INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES
Resolución Nº 1715/2013
Bs. As., 26/6/2013
VISTO el Expediente Nº 3287/13/INCAA, la Ley Nº 17.741 (t.o. 1248/01) y
sus modificatorias, la Ley Nº 26.522, el Decreto Nº 1225/10, la
Resolución Nº 1330/12/INCAA, y;
CONSIDERANDO:
Que el objeto de la Ley Nº 26.522, sancionada y promulgada el 10 de
octubre del año 2009, es la regulación de los servicios de comunicación
audiovisual en todo el ámbito territorial de la República Argentina y
el desarrollo de mecanismos destinados a la promoción, desconcentración
y fomento de la competencia con fines de abaratamiento, democratización
y universalización del aprovechamiento de las nuevas tecnologías de la
información y la comunicación.
Que el artículo 97 inciso a) del Decreto Nº 1225/10 establece que el
INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES deberá destinar un
porcentaje no inferior al VEINTICINCO POR CIENTO (25%) de los fondos
asignados por la Ley Nº 26.522, a los fines de la promoción de la
producción de contenidos para televisión y también créditos para su
producción y/o subsidios, debiendo dictar a esos efectos las
resoluciones correspondientes.
Que en virtud del dictado del Decreto Nº 1225/10, el INSTITUTO NACIONAL
DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES se encuentra facultado para otorgar
subsidios y créditos a los fines de la promoción de la producción de
contenidos para televisión.
Que dentro de los objetivos del Instituto Nacional de Cine y Artes
Audiovisuales (INCAA) y específicamente del área de Fomento a la
Producción de Contenidos para Televisión, Internet y Videojuegos, se
encuentran las de desarrollar las capacidades profesionales del sector
de la industria audiovisual, incentivar la producción para TV y
fomentar la producción nacional audiovisual, a fin de elevar su calidad
y competitividad en el exterior. Con esta finalidad se convoca a
REALIZADORES, PRODUCTORES Y DESARROLLADORES a presentar proyectos de
DESARROLLOS DE APLICACIONES JUGABLES, asociadas a un proyecto
audiovisual para diálogo con múltiples plataformas.
Que Argentina, por gestiones del Instituto Nacional de Cine y Artes
Audiovisuales será el “país invitado de Honor” en MIPCOM 2013, el mayor
mercado mundial de contenidos para Televisión, en donde se genera una
oportunidad única para ofrecer contenidos multimedia.
Que entre las funciones de la Gerencia a la Producción de Contenidos
para Televisión, Internet y Videojuegos se encuentra la de desarrollar
instrumentos que permitan experimentar desarrollos audiovisuales de
contenidos multiplataforma, complejizando la mirada tradicional de los
formatos y géneros audiovisuales.
Que por lo expuesto el INCAA llama a productoras con antecedentes a
presentar Proyectos al PRIMER CONCURSO PARA DESARROLLO DE PROYECTOS
AUDIOVISUALES COMPLEMENTARIOS DE UN PROYECTO AUDIOVISUAL PRINCIPAL PARA
DIALOGAR CON MULTIPLES PLATAFORMAS, de acuerdo con las exigencias de
calidad y formato del mercado internacional.
Que es necesario establecer los requisitos y el procedimiento
correspondiente a fin de hacer efectivo el fomento aludido
precedentemente.
Que la participación en el presente concurso, implica la aceptación de
las Bases y Condiciones del mismo en su totalidad así como el
conocimiento de toda la normativa vigente al respecto.
Que se establece como obligación de los presentantes de los proyectos
que resulten ganadores del Concurso la de suscribir un contrato con el
INCAA, obligándose a cumplir con todos los requerimientos que se
explicitan en la presente Resolución.
Que la Gerencia de Asuntos Jurídicos, la Gerencia de Fomento a la
Producción de Contenidos para Televisión, Internet y Videojuegos, y la
Gerencia de Administración han tomado intervención al respecto.
Que la facultad para el dictado de la presente surge de la Ley Nº
26.522, del artículo 97 inciso a) del Decreto Nº 1225/10 y la
Resolución 1330/12/INCAA.
Que corresponde dictar Resolución al respecto.
Por ello,
LA PRESIDENTA DEL INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES
RESUELVE:
ARTICULO 1° — Llámese al PRIMER CONCURSO PARA DESARROLLO DE PROYECTOS
AUDIOVISUALES COMPLEMENTARIOS DE UN PROYECTO AUDIOVISUAL PRINCIPAL PARA
DIALOGAR CON MULTIPLES PLATAFORMAS, para productoras con antecedentes,
a presentar PROYECTOS para el Desarrollo de aplicaciones jugables
asociadas a un proyecto audiovisual, de acuerdo a las exigencias de
calidad y formato del mercado internacional.
ARTICULO 2° — Apruébense las BASES DEL PRIMER CONCURSO PARA DESARROLLO
DE PROYECTOS AUDIOVISUALES COMPLEMENTARIOS DE UN PROYECTO AUDIOVISUAL
PRINCIPAL PARA DIALOGAR CON MULTIPLES PLATAFORMAS que obra como Anexo I
y los Anexos, II, III, IV, V, VI, VII y VIII todos partes integrante de
la presente resolución.
ARTICULO 3º — La participación en el presente concurso implica el
conocimiento y aceptación de todo lo establecido en las Bases y
Condiciones.
ARTICULO 4º — Cualquier hecho no previsto en el mismo será resuelto por el INCAA.
ARTICULO 5° — Regístrese, comuníquese, publíquese, dése a la Dirección
Nacional de Registro Oficial y archívese. — LILIANA MAZURE, Presidenta,
Instituto Nacional de Cine y Artes Audiovisuales.
