INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES

Resolución Nº 758/2013

Bs. As., 12/3/2013

VISTO el Expediente Nº 860/2013 del Registro del Instituto Nacional de Cine y Artes Audiovisuales, y la Ley Nº 17.741 (t.o. 1248/2001) y sus modificatorias, Ley 26.522 y su Decreto Reglamentario Nº 1225/10, y;

CONSIDERANDO:

Que la Ley Nº 17.741 (t.o. 2001) y sus modificatorias prevén las atribuciones de la Presidenta del INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES, entre las que se encuentra la de ejecutar las medidas de fomento tendientes a desarrollar la cinematografía argentina, pudiendo a tal efecto auspiciar concursos y emplear todo otro medio necesario para el logro de ese fin, así como también fomentar el desarrollo de la cinematografía argentina en sus aspectos culturales, técnicos, artísticos, industriales y comerciales.

Que el objeto de la Ley Nº 26.522, sancionada y promulgada el 10 de octubre del año 2009, es la regulación de los servicios de comunicación audiovisual en todo el ámbito territorial de la República Argentina y el desarrollo de mecanismos destinados a la promoción, desconcentración y fomento de la competencia con fines de abaratamiento, democratización y universalización del aprovechamiento de las nuevas tecnologías de la información y la comunicación.

Que a partir de la aplicación de la Ley 26.522 y su respectivo decreto reglamentario, por medio de la Resolución Nº 1069/12/INCAA se creó la GERENCIA DE FOMENTO A LA PRODUCCION DE CONTENIDOS PARA TELEVISION, INTERNET Y VIDEOJUEGOS, en el ámbito del INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES.

Que el cine argentino se ha comprometido históricamente con el relato de su territorio, describiendo lugares, su cultura y sus necesidades.

Que en atención a ello, se llama al concurso UN BARRIO DE PELICULA - REALIZADORES CON EXPERIENCIA, para que los realizadores de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires a partir de la realización de Cortometrajes puedan difundir y hacer trascender su barrio.

Que la presente Resolución se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 3° inciso a) de la Ley Nº 17741 (t.o. 2001) y sus modificatorias.

Que corresponde dictar Resolución al respecto.

Por ello,

LA PRESIDENTA DEL INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES

RESUELVE:

ARTICULO 1° — Llámase al Concurso “UN BARRIO DE PELICULA - REALIZADORES CON EXPERIENCIA”, destinado a realizadores de cada una de las COMUNAS de LA CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES, quienes deberán presentar UN (1) proyecto inédito de CORTOMETRAJE y un proyecto de videojuego de la misma temática que el proyecto de cortometraje.

ARTICULO 2° — Apruébense las Bases del concurso y los Anexos I, II, III y IV, que forman parte integrante de la presente Resolución.

ARTICULO 3° — La participación en el presente concurso implica el conocimiento y aceptación de todo lo establecido en las Bases del mismo, así como de sus Anexos.

ARTICULO 4° — Dentro de los TREINTA (30) días corridos a contar desde la publicación de la Resolución de la declaración de los ganadores, los restantes participantes deberán retirar los proyectos presentados al Concurso al que se llama por la presente Resolución y que no hubieran sido seleccionados. Vencido dicho plazo se procederá a la destrucción de los proyectos no retirados.

ARTICULO 5° — Cualquier hecho no previsto en el mismo será resuelto por el INCAA.

ARTICULO 6° — Regístrese, comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y, oportunamente archívese. — LILIANA MAZURE, Presidenta, Instituto Nacional de Cine y Artes Audiovisuales.

ANEXO I

BASES PARA EL CONCURSO

UN BARRIO DE PELICULA - REALIZADORES CON EXPERIENCIA

CAPITULO I - DEL OBJETO

1.- El INCAA llama al “CONCURSO UN BARRIO DE PELICULA - REALIZADORES CON EXPERIENCIA”, a realizadores con experiencia que habiten en LA CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES a presentar UN (1) proyecto inédito de CORTOMETRAJE con historias de ficción, documental o animación que traten cuestiones relativas a sus comunas, en los que se puede relatar la identidad de cada uno de sus barrios de la CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES; el mismo tendrá que tener una duración de CINCO (5) a SIETE (7) minutos. Dicho proyecto debe estar asociado a un proyecto general de un videojuego sobre cuestiones relacionadas al proyecto de cortometraje manteniendo la misma temática, personajes, protagonistas, escenarios, etc.

