Secretaría de Comunicaciones
MINISTERIO DE SEGURIDAD
Resolución 42/2012
Asígnase el Sistema de Telecomunicaciones de Banda Ancha para la Seguridad Pública. Objetivos.
Bs. As., 25/4/2012
VISTO el Expediente Nº 711/2006 del registro de la COMISION NACIONAL DE
COMUNICACIONES, organismo descentralizado de la SECRETARIA DE
COMUNICACIONES dependiente del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL,
INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS, y
CONSIDERANDO:
Que el MINISTERIO DE SEGURIDAD DE LA NACION ha solicitado la asignación
de banda de frecuencias comprendida entre 4.960 y 4.990 MHz atribuida
al Servicio Fijo y Móvil con Categoría Primaria, para su utilización
por Sistemas de Telecomunicaciones de Banda Ancha para la Seguridad
Pública, utilizados por Organismos Oficiales.
Que de conformidad con lo dispuesto el artículo 7° de la Resolución Nº
66 de fecha 14 de junio de 2011 de la SECRETARIA DE COMUNICACIONES y su
modificatoria se atribuyeron las bandas de 4.960 MHz a 4.990 MHz para
su utilización por Sistemas de Telecomunicaciones de Banda Ancha para
la Seguridad Pública, utilizados por Organismos Oficiales.
Que de conformidad con el marco normativo vigente, la SECRETARIA DE
COMUNICACIONES podrá otorgar autorizaciones con carácter exclusivo,
para el uso de frecuencias en las bandas de 4.960 MHz a 4.990 MHz para
su utilización por Sistemas de Telecomunicaciones de Banda Ancha para
la Seguridad Pública, utilizados por Organismos Oficiales, siempre que
se reunieran los requerimientos establecidos en el Punto 3.2 del ANEXO
I de la Resolución Nº 66/11 de la SECRETARIA DE COMUNICACIONES.
Que el MINISTERIO DE SEGURIDAD DE LA NACION realizó sendas
presentaciones ante el MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION
PUBLICA Y SERVICIOS y ante la Autoridad de Aplicación, en relación con
el proyecto específico de utilización de la banda de frecuencias
involucrada.
Que, conforme resulta de las presentaciones reseñadas, el MINISTERIO DE
SEGURIDAD DE LA NACION ha encarado un proyecto integrado de
actualización de la fuerzas policiales y de seguridad y, dentro de los
elementos de seguridad a implementar está la transmisión en tiempo real
de los videos captados por los patrulleros y la implementación de una
red de datos inalámbrica de alta velocidad.
Que de las constancias glosadas resulta que dicha red, en una primera
etapa, será el soporte para las comunicaciones inalámbricas de las
fuerzas policiales y de seguridad que operan en el ámbito de la CIUDAD
AUTONOMA DE BUENOS AIRES; comprendiendo DOSCIENTOS (200) Patrulleros
tecnológicos con cámaras de video de alta definición; cámaras de
lectura de patentes, computadora a bordo con conexión al Centro de
Comando de Control, para la asignación de misiones (emergencias) y
transferencia de todo tipo de datos; instalación de un Centro de
Comando y Control; sistema 911 de última generación; instalación de
dispositivos para la georreferenciación satelital de los patrulleros y
del personal de vigilancia en calle; instalación de MIL DOSCIENTAS
(1200) cámaras de monitoreo en la vía pública de la CIUDAD AUTONOMA DE
BUENOS AIRES; Red de fibra óptica en tecnología GPON para la conexión
de las 53 comisarías de la CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES; red WiMAX
para servicio móvil, entre otros sistemas y aplicaciones.
Que se ha solicitado la asignación de bandas de frecuencias en el Area CUIDAD DE BUENOS AIRES.
Que en mérito a los antecedentes presentados y las consideraciones
técnicas agregadas a las actuaciones, con especial preponderancia de la
transmisión de video en movimiento en áreas densamente pobladas y,
asimismo, teniendo en cuenta los antecedentes internacionales sobre
requerimientos de espectro para Seguridad Pública desarrollados por UIT
—reflejados en el Informe UITR 2033 y la Resolución UIT-R 646/03—,
resulta procedente el otorgamiento de la autorización solicitada.
Que se han expedido las Areas técnicas pertinentes de la COMISION
NACIONAL DE COMUNICACIONES, organismo descentralizado de la SECRETARIA
DE COMUNICACIONES, cuyos dictámenes dan cuenta del cumplimiento, por
parte del MINISTERIO DE SEGURIDAD DE LA NACION, de los requisitos
establecidos en la reglamentación vigente.
Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS de la SUBSECRETARIA LEGAL
del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS
ha tomado la intervención que le compete.
Que la presente medida se dicta en ejercicio de las atribuciones
conferidas por el Decreto Nº 1142 de fecha 26 de noviembre de 2003 y
del Anexo IV del Decreto Nº 764 de fecha 3 de septiembre de 2000.
Por ello,
EL SECRETARIO DE COMUNICACIONES
RESUELVE:
Artículo 1° — Asígnense con
carácter exclusivo al MINISTERIO DE SEGURIDAD DE LA NACION las Bandas
C, D y E (4960 MHz a 4990 MHz), en el Area de Explotación CIUDAD
AUTONOMA DE BUENOS AIRES.
Art. 2° — Notifíquese al
interesado conforme a lo establecido en el artículo 11 de la Ley
Nacional de Procedimientos Administrativos Nº 19.549 y de conformidad
con los términos y alcances previstos en el artículo 40 y concordantes
del Reglamento de Procedimientos Administrativos, Decreto 1759/72, t.o.
1991.
Art. 3° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Carlos L. Salas.