ANEXO I
BASES Y CONDICIONES PARA EL PRIMER CONCURSO PARA DESARROLLO DE
PROYECTOS AUDIOVISUALES COMPLEMENTARIOS DE UN PROYECTO AUDIOVISUAL
PRINCIPAL PARA DIALOGAR CON MULTIPLES PLATAFORMAS
CAPITULO I. DEL OBJETO
Artículo 1º. El INCAA, a través de la Gerencia de Fomento a la
Producción de Contenidos para Televisión, Internet y Videojuegos,
convoca a REALIZADORES, PRODUCTORES Y DESARROLLADORES al PRIMER
CONCURSO PARA DESARROLLO DE PROYECTOS AUDIOVISUALES COMPLEMENTARIOS DE
UN PROYECTO AUDIOVISUAL PRINCIPAL PARA DIALOGAR CON MULTIPLES
PLATAFORMAS, a presentar PROYECTOS DE DESARROLLO DE APLICACIONES
JUGABLES ASOCIADAS A UN PROYECTO AUDIOVISUAL PARA DIALOGAR CON
MULTIPLES PLATAFORMAS, de acuerdo a las exigencias de calidad y formato
del mercado internacional.
Artículo 2º. Se elegirán hasta CINCO (5) proyectos ganadores, para
acceder a un premio de una suma de hasta PESOS CIENTO CINCUENTA MIL ($
150.000,00.-)
Artículo 3º. Los proyectos deberán ser realizados y concluidos en su
totalidad con el aporte del INCAA, pudiéndose conseguir aportes
complementarios. Si en su defecto los costos de producción excedieron
al valor presupuestado y presentado oportunamente al concurso
corresponderá exclusivamente al presentante del proyecto que resulte
ganador el aporte de los recursos complementarios.
Artículo 4º. El proyecto (concepto de cada juego) deberá ser inédito,
apto para dispositivos móviles, estar asociado a un proyecto
audiovisual principal y deberá realizarse en un plazo máximo de SETENTA
Y CINCO (75) días corridos, a partir de la acreditación total de la
primera cuota que será abonada luego de la firma del contrato. Es
admisible un concepto de videojuego de un género estándar siempre y
cuando tenga aportes originales.
Artículo 5º. En ningún caso se considerará apto para este concurso un concepto de un juego ya publicado o conocido.
CAPITULO II. DE LA CONVOCATORIA
Artículo 6º. Fíjese un período para la presentación de los proyectos,
desde el 1 de Julio hasta el 23 de Julio de 2013, como fechas de
apertura y cierre de las presentaciones del llamado a Concurso.
Artículo 7º. Los proyectos deberán presentarse en Mesa de Entradas del
Instituto Nacional de Cine y Artes Audiovisuales – INCAA, o enviarse
por correo postal a Lima 319, Piso 1º, Código Postal C1073AAG. En los
casos de remisiones por vía postal se tomará la fecha de imposición de
la Oficina de Correos que se trate. No se aceptarán inscripciones
presentadas o enviadas por correo, fuera del plazo establecido.
Artículo 8º. Los proyectos deberán presentarse de conformidad a lo establecido en las presentes Bases, así como en sus ANEXOS.
Artículo 9º. Quienes sean seleccionados como ganadores, deberán adecuarse a lo establecido en las presentes bases y condiciones.
Artículo 10º. Los interesados podrán presentar hasta DOS (2) proyectos.
Los proyectos presentados en este concurso no podrán participar en
ningún otro llamado que convoque el INCAA hasta que no se encuentre
publicada en el Boletín Oficial la nómina de ganadores. En caso de
incumplimiento el proyecto se tendrá por no presentado en ninguno de
los concursos y si hubiese sido seleccionado como ganador se tendrá por
decaído el premio, debiendo el presentante restituir toda suma que
hubiese percibido.
Artículo 11º. No se premiará más de un proyecto por REALIZADOR, PRODUCTOR o DESARROLLADOR.
CAPITULO III. DE LOS PRESENTANTES
Artículo 12º. El concurso está dirigido a REALIZADORES, PRODUCTORES Y
DESARROLLADORES argentinos o extranjeros que residan en Argentina. A
los fines de este concurso se considera como REALIZADORES, PRODUCTORES
Y DESARROLLADORES a aquellos que hayan realizado por lo menos una
producción AUDIOVISUAL DE APLICACIONES JUGABLES cuya calidad no sea
inferior a lo requerido en este concurso y/o haber resultado ganador de
un concurso Nacional o Internacional.
Artículo 13º. Los PRESENTANTES pueden ser personas físicas o personas
jurídicas, quienes a los fines administrativos y legales, serán
considerados los Productores Responsables de los mismos,
independientemente si desempeñan otro rol en el proyecto y se los
denominará directamente PRESENTANTES. Estos serán los responsables
frente al INCAA y son quienes suscribirán los contratos respectivos en
caso de resultar ganadores.
Artículo 14º. Si el PRESENTANTE fuera una persona jurídica, deberá
adjuntarse fotocopia debidamente certificada del Estatuto o Contrato
Social actualizado de donde surja el domicilio legal y la última
distribución de cargos, así como demás documentación necesaria a
efectos de acreditar la personería invocada, según corresponda.
Asimismo, deberá adjuntarse un poder otorgado por escribano público a
favor de la persona responsable frente al Proyecto para el caso de no
tratarse del máximo Titular del órgano social respectivo, quien será
considerado el PRESENTANTE a todos los fines. Quien firme el contrato
deberá tener poder suficiente para disponer de sumas de dinero en
nombre de la sociedad representada.
