director de la SM a rubricar los textos
actualizados de las normas, una vez aprobados por el GMC.
El GMC aprobó el texto actualizado de la Decisión CMC N° 23/00 y la
Resolución GMC N° 26/01 e instruyó a la SM a publicar dichos textos en
el sitio Web del MERCOSUR.
4.3 Evaluación y aprobación de los
Programas de Trabajo 2011 y Grado de Cumplimiento de los Programas de
Trabajo 2010 de los Organos dependientes del GMC, Dec. CMC N° 36/10.
El GMC aprobó los Programas de Trabajo 2011 del SGT N° 3 (Coordinadores
Nacionales, Comisiones de Alimentos, Gas, Evaluación de la Conformidad,
Productos Eléctricos y Metrología), SGT N° 8, SGT N° 11 (Grupo Ad Hoc
de Laboratorio de Salud Pública y Homólogos de la COVIGSAL y
corrigendum de la Comisión de Vigilancia en Salud), SGT N° 12 y REES.
Los documentos aprobados constan en el
Anexo
XIV (MERCOSUR/LXXXIV GMC/DT N° 11/11).
Asimismo, tomó conocimiento del Informe del Cumplimiento del Programa
de Trabajo 2010 del SGT N° 1, SGT N° 3, SGT N° 4 y SGT N° 8, que
constan como
Anexo XV
(MERCOSUR/LXXXIV GMC/DI N° 14/11).
El GMC remitió al SGT N° 1 el Programa de Trabajo 2011 de la Comisión
Temática de Radiocomunicaciones, con el fin de adecuado al formato
establecido en la Decisión CMC N° 36/10 y se incluya en el mismo la
fecha estimada de conclusión de las actividades específicas.
El GMC instruyó a sus foros dependientes que aún no hayan presentado su
Informe de Cumplimiento del Programa de Trabajo 2010 así como el
Programa de Trabajo para el año 2011 a elevarlos a la próxima reunión
del GMC para su consideración.
4.4. Simplificación de Procedimientos
de Control Sanitario en el Despacho Aduanero Infra MERCOSUR
(Implementación del Artículo 2 de la Resolución GMC N° 34/04)
El GMC acordó convocar a un Grupo de Expertos Aduaneros en ocasión de
la próxima reunión del GMC.
El tema continúa en la agenda del GMC.
4.5. Régimen Común de Comercio Vecinal
Transfronterizo
El GMC tomó nota del informe elevado por la CCM sobre la situación de
los trabajos realizados en su ámbito sobre el Régimen Común de Comercio
Vecinal Transfronterizo.
El tema continúa en la agenda del GMC.
4.6. Implementación de las Areas de
Control Integrado (ACI)
El GMC consideró el Informe Especial relativo al Estado de
Implementación de las Areas de Control Integrado elevado por la CCM.
El tema continúa en la agenda del GMC.
4.7. Código Aduanero del MERCOSUR
El GMC tomó nota del Proyecto de Decisión N° 02/11 “Reglamentación del
Código Aduanero del MERCOSUR” elevado por la CCM en su última Reunión
Extraordinaria.
El tema continúa en la agenda del GMC.
5. SECRETARIA DEL MERCOSUR
El GMC recibió el informe del Director de la Secretaría del MERCOSUR
sobre las actividades de dicho órgano durante el primer semestre del
año 2011.
El Director de la SM informó acerca de la propuesta de Convenio entre
la Biblioteca del Congreso de la Nación Argentina y la Biblioteca de la
Secretaría del MERCOSUR.
Asimismo informó que, durante el presente semestre, la SM ha prestado
apoyo en el inicio de las actividades del Alto Representante General
tanto en los aspectos técnicos como logísticos, acompañándolo en los
viajes en misión de servicio que han sido solicitados.
Con relación a la renovación de la plataforma informática, el Director
de la SM informó que se concluyó la adquisición de tos equipamientos
periféricos necesarios para el cumplimiento de las tareas inherentes a
la SM. En tal sentido, se entabló contacto con las respectivas
instituciones de Argentina, Paraguay y Uruguay para el
perfeccionamiento de los sistemas de tecnología, considerando que con
Brasil ya se había contactado con anterioridad.