2.- Se premiará UN (1) proyecto por cada una de las QUINCE (15) comunas. Los QUINCE (15) ganadores, obtendrán PESOS CUARENTA Y CINCO MIL (45.000), cada uno de ellos, para la realización del CORTOMETRAJE. El proyecto para la realización de un videojuego recibirá como premio, un certificado de reconocimiento que lo habilita a una capacitación específica en la materia. Se manifiesta que si bien la presentación del proyecto de cortometraje y del proyecto de videojuego deben realizarse de manera conjunta, la premiación puede ser independiente.

3.- El proyecto de cortometraje deberá ser INEDITO y se deberá realizar en un plazo máximo de SESENTA (60) días corridos, a partir de la acreditación total del pago de la primera cuota (equivalente al CINCUENTA POR CIENTO (50%) del premio).

4.- El cortometraje deberá ser realizado y concluido en su totalidad, con el aporte del INCAA. Si en su defecto los costos de producción excedieran el valor presupuestado y presentado oportunamente al concurso, corresponderá exclusivamente al PRESENTANTE del proyecto que resulte ganador el aporte de los recursos complementarios. No es obligatorio para la presentación del proyecto de videojuego, que el mismo se encuentre totalmente desarrollado, dado que se permitirá presentaciones básicas de realizadores sin experiencia en la materia (a modo de ejemplo, el proyecto de videojuego podrá presentarse con la sola descripción del mismo en una carilla).

CAPITULO II - DE LA CONVOCATORIA

5.- Fíjase un período para la convocatoria de los proyectos, desde el día 20 de Marzo al 06 de Mayo de 2013 como fechas de apertura y cierre de las presentaciones del llamado a Concurso. Los proyectos deberán presentarse ante el Instituto Nacional de Cine y Artes Audiovisuales - INCAA - Lima 319; Piso 1°, Mesa de Entradas (1073). En los casos de remisiones por vía postal se tomará la fecha de imposición de la Oficina de Correos que se trate. Los Proyectos deberán presentarse de conformidad a lo establecido en las presentes Bases. (Nota Infoleg: por art. 2° de la Resolución N° 1260/2013 del Instituto Nacional de Cine y Artes Audiovisuales B.O. 9/5/2013 se prorroga hasta el día 31 de mayo de 2013 inclusive, hasta las 17 horas, la fecha de cierre para la convocatoria realizada por la presente  Resolución, del Concurso UN BARRIO DE PELICULA - REALIZADORES CON EXPERIENCIA, destinado a realizadores de cada una de las Comunas de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires)

6.- No se aceptarán inscripciones presentadas o enviadas por correo fuera del plazo establecido.

7.- No podrán intervenir en el presente Concurso, aquellos Proyectos que hayan resultado seleccionados para su realización en cualquier otro concurso Nacional o Internacional hayan o no iniciado rodaje. Asimismo, los proyectos presentados a este concurso no podrán participar en ningún otro llamado que convoque el INCAA, hasta que no se encuentre publicada en el Boletín Oficial la nómina de ganadores. En caso de incumplimiento a lo mencionado anteriormente, el proyecto se tendrá por no presentado en ninguno de los concursos y si hubiese sido seleccionado como ganador se tendrá por decaído el premio, debiendo el presentante restituir toda suma que hubiese percibido por parte del INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES más los intereses correspondientes, quedando automáticamente seleccionado el proyecto que le sigue en orden de mérito.

CAPITULO III - DE LOS PRESENTANTES

8.- Los PRESENTANTES, en relación a los fines administrativos y legales, serán considerados los Productores Responsables de los mismos, independientemente si desempeñan otro rol en el proyecto y se los denominará directamente PRESENTANTES, quienes serán responsables frente al Organismo, y son quienes suscribirán los contratos respectivos en caso de resultar ganadores.

9.-Podrán participar todos aquellos DIRECTORES, GUIONISTAS y PRODUCTORES, con UN (1) proyecto de Cortometraje y UN (1) proyecto de Videojuegos relacionado.

10.- Cada Proyecto tendrá un PRESENTANTE, que deberá acreditar la residencia actual en la comuna o barrio en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

11.- No podrá ser beneficiario del premio del presente concurso, toda aquella persona que habiendo ganado algún Concurso que gestione ante el Organismo, no haya dado pleno cumplimiento del contrato suscripto oportunamente. En caso de incumplimiento a lo mencionado anteriormente, el proyecto se tendrá por no presentado en ninguno de los concursos y si hubiese sido seleccionado como ganador se tendrá por decaído el premio, debiendo el presentante restituir toda suma que hubiese percibido por parte del INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES más los intereses correspondientes.