Artículo 15º. Al menos DOS (2) participantes de cada proyecto deberán
demostrar residencia fehaciente en el país no menor a DOS (2) años, no
siendo suficiente el domicilio que figure en el DNI o pasaporte ni
certificados de domicilio extendidos por autoridad de aplicación. Dicha
acreditación puede realizarse mediante facturas de servicios a nombre
de los participantes (una correspondiente al último mes y otra de 24
meses de antigüedad), contrato de alquiler. No siendo suficiente el
certificado de domicilio emitido por la autoridad policial.
Artículo 16º. Cada proyecto deberá contar con profesionales en los
roles de PRODUCTOR DE VIDEOJUEGOS, GAME DESIGNER, GAME ARTIST Y
PROGRAMADOR y presentar la información curricular de cada uno de ellos.
Artículo 17º. Cuando se trate de personas jurídicas deberán acreditar también un capital nacional mínimo del 70%.
Artículo 18º. No se admitirán inscripciones de PRESENTANTES
directamente vinculados a miembros del Jurado y del INCAA, pudiendo
impugnarse la inscripción en caso que esta situación se presente en
cualquier fase del concurso. Se entiende como directamente vinculadas a
todas las personas que mantengan una relación laboral con el Instituto,
así como familiares y consanguíneos hasta tercer grado de afinidad.
Artículo 19º. No podrá ser beneficiario del presente Concurso, toda
aquella persona física o jurídica que habiendo ganado algún Concurso
que gestione directa o indirectamente el INCAA, no haya dado
cumplimiento pleno del Contrato suscripto oportunamente y/o que haya
obtenido informes sumamente negativos por parte del Tutor o Productor
Delegado asignado, quedando a consideración la decisión final de su
participación.
Artículo 20º. Los PRESENTANTES deberán presentar la documentación de la
aplicación jugable que esperan desarrollar siguiendo la descripción y
sugerencias detalladas en el ANEXO II.
Artículo 21º. La sola presentación implica aceptación plena de las bases de este concurso.
CAPITULO IV. DEL JURADO
Artículo 22º. La Presidenta del INCAA nombrará un Jurado de CINCO (5)
miembros conformado por personalidades destacadas del ámbito
audiovisual.
Artículo 23º. Se evaluarán exclusivamente los proyectos asociados o referentes a un proyecto audiovisual.
Artículo 24º. El jurado interviniente seleccionará hasta CINCO (5)
GANADORES del PRIMER CONCURSO PARA DESARROLLO DE PROYECTOS
AUDIOVISUALES COMPLEMENTARIOS DE UN PROYECTO AUDIOVISUAL PRINCIPAL PARA
DIALOGAR CON MULTIPLES PLATAFORMAS.
Artículo 25º. Sin perjuicio de lo establecido en los artículos
anteriores, de considerarlo necesario, el jurado declarará desierto en
forma total o parcial el concurso.
Artículo 26º. La decisión que adopte el jurado será inapelable.
CAPITULO V. DE LOS GANADORES Y EL CONTRATO
Artículo 27º. Los PRESENTANTES de los proyectos que resulten ganadores
firmarán un contrato con el INCAA para el desarrollo del proyecto. En
el citado contrato se fijará la modalidad de liquidación del total del
premio.
Artículo 28º. El citado contrato implica la realización integral y
entrega de un Gran Concepto (High Concept) de APLICACIONES JUGABLES
ASOCIADAS A UN PROYECTO AUDIOVISUAL PARA DIALOGAR CON MULTIPLES
PLATAFORMAS acompañado por una DEMO jugable, que deberá ser
cumplimentado en un plazo máximo de SETENTA Y CINCO (75) días corridos
a partir del pago total de la primera cuota y con un presupuesto total
de PESOS CIENTO CINCUENTA MIL ($ 150.000), el cual debe ser rendido
bajo las condiciones que constan en estas bases, pudiendo los
realizadores, productores o desarrolladores conseguir aportes
complementarios cualquiera sea el presupuesto total.
Artículo 29º. Los ganadores, deberán entregar un Gran Concepto (High
Concept) inédito, acompañado por una DEMO jugable en cualquiera de las
siguientes plataformas: Apple iPad 2 (con iOS 5 o superior) o Android
2.3 o superior, según las especificaciones del ANEXO VI. Y debe
contemplar la creación de un PROYECTO DE APLICACIONES JUGABLES
ASOCIADAS A UN PROYECTO AUDIOVISUAL PARA DIALOGAR CON MULTIPLES
PLATAFORMAS, de estándares aptos para el mercado internacional. Deberá
abordar temáticas universales y contemplar las reglas técnicas que éste
demanda.
Artículo 30º. La DEMO deberá mostrar una parte importante del futuro
juego, basándose en el concepto de “corte vertical”, que demuestre el
potencial del producto. Se sugiere tener esto en consideración al
diseñar la aplicación jugable, así como que se trate de un producto
específico para teléfonos inteligentes y tabletas, de acuerdo a las
especificaciones técnicas del ANEXO VI.
Artículo 31º. La entrega final deberá ser presentada en un disco rígido
externo, de conformidad con las especificaciones técnicas detalladas en
el ANEXO VI.
Artículo 32º. El premio será abonado en 2 cuotas, un SETENTA Y CINCO
por ciento (75%) al momento de la firma del contrato suscripto y la
segunda cuota, el VEINTICINCO por ciento (25%) con la entrega final del
proyecto, acompañado por el informe final del tutor y la rendición
total ante Control de Rendiciones del INCAA, de acuerdo a la Resolución
Nº 508/2013/INCAA. Asimismo también se deberá dar cumplimiento con los
certificados de libres deudas que acrediten la cancelación del pago de
obligaciones laborales, gremiales y/o sindicales correspondientes.