6. DEC. CMC N° 35/08 “SEGUIMIENTO Y
ACTUALIZACION DEL ACERVO NORMATIVO DEL MERCOSUR”
El GMC reiteró la instrucción impartida a los foros dependientes que
aún no lo hayan hecho, a que presenten la información que les fue
requerida en el punto 5.4. del Acta de la LXXV Reunión Ordinaria del
GMC.
7. OTROS ASUNTOS
7.1. Patente MERCOSUR
La PPTP informó que se convocó para el día 23 de junio de 2011 la I
Reunión Ordinaria del Grupo Ad Hoc para la elaboración e implementación
de la Patente MERCOSUR, de conformidad con lo establecido en la
Decisión CMC N° 53/10.
La Delegación de Brasil presentó una propuesta de cronograma de trabajo
con vistas a cumplir el mandato de la Decisión CMC Nº 53110
(Anexo XXVIII - MERCOSUR/LXXXIV GMC/DT N°
16/11).
7.2. Creación del Subgrupo de Trabajo
sobre “Aviación Civil”
La Delegación de Brasil reiteró su voluntad de que sea realizada, en
ocasión de la próxima Reunión Ordinaria del GMC, una presentación de la
Agencia Nacional de Aviación Civil de Brasil, en el marco del Grupo de
Trabajo con expertos en el tema de cada uno de los Estados Partes.
El tema continúa en la agenda del GMC.
7.3. Acuerdo de Transporte Marítimo
del MERCOSUR
A pedido de la Delegación de Uruguay, las delegaciones acordaron que el
tema permanezca en el ámbito del GMC. En este sentido, la Delegación de
Uruguay informará sobre las potenciales implicancias del Acuerdo de
Transporte Marítimo del MERCOSUR, en la próxima Reunión Ordinaria del
GMC.
7.4. OMC
La Delegación de Argentina manifestó la importancia de coordinar
posiciones en el ámbito de la OMC, en particular con relación a la
propuesta de Duty Free Quota Free para los Países Menos Avanzados. Al
respecto, la Delegación de Uruguay se comprometió a convocar durante su
PPT al Grupo Ad Hoc de Consulta y Coordinación para las Negociaciones
OMC y SGPC (GAH OMC-SGPC).
7.5. Uso del Tripolisfosfato de Sodio
en la elaboración de jabón
Con relación al uso del tripolifosfato de sodio en la elaboración de
jabón, y en virtud de la instrucción dada por el GMC que consta en el
Punto 8.2. de su LXXVIII Reunión Ordinaria, la Delegación de Argentina
expresó su preocupación por los trabajos normativos que están teniendo
lugar sobre la materia en uno de los Estados Partes, y solicitó que los
mismos tengan en cuenta los trabajos derivados de la instrucción citada
anteriormente.
7.6. Vigencia de la Directiva CCM N°
14/10
La Delegación de Uruguay explicó su urgencia respecto de la entrada en
vigor de la Directiva CCM N° 14/10 a efectos de mantener flujos de
exportaciones infra MERCOSUR y la localización de inversiones. En este
sentido, agradeció especialmente los esfuerzos que están realizando los
Estados Partes que aún no han incorporado la referida norma, para la
rápida culminación de los procedimientos internos.
8. APROBACION DE NORMAS
El GMC aprobó las Resoluciones N° 03/11 a N° 12/11
(Anexo III).
Asimismo, se elevaron a consideración del CMC los Proyectos de Decisión
N° 02/11 a 04/11.
9. DOCUMENTOS QUE PERMANECEN EN EL
AMBITO DEL GMC
Los documentos que permanecen en el ámbito del GMC constan como
Anexo XXIX (RESERVADO - MERCOSUR/LXXXVI/
GMC/DT N° 17/11).