CAPITULO IV - DE LA COMPETENCIA

12.- La competencia se dará entre los proyectos que pertenezcan a la MISMA COMUNA de la CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES por la que participan, siendo éste el listado de las COMUNAS: Comuna 1: Retiro, San Nicolás, Puerto Madero, San Telmo y Montserrat. Comuna 2: Recoleta. Comuna 3: Balvanera y San Cristóbal. Comuna 4: La Boca, Barracas, Parque Patricios y Nueva Pompeya. Comuna 5: Almagro y Boedo. Comuna 6: Caballito. Comuna 7: Flores y Parque Chacabuco. Comuna 8: Villa Soldati, Villa Riachuelo y Villa Lugano. Comuna 9: Liniers, Mataderos y Parque Avellaneda. Comuna 10: Villa Real, Monte Castro, Versalles, Floresta, Vélez Sarsfield y Villa Luro. Comuna 11: Villa General Mitre, Villa Devoto, Villa del Parque y Villa Santa Rita. Comuna 12: Coghlan, Saavedra, Villa Urquiza y Villa Pueyrredón. Comuna 13: Núñez, Belgrano y Colegiales. Comuna 14: Palermo. Comuna 15: Chacarita, Villa Crespo, La Paternal, Villa Ortúzar, Agronomía y Parque Chas.

CAPITULO V - DE LA PRESENTACION Y RECEPCION DE LOS PROYECTOS

13.- Los Proyectos deberán presentarse en sobre o caja cerrada, en forma personal de 10 a 17 hs por ante la Mesa de Entradas del Instituto Nacional de Cine y Artes Audiovisuales - INCAA, o enviarse por correo postal a Lima 319, Piso 1°, Código Postal C1073AAG, desde el 20 de Marzo al 06 de mayo de 2013 inclusive, tomándose para este último caso la fecha de imposición de la oficina de correos respectiva.

14.- El sobre o caja deberá estar dirigido a:

CONCURSO: UN BARRIO DE PELICULA - REALIZADORES CON EXPERIENCIA

EXTERIOR DEL SOBRE O CAJA:

14.1.- UN BARRIO DE PELICULA - REALIZADORES CON EXPERIENCIA

14.2.- Título del Proyecto:

14.3.- Presentante:

14.4.- Comuna del Presentante:

INTERIOR DEL SOBRE O CAJA:

14.5.- UNA (1) carpeta, carpeta A, impresa y anillada que contenga la DOCUMENTACION DEL PRESENTANTE:

14.6.- Fotocopia del Documento de Identidad.

14.7.- Comprobante de residencia actual en la comuna por la cual se presenta en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

14.8.- Anexo II o Anexo III según sea el caso.

14.9.- Inscripción de la obra inédita en la Dirección Nacional de Derechos de Autor, o certificado de adquisición de los derechos de la obra inédita, o autorización de utilización de los Derechos de la Obra inédita en caso de ser personas diferentes de los presentantes con firma certificada del titular que autoriza.

14.10.- Declaración jurada sobre la autoría del videojuego deslindando de toda responsabilidad al INCAA de cualquier reclamo administrativo, judicial y/o extrajudicial que pudiera efectuar un tercero que manifieste tener los derechos sobre el proyecto de videojuego.

14.11.- UNA (1) carpeta, carpeta B, impresa y anillada con el proyecto de cortometraje.

14.12.- Breve descripción del proyecto, línea argumental del mismo.

14.13.- Sinopsis: Resumen de la historia.

14.14.- Tratamiento del Guión: Cómo se cuenta el cortometraje dejando en claro la estructura dramática que tendrá. Se entiende por tratamiento de guión a una versión de la historia de la película sin diálogos.

14.15.- Guión literario definitivo.

14.16.- Propuesta Estética: Concepción de los elementos visuales y sonoros según el Director.

14.17.- Presupuesto.

14.18.- Antecedentes y motivaciones del director. Antecedentes del Productor.

14.19.- Cartas de Apoyo y cualquier otro material adicional que consideren necesarios, ejemplo: locaciones, testimonios, diseño de personajes de animación, etc.

14.20.- DOS (2) DVD que contengan la información de ambas carpetas impresas.

14.21.- El proyecto general del videojuego deberá estar relacionada con el cortometraje presentado (personajes, escenarios, etc.). Se tomará en cuenta en su evaluación el mayor material posible que se acompañe para demostrar la posibilidad de la realización del mismo.

CAPITULO VI - DEL JURADO

15.- El Jurado que será designado por la Presidenta del Organismo, estará conformado por CUATRO (4) miembros de reconocida trayectoria de la actividad audiovisual, que leerán los proyectos presentados por todas las COMUNAS de la CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES, y un miembro por cada COMUNA que evaluará solamente los proyectos de la COMUNA que representa. Este jurado se integrará también con DOS (2) profesionales del videojuego quienes analizarán el proyecto de videojuego que se presente junto al cortometraje. El INCAA se reserva el Derecho de aumentar los jurados según sea la cantidad de proyectos presentados.