Artículo 33º. Los ganadores deberán inscribirse en el Registro de Productores de TV del INCAA.
Artículo 34º. Los derechos patrimoniales serán de exclusiva tenencia
del productor y/o coproductores y de aquellos que detenten algún
derecho sobre el PROYECTO.
Artículo 35º. La comercialización del proyecto y los beneficios que
ello pueda traer aparejado quedan exclusivamente a favor del
PRESENTANTE.
Artículo 36º. El incumplimiento del CONTRATO a firmarse con el
PRESENTANTE que resulte ganador del presente CONCURSO, así como el
incumplimiento de las presentes bases, dará derecho al INCAA, previa
intimación por 10 días corridos, a declarar la caducidad del proyecto y
reclamar la devolución de las sumas que se hubieran entregado más los
intereses correspondientes.
CAPITULO VI. DEL SEGUIMIENTO
Artículo 37º. La Presidenta del INCAA designará un TUTOR para los
proyectos que resulten ganadores, quien tendrá intervención en carácter
de asesor técnico y artístico, certificando mediante informes escritos
las diferentes etapas de desarrollo de la aplicación jugable. Deberá
remitir dichos informes al INCAA.
Artículo 38º. Los ganadores considerarán de buena fe los aportes
efectuados por el TUTOR designado y acogerán sus sugerencias con
respecto al contenido del proyecto y su realización.
CAPITULO VII. DEL PRESUPUESTO Y DE LOS PAGOS
Artículo 39º. Los montos que resulten de la aplicación de los
porcentajes detallados a continuación se entregarán con cargo de
rendición de cuentas pormenorizadas en relación al presupuesto
definitivo aprobado por EL TUTOR, designado por el INCAA al PROYECTO,
la que será condición previa a la percepción de la cuota subsiguiente,
sin perjuicio de los requisitos establecidos a los fines de la
acreditación de cada etapa. La rendición aludida deberá efectuarse de
forma debidamente documentada y de acuerdo a la reglamentación vigente
al respecto tal como se mencionó ut supra. El monto total estipulado
del Premio descripto se dividirá según el siguiente detalle:
a. CUOTA 1 / SETENTA Y CINCO POR CIENTO (75%) luego de la suscripción del CONTRATO.
b. CUOTA 2 / VEINTICINCO POR CIENTO (25%) en concepto de REINTEGRO
luego de la aprobación de la entrega final del Proyecto, el informe
final del tutor y la aprobación total de la Rendición General de Gastos.
Asimismo a los efectos del pago de la cuota 2 la Coordinación del Concurso deberá disponer de la siguiente documentación:
i. Recibo X, como constancia de recepción de la CUOTA 1 y 2 y extracto
bancario del PRESENTANTE beneficiario del premio que acredite el
depósito respectivo.
ii. Rendición total de gastos suscripta por Contador Público
matriculado y certificado por el Consejo Profesional Nacional o
Provincial correspondiente presentado según los rubros del presupuesto
definitivo aprobado por el TUTOR.
iii. Declaración de Responsabilidad sobre uso de obras de terceros, uso
de imagen, uso de archivo gráfico o sonoro, uso de música y
cualesquiera otras utilizadas en la producción del PROYECTO,
conjuntamente con todas las copias de las autorizaciones respectivas de
cesión de derechos debidamente refrendadas.
CAPITULO VIII. DE LAS OBLIGACIONES
Artículo 40º. Son responsabilidades del INCAA:
a. Efectuar el pago al PRESENTANTE beneficiario del premio, de los
montos previstos, en función de la solicitud realizada por la
Coordinación del Concurso de conformidad a lo establecido en las
presentes Bases y Condiciones y de acuerdo a la disponibilidad
presupuestaria.
b. Contratar a los tutores.
c. Colaborar con el TUTOR designado, las veces que este lo requiera, en el seguimiento del proceso de producción del PROYECTO.
d. Ejercer las sanciones contempladas para el caso de incumplimiento
por parte del PRESENTANTE beneficiario del premio en las presentes
Bases, en caso de corresponder.
Artículo 41º. Son OBLIGACIONES del PRESENTANTE beneficiario del premio:
a. Producir integralmente el PROYECTO, siendo fiel al proyecto
seleccionado en el Concurso respetando especialmente las disposiciones
referentes a la propuesta y plan de producción, presupuesto, cronograma
y calidad de entrega del presente, debiendo informar al TUTOR cualquier
anormalidad o irregularidad que pueda ser constatada, para que decidan,
en conjunto, cómo reparar tales situaciones, siendo deber del
PRESENTANTE beneficiario del premio acatar tal decisión.
b. Si en el transcurso del desarrollo de la realización se produjeran
cambios en el equipo técnico el PRESENTANTE beneficiario del premio,
tendrá la obligación de comunicarlo argumentando las razones de dicho
cambio, así como cualquier eventual alteración al PROYECTO, deberán
obtener previa y formal autorización del TUTOR.
c. Realizar la producción del PROYECTO, responsabilizándose por la
contratación y desempeño de los profesionales especializados
contratados para formar el equipo técnico. Además debe
responsabilizarse por la remuneración y encargos tributarios, sociales,
laborales y administrativos e indemnizaciones, incidentes sobre los
servicios de su exclusiva responsabilidad, según lo acordado por medio
del CONTRATO que celebre oportunamente.
d. Garantizar que los recursos previstos serán exclusivamente utilizados en la realización del PROYECTO.
e. Colaborar con las solicitudes del TUTOR y/o el INCAA efectuadas para
fines de fiscalización y/o informes sobre la aplicación de los recursos
financieros referentes a la realización del PROYECTO.
f. Entregar una Rendición de Gastos debidamente documentada de los fondos otorgados de acuerdo a la normativa vigente.