PROXIMA REUNION
La LXXXV Reunión Ordinaria del GMC se realizará en fecha a convocar por
la PPTU.
ANEXOS
Los Anexos que forman parte de la presente Acta son los siguientes:
MERCOSUR/GMC/RES.
N° 03/11
MODIFICACION
DE LA NOMENCLATURA COMUN DEL MERCOSUR Y SU CORRESPONDIENTE ARANCEL
EXTERNO COMUN
VISTO: El Tratado de Asunción,
el Protocolo de Ouro Preto, las Decisiones N° 07/94, 22/94 y 31/04 del
Consejo del Mercado Común y la Resolución N° 70/06 del Grupo Mercado
Común.
CONSIDERANDO:
Que se hace necesario ajustar la Nomenclatura Común del MERCOSUR y su
correspondiente Arancel Externo Común, instrumentos esenciales de la
Unión Aduanera.
EL GRUPO MERCADO
COMUN
RESUELVE:
Art. 1 — Aprobar la “Modificación de la Nomenclatura Común del MERCOSUR
y su correspondiente Arancel Externo Común”, en sus versiones en
español y portugués, que constan como Anexo y forman parte de la
presente Resolución.
Art. 2 — Las modificaciones a la Nomenclatura Común del MERCOSUR y su
correspondiente Arancel Externo Común, aprobadas por la presente
Resolución, tendrán vigencia a partir de 1/X/2011, debiendo los Estados
Partes asegurar su incorporación a sus respectivos ordenamientos
jurídicos nacionales antes de esa fecha.
LXXXIV GMC — Asunción, 17/VI/11.
MERCOSUR/GMC/RES. Nº 04/11
MODIFICACION
DE LA NOMENCLATURA COMUN DEL MERCOSUR Y SU CORRESPONDIENTE ARANCEL
EXTERNO COMUN
VISTO: El Tratado de Asunción,
el Protocolo de Ouro Preto, las Decisiones N° 07/94, 22/94 y 31/04 del
Consejo del Mercado Común y la Resolución N° 70/06 del Grupo Mercado
Común.
CONSIDERANDO:
Que se hace necesario ajustar la Nomenclatura Común del MERCOSUR y su
correspondiente Arancel Externo Común, instrumentos esenciales de la
Unión Aduanera.
EL GRUPO MERCADO
COMUN
RESUELVE:
Art. 1 — Aprobar la “Modificación de la Nomenclatura Común del MERCOSUR
y su correspondiente Arancel Externo Común”, en sus versiones en
español y portugués, que constan como Anexo y forman parte de la
presente Resolución.
Art. 2 — Las modificaciones a la Nomenclatura Común del MERCOSUR y su
correspondiente Arancel Externo Común, aprobadas por la presente
Resolución, tendrán vigencia a partir de 1/X/2011, debiendo los Estados
Partes asegurar su incorporación a sus respectivos ordenamientos
jurídicos nacionales antes de esa fecha.
LXXXIV GMC —
Asunción, 17/VI/11.
MERCOSUR/GMC/RES. N° 05/11
ARANCEL
EXTERNO COMUN
INCORPORACION
DE LA V ENMIENDA DEL SISTEMA ARMONIZADO DE DESIGNACION Y CODIFICACION
DE MERCANCIAS A LA NOMENCLATURA COMUN DEL MERCOSUR
VISTO: El Tratado de Asunción,
el Protocolo de Ouro Preto, las Decisiones N° 07/94, 22/94, 31/04 y
33/10 del Consejo del Mercado Común y la Resolución N° 70/06 del Grupo
Mercado Común.
CONSIDERANDO:
Que la Recomendación del Consejo de Cooperación Aduanera del 26 de
junio de 2009 aprobó la V Enmienda del Sistema Armonizado de
Designación y Codificación de Mercancías, con vigencia a partir del 1°
de enero de 2012.
Que la República Argentina, la República Federativa del Brasil, la
República del Paraguay y la República Oriental del Uruguay son Partes
Contratantes del Convenio del Sistema Armonizado.