16.- La decisión que adopte el Jurado interviniente será inapelable.

CAPITULO VII - DE LA SELECCION

17.- El jurado interviniente preseleccionará hasta TRES (3) proyectos de cortometrajes y UN (1) desarrollo de videojuegos por comuna, a los efectos de participar en un taller para el fortalecimiento de las propuestas. El INCAA designará un equipo capacitador integrado por especialistas, con el objeto de atender las necesidades específicas de producción.

18.- Culminada la instancia de taller, cada equipo participante deberá elaborar un informe sobre el proyecto de cortometraje, debidamente desglosado sobre las áreas sobre las cuales se realizaron las capacitaciones. Dicho informe se entregará suscripto en sobre cerrado a los coordinadores del INCAA quienes a su vez lo remitirán al jurado que se reunirá nuevamente, a los efectos de designar UN PROYECTO GANADOR por cada COMUNA.

19.- El jurado de considerarlo necesario declarará desierto en forma total o parcial el concurso.

CAPITULO VIII - DE LOS GANADORES Y EL CONVENIO

20.- Los QUINCE (15) ganadores de proyectos de cortometrajes obtendrán, cada uno de ellos, la suma de PESOS CUARENTA y CINCO MIL (45.000) para la realización del CORTOMETRAJE.

En relación a los proyectos generales de videojuegos presentados juntos a los proyectos de cortometrajes, los QUINCE (15) ganadores obtendrán, cada uno de ellos, un certificado de reconocimiento que lo habilita a una capacitación específica en la materia.

Tal como se expresó en el punto 2, la presentación del proyecto de cortometraje y del proyecto de videojuego deben realizarse de manera conjunta, la premiación puede ser independiente.

21.- El PRESENTANTE del proyecto de CORTOMETRAJE que resulte ganador, firmará un convenio con el INCAA en carácter de Instrumentación del Premio para la realización del Cortometraje.

22.- El desarrollo del proyecto y la producción del CORTOMETRAJE deberá realizarse en un plazo máximo de SESENTA (60) días corridos, con un presupuesto total de PESOS CUARENTA Y CINCO MIL (45.000). El premio será abonado de la siguiente manera: el CINCUENTA POR CIENTO (50%) al momento de la suscripción del convenio y el CINCUENTA POR CIENTO (50%) se pagará en el período que abarca la finalización de la grabación y al comienzo de la postproducción, luego de que el tutor haya presentado el informe sobre los avances del proyecto y el PRESENTANTE haya realizado la rendición total de la primera cuota de acuerdo a las normas vigentes del Organismo. Asimismo para ello, también se deberá dar cumplimiento con los certificados de libres deudas que establece la Ley 17.741 (t.o. 1248/01).

Si no se cumpliera con la realización del cortometraje en el plazo establecido, el Organismo, sin necesidad de intimación alguna podrá declarar la caducidad del proyecto y requerir la devolución de las sumas que hubiera aportado y los intereses en caso de corresponder.

La comercialización de los cortometrajes y los beneficios que ello pueda traer aparejado quedan exclusivamente a favor del PRESENTANTE del cortometraje.

23.- La entrega final que deberá realizar el PRESENTANTE deberá incluir:

24.- Un master final del cortometraje el cual deberá ser entregado en un Disco Rígido Externo, de conformidad con las especificaciones técnicas detalladas en el ANEXO IV. Su duración mínima deberá ser entre CINCO (5) y SIETE (7) minutos, incluyendo títulos y rodantes.

25.- Los proyectos de cortometrajes deberán ser grabados preferentemente en una calidad no inferior a HDV e indefectiblemente en una calidad no inferior a DVCAM.

26.- El INCAA designará un TUTOR para cada proyecto de cortometraje ganador. Dicho TUTOR, será quien realizará el seguimiento del mismo informando periódicamente de los avances al coordinador del concurso. Los PRESENTANTES deberán tomar de buena fe, los aportes que el mismo pueda realizarle.

27.- Los cortometrajes seleccionados deberán incluir en los títulos de presentación el orden de placas especificado en el CAPITULO IX.

28.- La liberación de las sumas aportadas por el Organismo estará sujeta a disponibilidad presupuestaria.