g. Proveer al TUTOR los materiales e informes pertinentes.
h. Como consecuencia de lo establecido precedentemente, corresponderá
exclusivamente al PRESENTANTE beneficiario del premio la
responsabilidad por cualquier reclamo, pleito de indemnización o
cualquier otro cargo derivado de referidas autorizaciones, literaria,
dramática, teatral, musical, fonográfica, televisiva, cinematográfica o
cualquier otra relacionada con el objeto del presente, comprometiéndose
a mantener indemne al INCAA por cualquier reclamo en tal sentido.
i. Por consiguiente, el PRESENTANTE será el único responsable de los
efectos resultantes de la planificación, ejecución y puesta en marcha
del PROYECTO, y se compromete a mantener indemne al INCAA, con relación
a cualquier reclamo o acción de terceros cualquiera sea su naturaleza,
hasta la finalización del presente, debiendo hacerse cargo en forma
exclusiva y excluyente de la posible indemnización, daños, costos,
costas y honorarios.
Artículo 42º. Efectuar el pago de todas las obligaciones, aranceles,
impuestos, tasas, obligaciones de previsión y obra social que
corresponda para la producción integral del PROYECTO y que deban
efectivizarse a las entidades respectivas, o a cualquier otra entidad a
la que debiere pagarse cualquier importe en virtud de la producción del
PROYECTO.
Artículo 43º. Cumplir con las especificaciones técnicas que se adjuntan a las presentes Bases como ANEXO VIII.
CAPITULO IX. DE LAS DISPOSICIONES GENERALES
Artículo 44º. Es a cargo del presentante el registro de la propiedad
intelectual de la obra así como la contratación de los artistas,
intérpretes o ejecutantes y con los productores de fonogramas y el pago
de los derechos que resulten necesarios para el cumplimiento del objeto
del presente concurso.
Artículo 45º. Dentro de los TREINTA (30) días corridos a contar desde
la publicación de la Resolución que aprueba la declaración de los
ganadores, deberán retirarse los proyectos que no hubieren sido
seleccionados. Vencido dicho plazo se procederá a la destrucción de los
mismos.
Artículo 46º. Para todos los efectos de la Resolución que aprueba las
presentes Bases y Condiciones así como sus Anexos, las partes se
someten a la jurisdicción de los Juzgados Nacionales del Fuero
Contencioso Administrativo Federal.
Artículo 47º. En los presupuestos que se presenten deberán contemplar
las correspondientes cargas sociales de todos los trabajadores.
CAPITULO X. DE LAS SANCIONES
Artículo 48º. Expresamente se establece que la falta de cumplimiento, a
modo enunciativo, del plazo de realización, la falta de entrega o la
entrega deficiente de los informes descriptivos del PROYECTO o del
material requerido en estas bases, será pausible de recibir sanciones.
Producido dicho extremo EL TUTOR informará dicha situación a la
Coordinación del Concurso del INCAA, quién podrá intimar al PRESENTANTE
beneficiario del premio por el término de DIEZ (10) días corridos a su
cumplimiento, bajo apercibimiento de declarar caduco el proyecto y
exigírsele la devolución de las sumas ya pagadas con más sus intereses
correspondientes y hacerlo responsable por los daños y perjuicios
causados.
ANEXO II
PRESENTACION DE LOS PROYECTOS
Los interesados deberán cumplimentar los siguientes requisitos para la presentación de los proyectos:
A. PRESENTACION Y CARPETAS
A.1. Los proyectos deberán ser presentados en sobre cerrado conteniendo una copia, impresa en tamaño A4 y anillada.
A.2. En el exterior de los sobres y en la carátula de cada carpeta
deberá leerse, en forma notoria, “PRIMER CONCURSO PARA DESARROLLO DE
PROYECTOS AUDIOVISUALES COMPLEMENTARIOS DE UN PROYECTO AUDIOVISUAL
PRINCIPAL PARA DIALOGAR CON MULTIPLES PLATAFORMAS”, título del
proyecto, nombre y apellido del PRODUCTOR y/o PRODUCTORA PRESENTANTE al
concurso, número de documento, teléfonos de contacto, domicilio y
dirección de correo electrónico. La documentación original se exige por
lo menos en una de las carpetas, pudiendo ser fotocopiada en las
carpetas restantes.
A.3. Los sobres deberán ser presentados por Mesa de Entradas en el
INCAA (Lima 319, piso 1º, CP: 1073, CABA) en el horario de 10:00 a
17:00 horas o por vía postal.
A.4. Los proyectos permanecerán cerrados hasta que el Jurado interviniente los abra.
A.5. Se deja constancia que quien resulte ganador deberá poseer todos
los derechos o encontrarse facultado para ceder los mismos.
A.6. El incumplimiento de alguno de los requisitos o formas de
presentación dispuestos en este Anexo producirá la automática
eliminación de la participación en el Concurso.
B. DOCUMENTACION
B.1. Cesión de derechos por escrito y con firma certificada por
escribano público o entidad bancaria extendida por el autor o autores
de la obra, en el caso de no ser él mismo presentante del proyecto.
B.2. La Cesión de derechos por parte de quién o quiénes lo detenten debe extenderse claramente a los presentantes.
B.3. Cesión de Derechos que correspondan con firma certificada.
B.4. Declaración Jurada según Resolución Nº 2583/2009/INCAA, que se puede imprimir de la página del INSTITUTO:
http://www.incaa.gov.ar/castellano/includes/tng/pub/tNG_download4.phpid_fom=142&KT_download1=34a5c0bda54b951f269392b3a77e9970
B.5. Constancia de inscripción ante la AFIP.