Que las versiones en español y portugués de la Nomenclatura Común del
MERCOSUR (NCM 2012) recogen, parcialmente, la Versión Unica en Español
del Sistema Armonizado (VUESA) y la Versión Unica del Sistema
Armonizado (VUSH) por sus siglas en Portugués, respectivamente.
Que la Nomenclatura Común del MERCOSUR (NCM) se aplica como
nomenclatura única para las operaciones de comercio exterior, tanto
entre los Estados Partes del MERCOSUR como de estos con terceros
mercados.
Que resulta necesario adecuar la Nomenclatura Común del MERCOSUR (NCM)
y su correspondiente Arancel Externo Común (AEC) en virtud de las
modificaciones señaladas.
EL GRUPO MERCADO
COMUN
RESUELVE:
Art. 1 — Aprobar el “Arancel Externo Común (AEC) basado en la
Nomenclatura Común del MERCOSUR (NCM)”, en sus versiones en los idiomas
español y portugués, ajustado a la V Enmienda del Sistema Armonizado de
Designación y Codificación de Mercancías, que constan como Anexo y
forman parte de la presente Resolución.
Art. 2 — La presente Resolución incluye las modificaciones al Arancel
Externo Común aprobadas hasta el 15 de junio de 2011 por el Consejo del
Mercado Común y el Grupo Mercado Común.
Art. 3 — Mantener lo dispuesto en la Decisión CMC N° 33/10.
Art. 4 — Las modificaciones de la Nomenclatura Común del MERCOSUR y su
correspondiente Arancel Externo Común, aprobadas por la presente
Resolución tendrán vigencia a partir del 1/I/2012, debiendo los Estados
Partes del MERCOSUR asegurar su incorporación a sus respectivos
ordenamientos jurídicos nacionales antes de esa fecha.
LXXXIV GMC -
Asunción, 17/VI/11.
MERCOSUR/GMC/RES N° 06/11
SUB-ESTANDAR
3.7.14. REQUISITOS FITOSANITARIOS PARA SORGHUM VULGARE (SORGO) SEGUN
PAIS DE DESTINO Y ORIGEN, PARA LOS ESTADOS PARTES DEL MERCOSUR
(DEROGACION DE LA RES. GMC N° 100/96)
VISTO: El Tratado de Asunción,
el Protocolo de Ouro Preto, la Decisión N° 06/96 del Consejo del
Mercado Común y la Resolución N° 100/96 del Grupo Mercado Común.
CONSIDERANDO:
Que por Resolución GMC N° 100196, se aprobaron los requisitos
fitosanitarios para Sorghum vulgares (sorgo) a ser aplicados en el
intercambio comercial entre los Estados Partes.
Que es necesario proceder a la actualización de los requisitos antes
indicados, teniendo en cuenta la actual situación fitosanítaria de los
Estados Partes.
EL GRUPO MERCADO
COMUN
RESUELVE:
Art. 1 — Aprobar el “Sub-estándar 3.7.14. Requisitos Fitosanitarios
para Sorghum volare (sorgo) según País de Destino y Origen, para los
Estados Partes del MERCOSUR”, que consta como Anexo y forma parte de la
presente Resolución.
Art. 2 — Los organismos nacionales competentes para la implementación
de la presente Resolución son:
Argentina:
|
Ministerio
de Agricultura, Ganadería y Pesca - MAGyP
Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria - SENASA
|
Brasil:
|
Ministério
da Agricultura Pecuária e Abastecimento - MAPA
Secretaria de Defesa Agropecuária - SDA.
|
Paraguay:
|
Ministerio
de Agricultura y Ganadería - MAG
Servicio Nacional de Calidad y Sanidad Vegetal y de Semillas - SENAVE
|
Uruguay:
|
Ministerio
de Ganadería, Agricultura y Pesca - MGAP
Dirección General de Servicios Agrícolas - DGSA
|
Art. 3. — Derogar la Res. GMC N° 100/96.