CAPITULO IX - DE CREDITOS

29.- Al comienzo del Cortometraje, se deberá incluir una secuencia continua que contenga el siguiente orden de placas:

29.1.- Logotipo de INCAA

29.2.- Logotipo de la Productora

29.3.- Placa con la leyenda “PRESENTAN”

29.4.- TITULO DEL CORTOMETRAJE

30.- La secuencia que incluye la logomarca mencionada del punto 29.1, será entregada oportunamente por la Coordinación del Concurso UN BARRIO DE PELICULA.

CAPITULO X - DE LOS DERECHOS

31.- Los derechos de comercialización de los CORTOMETRAJES ganadores corresponderán a los presentantes. Sin perjuicio de ello, la participación en el concurso implica, la autorización por parte de los titulares del proyecto ganador, a favor del Organismo, de exhibir sin exclusividad en el territorio nacional las películas de cortometraje por televisión a través del canal INCAA TV o de algún canal de televisión con el que tenga convenio, para la proyección de los cortos ganadores, en cualquier época, en las salas de los denominados “ESPACIOS INCAA”, muestras, festivales y/o en cualquier otro medio de exhibición que estime pertinente.

ANEXO II

PERSONA FISICA



ANEXO III

PERSONA JURIDICA



ANEXO IV

ESPECIFICACIONES TECNICAS PARA LA ENTREGA DEL CORTOMETRAJE

1.- Todo el material debe ser grabado a 25 cuadros por segundo (25fps) o 50 campos por segundo (50i), quedando a criterio de LA BENEFICIARIA DEL PREMIO la decisión de uno u otro formato.

2.- La calidad del material debe ser óptima para su posterior transmisión y/o reproducción. El soporte de entrega no deberá encontrarse dañado. La imagen debe estar bien iluminada y libre de ruido excesivo, de ganancia y alta compresión digital. La imagen debe estar libre de flares (destellos) y reflexiones. Los objetivos no pueden contener marcas de suciedad como así obstáculos en la totalidad de la óptica. Las ópticas no deben generar aberraciones en los bordes de la imagen. El MASTER FINAL no deberá tener dropouts o cualquier otra anomalía de video/audio. El Cortometraje entregado debe contener señal de referencia (barras de color, placa de inicio, countdown) al comienzo, todo ello de conformidad con las siguientes especificaciones técnicas. Las barras de color al comienzo del Cortometraje debe ser barras EBU al 75% de saturación y llenar la trama de 16:9 (ver imagen 1). No deberá utilizarse Barras de Color SMPTE (ver imagen 2)


Imagen 1


Imagen 2

3.- PLACA DE CORTOMETRAJE. Se deberá incluir al comienzo del Cortometraje una Placa Informativa que contenga los siguientes datos:

a) Nombre del Corto

c) Productora

d) Duración

4.- NIVELES DE AUDIO. Los niveles picos de audio, para todos los canales, nunca deberán superar los -10 dBFS y deben modular por encima de -20 dBFS para los Diálogos. La mezcla de sonido debe estar hecha de tal forma que se le dé prioridad al texto hablado, por encima de la Música o los Efectos Especiales, salvo en ocasiones que lo justifique dramáticamente.

5.- SOPORTE DE ENTREGA DEL MASTER. El soporte de entrega de los programas será un disco rígido externo (USB 2.0, USB 3.0, FireWire o SATA) con formato NTFS, o HFS+ (no se aceptarán discos con formato FAT32).

C.1.- El Disco Rígido externo debe estar rotulado claramente con la siguiente información:

a) Nombre del Disco

b) Nombre del Productor/Presentante

c) Nombre del Cortometraje

d) Fecha de envío

e) Información de contacto

6.- ESPECIFICACIONES TECNICAS DE LOS ARCHIVOS DE VIDEO Y AUDIO A ENTREGAR.

6.1.- Quicktime:

Resolución: 1920x1080 píxels

FPS: 25

Códecs posibles: Apple ProRes 422 SQ, Apple ProRes HQ, Avid DNxHD 120, Avid DNxHD 185, Avid DNxHD 185x

Alpha Channel: NO

Cantidad de colores: Million Colors

Niveles de Color: ITU-709

Canales de Audio: 2 (estéreo)

Audio Sample Rate: 48kHz

Audio Bit Depth: 16 o 24 bits

6.2.a- Especificación de Exportación QuickTime HD para Avid v.6 o anterior



6.2.b.- Especificación de Exportación QuickTime HD para Final Cut Pro


6.2.c.- Especificación de Exportación QuickTime HD para Premiere CS5 o superior (Antes de exportar los archivos es necesario instalar los codecs Avid DNxHD, los mismos se pueden bajar desde:
://avid.custkb.com/avid/app/selfservice/search.jspDocId=372311)


e. 25/03/2013 N° 17516/13 v. 25/03/2013