B.6. Fotocopia autenticada del Documento Nacional de Identidad (primera, segunda hoja y cambio de domicilio).
B.7. En caso de corresponder la presentación del Estatuto Social de
donde surja la distribución de cargos para el caso de personas
jurídicas, fotocopia del mismo con certificación de escribano público.
Para este último caso deberá presentarse el último balance registrado
ante el órgano de control respectivo. En caso de firmar un apoderado,
el mismo deberá presentar poder suficiente de donde surja claramente la
capacidad de disponer sumas de dinero en nombre de la sociedad
representada.
B.8. Datos bancarios del PRESENTANTE: entidad bancaria, sucursal, tipo
y número de cuenta y CBU (Clave Bancaria Unificada) expedido por
autoridad bancaria.
B.9. No encontrarse ni concursado ni en quiebra.
B.10. Carta del presentante que tendrá carácter de Declaración Jurada
manifestando que no se ha dado inicio al DESARROLLO del proyecto
inscripto al presente concurso.
B.11. Documentación de residencia: por lo menos 2 participantes de cada
proyecto, deberán demostrar residencia fehaciente en el país no menor a
2 años, no siendo suficiente el domicilio que figure en el DNI o
pasaporte ni certificados de domicilio extendidos por autoridad de
aplicación. Dicha acreditación puede realizarse mediante facturas de
servicios a nombre de los participantes (una correspondiente al último
mes y otra de 24 meses de antigüedad), contrato de alquiler y/o
certificado de domicilio emitido por la policía correspondiente de
donde surja la residencia por el período requerido.
B.12. Antecedentes del PRODUCTOR DE VIDEOJUEGOS, GAME DESIGNER, GAME ARTIST Y PROGRAMADOR.
B.13. Antecedentes y carta intención del Productor General, exigido por la presente Resolución.
B.14. En caso de que el presentante, lo haga asociado a una productora,
deberá acompañarse el contrato de coproducción correspondiente con las
firmas de las partes autenticadas por escribano público o entidad
bancaria.
C. REQUISITO DE MATERIALES
C.1 Gran Concepto (High Concept):
C.1.1 DESCRIPCION: El Gran Concepto (High Concept) es un documento de
diseño que tiene como objetivo presentar la idea del futuro videojuego
a desarrollar. Se trata de un documento breve y conciso, donde se
detallan sintéticamente la idea general del videojuego, sus
características de jugabilidad (gameplay), el setting, la tecnología
implicada, licencias de software, los productos contra los que
competirá, y los plazos y costos de producción. A modo de ejemplo, se
provee en el ANEXO VII un template guía para la producción de un Gran
Concepto (High Concept), así como un listado de sugerencias para su
presentación.
C.1.2 OBJETIVO: El Gran Concepto (High Concept) debe dar una idea clara
de cómo será el videojuego que se pretende desarrollar: su temática, su
gameplay, las características principales y los elementos únicos que lo
diferenciarán del resto haciéndolo original, innovador y atractivo.
C.1.3 CONCEPT ART: El Gran Concepto (High Concept) debe contar con un
diseño gráfico de buena calidad. Se valorará la presentación de arte de
concepto, gráfica o piezas artísticas que ejemplifiquen el gameplay o
las características, interfaces, ambientes, personajes, objetos o
situaciones especiales que ayuden a comprender y a lucir la idea. Estas
piezas gráficas deberán estar integradas al Gran Concepto (High
Concept), excepto que se acompañe el documento con videos u otros
materiales visuales o sonoros.
C.1.4 PRESENTACION: A los fines prácticos el Gran Concepto (High
Concept) deberá presentarse en formato PDF. Si se adjuntan trailers u
otros elementos audiovisuales, es recomendable empaquetar todo en un
archivo simple comprimido ZIP o RAR. Todo debe estar siempre etiquetado
o nombrado por los autores. Para saber cómo enviar el material, ver
Plazos y forma de entrega del Gran Concepto (High Concept) en las bases
del concurso.
C.1.5 Se requiere en el Gran Concepto (High Concept) el detalle de los
aspectos técnicos del juego completo, licencias a utilizarse, plazos y
costos de producción, según se puede ver en el template guía.
C.2 Temática de los conceptos:
a. El game design debe ser innovador.
b. Se puede abarcar cualquier género o combinación de éstos.
c. En caso de ganar, la demo deberá funcionar en un iPad 2 (con iOS 5 o
superior), una tableta con sistema operativo Android 2.3 o superior, o
un teléfono inteligente con sistema operativo cualquiera de los
sistemas operativos anteriormente mencionados. A su debido tiempo el
INCAA proveerá los UDID de sus dispositivos para la firma de los
binarios.
d. En caso de ganar, la demo deberá realizarse íntegramente en tres
meses, por lo que el diseño debería contemplar un videojuego
realizable, evitando los proyectos muy ambiciosos.
e. El proyecto debería ser pensado como transmedia o ser expandible.
f. Se admiten conceptos de un jugador así como multijugador.
g. La futura demo a realizar podrá simular algunas características
relativas a las funciones de social media, a fin de posibilitar el
desarrollo en el plazo disponible.
C.3 Bocetos de los personajes principales.
C.4 Bocetos de por lo menos 2 pantallas.
C.5 Diseño y Plan de producción (diagrama de tiempos de preproducción, producción).
C.6 Presupuesto del desarrollo total y cronograma.
D. COPIA DIGITAL DE LA CARPETA
Esta Copia digital será idéntica a la Carpeta Impresa, grabada en soporte DVD-ROM y siguiendo las siguientes especificaciones:
D.1 Un DVD-ROM que deberá contener UNA (1) Carpeta identificada con el
nombre del Proyecto, la que contendrá TRES (3) Sub-carpetas con los
siguientes títulos: DOCUMENTACION, PROYECTO Y MATERIAL ADICIONAL (esta
última es optativa).