Art. 4. — Los Estados Partes deberán incorporar la presente Resolución
a su ordenamiento jurídico antes del 1/I/2012.
LXXXIV GMC -
Asunción, 17/VI/11.
MERCOSUR/GMC/RES N° 07/11
REGLAMENTO TECNICO
MERCOSUR SOBRE LISTA DE SUSTANCIAS DE ACCION CONSERVADORA PERMITIDAS
PARA PRODUCTOS DE HIGIENE PERSONAL, COSMETICOS Y PERFUMES
(DEROGACION DE LAS RES. GMC N° 05/98 y 72/00)
VISTO: El Tratado de Asunción,
el Protocolo de Ouro Preto, las Resoluciones N° 110/94, 133/96, 38/98,
05/99, 72/00, 56/02 y 51/08 del Grupo Mercado Común.
CONSIDERANDO:
Que los productos de higiene personal, cosméticos y perfumes deben ser
seguros bajo las condiciones normales o previsibles de uso.
Que es necesaria la actualización periódica de los listados de
sustancias a fin de asegurar la correcta utilización de las materias
primas en la fabricación de productos de higiene personal, cosméticos y
perfumes.
EL GRUPO MERCADO
COMUN
RESUELVE:
Art. 1 — Aprobar el “Reglamento Técnico MERCOSUR sobre Lista de
Sustancias de Acción Conservadora Permitidas para Productos de Higiene
Personal, Cosméticos y Perfumes”, que consta como Anexo y forma parte
de la presente Resolución.
Art. 2 — Derogar las Resoluciones GMC N° 05/99 y 72/00.
Art. 3 — Los organismos nacionales competentes para la implementación
de la presente Resolución, son:
Argentina:
|
Administración
Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT)
|
Brasil:
|
Agencia
Nacional de Vigilância Sanitária (ANVISA)
|
Paraguay:
|
Dirección
Nacional de Vigilancia Sanitária del Ministerio de Salud Pública y
Bienestar Social (MSPyBS)
|
Uruguay:
|
Ministerio
de Salud Pública (MSP)
|
Art.
4 — La presente Resolución será aplicada en el territorio de los
Estados Partes, al comercio entre ellos y a las importaciones extra
zona.
Art. 5 — Esta Resolución deberá ser incorporada al ordenamiento
jurídico de los Estados Partes antes del 1/I/2012.
LXXXIV GMC -
Asunción, 17/VI/11.
MERCOSUR/GMC/RES. N°08/11
REGLAMENTO
TECNICO MERCOSUR SOBRE PROTECTORES SOLARES EN COSMETICOS
(DEROGACION DE LA RES. GMC N° 26/02)
VISTO: El Tratado de Asunción,
el Protocolo de Ouro Preto y las Resoluciones N° 110/94, 38/98, 26/02 y
56/02 del Grupo Mercado Común.
CONSIDERANDO:
Que entre las funciones definidas en la Resolución GMC N° 110/94 para
los productos de Higiene Personal, Cosméticos y Perfumes, se encuentran
las de proteger la piel y mantenerla en buen estado.
Que existen estudios que demuestran los efectos negativos de la
incidencia de la radiación solar sobre la piel y que el envejecimiento
prematuro de la piel es favorecido por esta radiación.
Que es necesario establecer criterios para la clasificación del grado
de protección solar — Factor de Protección Solar (FPS); los métodos
analíticos para la determinación del FPS y de la protección a la
radiación UVA, para la resistencia al agua y los requisitos de rotulado
para productos de protección solar.
EL GRUPO MERCADO
COMUN
RESUELVE:
Art. 1 — Aprobar el “Reglamento Técnico MERCOSUR sobre Protectores
Solares en Cosméticos”, que consta como Anexo y forma parte de la
presente Resolución.
Art. 2 — Derogar la Resolución GMC N° 26/02.