D.2 Las Sub-carpetas DOCUMENTACION Y PROYECTO deberán contener, cada
una, un solo archivo en formato PDF. Dichos Archivos deberán ser una
copia digital exacta (siguiendo el mismo orden) de los apartados
“DOCUMENTACION” y “REQUISITO DE MATERIALES”, según corresponda, de la
Carpeta impresa.
D.3 MATERIAL ADICIONAL. Es optativa y podrán incluir, si los
PRESENTANTES así lo desean, fotografías, videos, audio, un demo reel,
referencias externas, cartas de apoyo y cualquier otro material
adicional que consideren de utilidad como complementario del proyecto.
D.4 La carpeta denominada MATERIAL ADICIONAL, es optativa y podrá
constar de hasta DOS (2) Sub-carpetas según el siguiente detalle:
D.5 A la primera Sub-carpeta deberá denominársela IMAGENES, ésta podrá contener:
1. Hasta DIEZ (10) archivos en formato JPEG como máximo, diferentes a los presentados en las otras carpetas.
2. Se pueden anexar REFERENCIAS EXTERNAS, como complemento al diseño de
personajes o la animación, pero de ninguna manera sustituyen al
material original solicitado.
D.6 La SEGUNDA Sub-carpeta deberá denominársela DOCUMENTOS, y podrá
contener: cartas de apoyo, recomendaciones, declaraciones de Interés,
cartas de intención, referencias de la productora, etc. Estas deberán
adjuntarse en Formato PDF o JPEG.
Cualquier material que no cumpla con los presentes requisitos no será
entregado al Jurado para su evaluación. No se tendrá en cuenta
cualquier otro material remitido que no se encuadre en lo aquí
especificado.
ANEXO III
GERENCIA DE FOMENTO A LA PRODUCCION DE CONTENIDOS PARA TELEVISION, INTERNET Y VIDEOJUEGOS
DECLARACION JURADA
AL Ing. Germán CALVI – Gerente
Gerencia de Fomento a la Producción de Contenidos para Televisión, Internet y Videojuegos
Yo,………………………………………………………………………………………………
PRESENTANTE del Proyecto,…………………………………………………………………
DNI N°………………………………….
Con domicilio en………………………………………………………………………………..
Declaro bajo juramento conocer y aceptar las bases del PRIMER CONCURSO
PARA DESARROLLO DE PROYECTOS AUDIOVISUALES COMPLEMENTARIOS DE UN
PROYECTO AUDIOVISUAL PRINCIPAL PARA DIALOGAR CON MULTIPLES PLATAFORMAS,
para productoras con antecedentes.
Que entiendo y acepto los Artículos del llamado a Concurso referidos a
la prohibición de participar con este mismo proyecto en otro Concurso
del INCAA hasta la publicación en el Boletín Oficial de la lista de
ganadores.
Entiendo, a su vez, que de haber resultado ganador de algún Concurso
del INCAA, no podré acceder a ningún beneficio de la presente
convocatoria hasta tanto no haya cancelado todas las obligaciones
derivadas del respectivo Contrato. Todo ello con anterioridad al
Dictamen Final del Jurado interviniente.
Asimismo declaro que el presente Proyecto no ha resultado seleccionado
para su realización en otro Concurso Nacional o Internacional.
Asimismo, declaro también que el PROYECTO presentado a este concurso es INEDITO.
Que reúno los requisitos necesarios para participar del Concurso mencionado.
En caso de falsedad en la información o en la documentación presentada
o trasgresión a las prohibiciones establecidas me someto a las
disposiciones administrativas que correspondan.
FIRMA Y ACLARACION
ANEXO IV
FORMULARIO DE INSCRIPCION
PERSONA FISICA:
Datos del presentante
Nombre/s: |
|
Apellido/s: |
|
Roll en el proyecto: |
|
D.N.I.: |
|
CUIT / CUIL: |
|
Domicilio: |
|
Provincia: |
|
Localidad: |
|
Nacionalidad: |
|
Teléfono fijo: |
|
Teléfono móvil: |
|
e-mail: |
|
Firma:
Aclaración:
ANEXO V
FORMULARIO DE INSCRIPCION
PERSONA JURIDICA:
Datos de la productora presentante
Razón social: |
|
Nombre de fantasía: |
|
CUIT / CUIL: |
|
I.V.A.: |
|
Domicilio: |
|
Código postal: |
|
Provincia: |
|
Localidad: |
|
Teléfono: |
|
Datos de contacto para el proyecto:
Nombre/s: |
|
Apellido/s: |
|
Roll en el proyecto: |
|
D.N.I.: |
|
CUIT / CUIL: |
|
Domicilio: |
|
Provincia: |
|
Localidad: |
|
Nacionalidad: |
|
Teléfono fijo: |
|
Teléfono móvil: |
|
e-mail: |
|
Firma:
Aclaración:
ANEXO VI
ENTREGA DE MATERIALES
A. ENTREGA DE MATERIAL
A.1 Se deberá diseñar y producir un Gran Concepto (High Concept) completo del proyecto.
A.2 El Gran Concepto (High Concept) deberá entregarse impreso en un tamaño máximo que no podrá superar el de un formato A4.
A.3 El diseño podrá ser libre y deberá ser acorde al estilo gráfico propuesto en el proyecto.