Art. 3 — Los organismos nacionales competentes para la implementación
de la presente Resolución son:
Argentina:
|
Administración
Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT)
|
Brasil:
|
Agencia
Nacional de Vigilância Sanitária (ANVISA)
|
Paraguay:
|
Dirección
Nacional de Vigilancia Sanitária del Ministerio de Salud Pública y
Bienestar Social (MSPyBS)
|
Uruguay:
|
Ministerio
de Salud Pública (MSP)
|
Art. 4 — La presente Resolución será aplicada en el territorio de los
Estados Partes, al comercio entre ellos ya las importaciones extra zona.
Art. 5 — Esta Resolución deberá ser incorporada al ordenamiento
jurídico de los Estados Partes antes del 1/I/2012.
LXXXIV GMC -
Asunción, 17/VI/11.
MERCOSUR/GMC/RES. N° 09/11
PROHIBICION
DE LA COMERCIALIZACION DE LA LECHE HUMANA EN LOS ESTADOS PARTES
VISTO: El Tratado de Asunción y
el Protocolo de Ouro Preto.
CONSIDERANDO:
Que la lactancia materna es imprescindible para la salud del niño/a.
Que es importante la promoción, la protección y el apoyo a la práctica
de la lactancia materna por considerarse una estrategia eficaz para la
disminución de la morbi-mortalidad infantil con énfasis en el
componente neonatal.
Que es una prioridad disponer de leche humana en cantidad y calidad que
permitan la alimentación de los lactantes imposibilitados de ser
amamantados directamente a pecho o con la leche de su propia madre,
como así también para otras situaciones en las que se considere
necesaria la utilización de leche humana.
Que los Estados Partes han consensuado la importancia de asegurar el
acceso gratuito a la leche humana, sus subproductos y/o derivados.
EL GRUPO MERCADO
COMUN
RESUELVE:
Art. 1 — Queda prohibida la comercialización de la leche humana, sus
subproductos y/o derivados.
Art. 2 — La leche humana sólo podrá ser donada en forma voluntaria, no
pudiendo bajo ningún concepto percibirse a cambio remuneración o
incentivo alguno.
Art. 3 — La donación a que hace referencia el Art. 2 de la presente
Resolución deberá realizarse únicamente a los bancos de leche humana
y/o centros de recolección habilitados según la normativa de cada
Estado Parte.
Art. 4 — Esta Resolución deberá ser incorporada al ordenamiento
jurídico de los Estados Partes antes del 1/I/2012.
LXXXIV
GMC - Asunción, 17/VI/11.
MERCOSUR/GMC/RES. N° 10/11
ADDENDUM N° 3 AL
CONVENIO DE FINANCIACION MERCOSUR-UNION EUROPEA PARA EL PROYECTO DE
COOPERACION PARA LA ARMONIZACION DE NORMAS Y PROCEDIMIENTOS
VETERINARIOS Y FITOSANITARIOS, INOCUIDAD DE ALIMENTOS Y PRODUCCION
AGROPECUARIA DIFERENCIADA N° ALA/2005/17-887
VISTO: El Tratado de Asunción,
el Protocolo de Ouro Preto, las Decisiones N° 10/91, 59/00 y 12/04 del
Consejo del Mercado Común y las Resoluciones N° 26/92, 57/05 y 32/06
del Grupo Mercado Común.
CONSIDERANDO:
Que fue suscripto entre el MERCOSUR y la Unión Europea el Convenio de
Financiación MERCOSUR-Unión Europea para el Proyecto de Cooperación
para la Armonización de Normas y Procedimientos Veterinarios y
Fitosanitarios, Inocuidad de Alimentos y Producción Agropecuaria
Diferenciada N° ALA/2005/17-887.
Que se identificó la necesidad de prorrogar el período de ejecución del
Proyecto para ser posible la implementación de todas las actividades
previstas.
Que es competencia del Grupo Mercado Común aprobar los programas de
cooperación técnica internacional de apoyo al MERCOSUR.
EL GRUPO MERCADO
COMUN
RESUELVE:
Art. 1 — Aprobar el Addendum N° 3 al Convenio de Financiación
MERCOSUR-Unión Europea para el proyecto de “Cooperación para la
Armonización de Normas y Procedimientos Veterinarios y Fitosanitarios,
Inocuidad de Alimentos y Producción Agropecuaria Diferenciada N°
ALA/2005/17-887 firmado el 25 de abril de 2011, que consta como Anexo y
forma parte de la presente Resolución.
Art. 2 — El Anexo a la presente Resolución se encuentra únicamente en
idioma español.
Art. 3 — Esta Resolución no necesita ser incorporada al ordenamiento
jurídico de los Estados Partes, por reglamentar aspectos de la
organización o del funcionamiento del MERCOSUR.
LXXXIV GMC -
Asunción, 17/VI/11.
MERCOSUR/GMC/RES. N° 11/11
NORMAS
GENERALES PARA LA FIRMA DE CONVENIOS
VISTO: El Tratado de Asunción, el Protocolo de Ouro Preto, las
Decisiones N° 37/03, 03/07, 07/07, 37/08, 14/09, 12/10 y 63/10 del
Consejo del Mercado Común y la Resolución N° 66/05 del Grupo Mercado
Común.
CONSIDERANDO:
Que es necesario establecer los procedimientos a los cuales deberán
ajustarse los órganos de la estructura institucional del MERCOSUR para
la firma de convenios.
Que los convenios a ser firmados por los órganos de la estructura
institucional del MERCOSUR sobre materias vinculadas a sus competencias
específicas permitirán a éstos beneficiarse del intercambio de
experiencias y prácticas con sus contrapartes.
EL GRUPO MERCADO
COMUN
RESUELVE:
Art. 1 — Los órganos de la estructura institucional del MERCOSUR que
cuenten con un presupuesto conformado por aportes de los Estados Partes
y que estén integrados por funcionarios del MERCOSUR deberán solicitar
autorización previa al GMC, por intermedio de la Coordinación Nacional
del GMC en ejercicio de la Presidencia Pro Tempore, para firmar
convenios.
La referida solicitud deberá estar acompañada por el proyecto de
convenio, así como cualquier otra documentación disponible al respecto.
Art. 2 — Los convenios que se firmen en el marco de la presente
Resolución y su aplicación deberán cumplir con los siguientes
requisitos:
a) estar de acuerdo con los objetivos del MERCOSUR y versar sobre
materias que son competencia de los órganos en cuestión,
b) no afectar el desarrollo normal de las actividades propias del
órgano en cuestión ni desviar recursos humanos o materiales de sus
finalidades definidas en la normativa MERCOSUR correspondiente,
c) no acarrear costos adicionales a aquellos previstos en el
presupuesto del órgano correspondiente.
d) preservar la confidencialidad y la reserva de los documentos y datos
atinentes al MERCOSUR y a los Estados Partes que tengan esa naturaleza.
Art. 3 — El GMC comunicará su decisión al órgano solicitante a través
de la Presidencia Pro Tempore. En el caso que la firma sea autorizada,
en la misma comunicación se indicará la frecuencia con que deberán ser
presentados los informes sobre el cumplimiento de los objetivos del
convenio. Sin perjuicio de ello, el GMC podrá solicitar, en cualquier
momento, las informaciones que considere necesarias, estableciendo un
plazo a tal efecto.
Art. 4 — Al término del convenio, el órgano que hubiera firmado el
convenio presentará al GMC un informe final detallado sobre el
cumplimiento de los objetivos del convenio.
Art. 5 — En los casos de convenios que posean características de
cooperación técnica, el GMC enviará la solicitud al Comité de
Cooperación Técnica (CCT).
Art. 6 — Los convenios deberán ser elaborados, en lo que corresponda,
según el modelo que consta como Anexo y forma parte de la presente
Resolución.
Art. 7 — Por instrucción del GMC y en cualquier momento, el órgano en
cuestión comunicará a la contraparte su decisión de suspender la
aplicación del convenio o finalizarlo.