A.4 El Gran Concepto (High Concept) contendrá como mínimo los
requisitos para la presentación al concurso más los siguientes ítems:
a. Sinopsis del proyecto
b. Descripción del videojuego
c. Mecánica
d. Propuesta Estética
e. Diseño de personajes*
f. Diseño de fondos y/o locaciones
g. Ficha técnica de los personajes*
h. Plan de producción
i. Presupuesto estimado para la realización total del videojuego
j. Soporte digital incluido (CD, DVD o pen drive)
*Solo deberán presentar obligatoriamente estos tres puntos, aquellos proyectos que contengan personajes.
A.5 Todo el diseño y contenido del Gran Concepto (High Concept) deberá presentarse en versión ESPAÑOL e INGLES.
A.6 El Gran Concepto (High Concept) deberá entregarse en formato PDF
(Portable Data File) una versión por cada idioma en alta resolución, no
menor a
300 dpi y a tamaño real.
A.7 Afiche del VIDEOJUEGO con diseño vertical tamaño A4 y en formato
PDF (Portable Data File) una versión por cada idioma en alta
resolución, no menor a 300 dpi y a tamaño real.
A.8 Un TRAILER de 1:00 minuto mínimo y hasta 1:30 como máximo (con subtítulos de ser necesario).
A.9 El TRAILER deberá entregarse en:
a. QuickTime HD
b. Formato: 1080p (1920 x 1080 pixels)
c. Audio: AAC, 44100 Hz, Stereo (L R)
d. FPS: 25
A.10 Un DEMO DE VIDEOJUEGO jugable.
A.11 El DEMO DE VIDEOJUEGO deberá entregarse en:
a. Formato IOS 5 (para iPad)
A.12 Se deberá realizar la localización del juego al inglés.
A.13 Cinco (5) capturas de diferentes pantallas
B. REQUISITOS ADMINISTRATIVOS
B.1 Presentar todas las autorizaciones y cesiones de uso que permitan
la utilización y la promoción del material entregado (ej: guión,
música, locución, sonido, voces et.).
B.2 Todo el material deberá entregarse en un disco externo con formato NTFS
C.3 Presupuesto (de acuerdo a las especificaciones en el ANEXO VIII)
ANEXO VII
TEMPLATE GUIA
A. GUIA PARA LA REALIZACION DE UN GRAN CONCEPTO (HIGH CONCEPT)
A.1 El template a continuación se provee simplemente como guía de
contenido para la creación del Gran Concepto (High Concept), el que se
espera contenga un diseño estético especial y luzca arte de concepto
que permita entender y lucir la idea original para el concurso. El Gran
Concepto (High Concept) resultante puede tener tantas páginas como sea
necesario, siempre atendiendo a la brevedad ya que sólo deben
detallarse aquellas características que permitan comprender cómo sería
el juego a desarrollar (debería bastar con 4-6 páginas). Se pueden
agregar videos de gameplay simulado o audio si hiciere falta o se
considera que así se genera una mejor impresión. El objetivo es, en
todo caso, impactar al jurado.
01. IDEA GENERAL DEL VIDEOJUEGO
(De qué se trata. En dos líneas de texto o tan breve como sea posible)
02. CARACTERISTICAS ESPECIALES
(Virtudes centrales en los que se apoya el diseño. Lista punto por
punto de 3-5 oraciones por ítem. Aquí se detalla lo innovador del
diseño y la idea)
03. PERSPECTIVA GENERAL
04. MOTIVACION DEL JUGADOR
(Explicar por qué resultaría atractivo jugar este juego, por qué
alguien querría comprarlo y recomendarlo por encima de otro producto
similar o en actual desarrollo)
05. GENERO
(Debe encajar dentro de lo conocido, al menos en forma transitoria,
para ubicar a quien estudia el proyecto. Por ejemplo: juego de rol,
carreras, aventuras, acción, etc. Si es una combinación de géneros,
explicarlo con claridad)
06. PUBLICO OBJETIVO
(Segmento de público, por rango de edades y poder adquisitivo al que se orientan los elementos visuales y de jugabilidad)
07. SOCIAL MEDIA
(Si el juego tiene extensión hacia las redes sociales, formas de
difusión de contenidos, logros, medallas, puntos, premios, viralidad)
08. COMPETENCIA
(Nombrar los productos similares del presente con los que compite este
juego. Nombrar con qué productos conocidos estará compitiendo al
momento de ser lanzado)
09. ARGUMENTOS UNICOS DE VENTA
(Mencionar todos los elementos singulares o especiales del juego. En
qué se diferencia del resto, tanto del pasado como del presente y del
futuro al momento de ser lanzado)
10. PLATAFORMA
(El juego deberá funcionar en iPad 1 con iOS 5)
11. METAS DE DISEÑO
(Explicar brevemente qué se espera lograr con este juego, en materia de
jugabilidad, gráfica o tecnología. Es lo que motiva al equipo de
desarrollo. Opcional)
12. PLAZOS DE DESARROLLO
(Estimación de cuánto tiempo podría llevar la realización del juego
completo, detallado por etapas (milestones y deadlines):
pre-producción, producción, alfa, beta, gold)
13. COSTOS DE DESARROLLO
(Estimación de costos según la cantidad de integrantes del equipo
(diseñadores, artistas, programadores, músicos, etc.) y los plazos de
desarrollo. Hay que sumar los costos operativos generales, precio de
las licencias de software, hardware, dispositivos de prueba y todo
aquello que hiciere falta para el desarrollo completo del videojuego).
14. DETALLES ADICIONALES
Adicionar cualquier información útil para la evaluación del proyecto.
Por ejemplo, quiénes son los autores del diseño y los recursos con los
que se cuenta (artistas, programadores, músicos, etc. si los hubiere).
Formas de contacto, direcciones web, teléfonos, emails, Twitter,
Facebook fanpage, portfolios online, etc.
ANEXO VIII
e. 03/07/2013 N° 49404/13 v. 03/07/2013