Art. 8 — Esta Resolución no necesita ser incorporada al ordenamiento
jurídico de los Estados Partes, por reglamentar aspectos de la
organización o del funcionamiento del MERCOSUR.
LXXXIV GMC -
Asunción, 17/VI/11.
MERCOSUR/GMC/RES. N°12/11
REGLAMENTO TECNICO
MERCOSUR SOBRE LIMITES MAXIMOS DE CONTAMINANTES INORGANICOS EN ALIMENTOS
(DEROGACION DE LAS RES. GMC N° 102/94 y N° 36/96)
VISTO: El Tratado de Asunción,
el Protocolo de Ouro Preto y las Resoluciones N° 102/94, 103/94, 35/96,
45/96, 38/98 y 56/02 del Grupo Mercado Común.
CONSIDERANDO:
Que es necesario actualizar los Límites Máximos de Contaminantes
Inorgánicos en Alimentos;
Que a los efectos de proteger la salud pública resulta esencial
mantener el contenido de los contaminantes en niveles toxicológicos
aceptables;
Que el contenido máximo debe establecerse en el nivel estricto que se
pueda conseguir razonablemente si se aplican las buenas prácticas y
teniendo en cuenta el riesgo relacionado con el consumo del alimento;
Que la armonización de los Reglamentos Técnicos tiende a eliminar los
obstáculos que se generan por diferencias en las Reglamentaciones
Nacionales vigentes, dando cumplimiento a lo establecido en el Tratado
de Asunción;
EL GRUPO MERCADO
COMUN
RESUELVE:
Art. 1 — Aprobar el Reglamento Técnico MERCOSUR sobre Límites Máximos
de Contaminantes Inorgánicos en Alimentos”, que consta como Anexo y
forma parte de la presente Resolución.
Art. 2 — Derogar las Resoluciones GMC N° 102/94 y N° 35/96.
Art. 3 — Dejar sin efecto lo dispuesto en el Capítulo V, punto 5.2 del
Anexo de la Resolución GMC N° 45/96 “Reglamento Vitivinícola del
MERCOSUR” con relación a los límites admitidos para arsénico, plomo y
cadmio en vinos, debiendo aplicarse los límites máximos dispuestos en
la presente Resolución.
Art. 4 — Los organismos nacionales competentes para la implementación
de la presente Resolución son:
Argentina:
|
Ministerio
de Salud Secretaría de Políticas, Regulación e Institutos Ministerio de
Agricultura, Ganadería y Pesca (MAGyP) Secretaría de Agricultura,
Ganadería y Pesca (SAGyP) Instituto Nacional de Vitivinicultura (INV)
|
Brasil:
|
Ministério
da Saúde Agência Nacional de Vigilância Sanitária (ANVISA)
|
Paraguay:
|
Ministerio
de Salud Pública y Bienestar Social - Instituto Nacional de
Alimentación y Nutrición (INAN) Servicio Nacional de Calidad y Sanidad
Vegetal y de Semillas (SENAVE) Servicio Nacional de Calidad y Sanidad
Animal (SENACSA)
|
Uruguay:
|
Ministerio
de Salud Pública (MSP) Ministerio de Industria, Energía y Minería
(MIEM) Laboratorio Tecnológico del Uruguay (LATU)
|
Art. 5 — La presente Resolución se
aplicará en el territorio de los Estados Partes, al comercio entre
ellos y a las importaciones extrazona.
Art. 6 — Esta Resolución deberá ser incorporada al ordenamiento
jurídico de los Estados Partes antes del 1/I/2012.
LXXXIV GMC - Asunción, 17/VI/11.
“El Acta de la LXXXIV Reunión Ordinaria del Grupo Mercado Común (GMC),
realizada entre los días 13 y 17 de junio de 2011 en la ciudad de
Asunción y los anexos mencionados en la misma se encuentran a
disposición del público en el sitio web Oficial del MERCOSUR
(www.mercosur.int.) de conformidad con lo que establece el Protocolo de
Ouro Preto aprobado por Ley 24.560.”