AUTORIDAD FEDERAL DE SERVICIOS DE COMUNICACION AUDIOVISUAL
Resolución Nº 592/2014
Bs. As., 27/5/2014
VISTO los Expedientes Nros. 301; 312; y 304/04 del registro del COMITE FEDERAL DE RADIODIFUSION, y
CONSIDERANDO:
Que a través del dictado de la Resolución Nº 323-AFSCA/14, se aprobaron
los pliegos de bases y condiciones generales y particulares, que
regirán los concursos públicos para la adjudicación de licencias a
personas físicas y jurídicas, con y sin fines de lucro, para la
instalación, funcionamiento y explotación de estaciones de
radiodifusión sonora por modulación de frecuencia, categorías E, F y G,
en el marco de lo dispuesto por el artículo 32 de la Ley Nº 26.522.
Que, asimismo, el citado acto administrativo llamó a concurso público
para la adjudicación de licencias del servicio de que se trata, en las
provincias de JUJUY, FORMOSA y CORDOBA.
Que si bien se consignó en dicho acto administrativo que el mismo fue
dictado por el Presidente del DIRECTORIO, corresponde aclarar que su
emisión fue acordada en el Acta de Directorio Nº 48-AFSCA/14, conforme
surge de sus antecedentes y considerandos, razón por la cual debe
entenderse que su dictado emana del DIRECTORIO de esta AUTORIDAD
FEDERAL DE SERVICIOS DE COMUNICACION AUDIOVISUAL.
Que, por su parte, se ha advertido que en la redacción de la Resolución
Nº 323-AFSCA/14 se ha incurrido en errores materiales al consignar los
parámetros técnicos oportunamente asignados por el organismo técnico,
correspondientes a los concursos públicos números SESENTA Y UNO (61),
SESENTA Y CUATRO (64), OCHENTA Y CUATRO (84), OCHENTA Y SEIS (86),
NOVENTA Y NUEVE (99), y CIENTO TREINTA Y CUATRO (134), cuya subsanación
resulta dable efectuar en el marco de lo dispuesto por el artículo 101
del Reglamento de Procedimientos Administrativos - Decreto Nº 1759/72
(t.o. 1991).
Que el DIRECTORIO de la AUTORIDAD FEDERAL DE SERVICIOS DE COMUNICACION
AUDIOVISUAL acordó el dictado del presente acto administrativo,
mediante la suscripción del acta correspondiente.
Que la DIRECCION GENERAL ASUNTOS JURIDICOS Y REGULATORIOS ha tomado la intervención que le compete.
Que la presente medida se dicta en uso de las facultades conferidas por
los artículos 12, inciso 1) de la Ley Nº 26.522 y 101 del Reglamento de
Procedimientos Administrativos - Decreto Nº 1759/72 (t.o. 1991).
Por ello,
EL DIRECTORIO DE LA AUTORIDAD FEDERAL DE SERVICIOS DE COMUNICACION AUDIOVISUAL
RESUELVE:
ARTICULO 1° — Aclárase que el dictado de la Resolución Nº 323-AFSCA/14
fue acordado por el DIRECTORIO de esta AUTORIDAD FEDERAL, en el Acta Nº
48-AFSCA/14, razón por la cual debe entenderse que su dictado emana del
DIRECTORIO de esta AUTORIDAD FEDERAL DE SERVICIOS DE COMUNICACION
AUDIOVISUAL.
ARTICULO 2° — Suprímanse los siguientes parámetros técnicos con
relación al concurso público Nº 84, correspondiente a la localidad de
COLONIA CAMPO VILLAFAÑE, provincia de FORMOSA (sector con fines de
lucro): Canal 215, frecuencia 90.9 MHz., Categoría E; Canal 217,
frecuencia 91.3 MHz., Categoría E; y Canal 229, frecuencia de 93.7
MHz., Categoría E.
ARTICULO 3° — Suprímanse los siguientes parámetros técnicos con
relación al concurso público Nº 86, correspondiente a la localidad de
EL COLORADO, provincia de FORMOSA (sector con fines de lucro): Canal
246, frecuencia 96.1 MHz., Categoría E.
ARTICULO 4° — Sustitúyanse las categorías “E” por categorías “F”, con
relación a los concursos públicos Nros. 61 y 134 (canales 222 y 298),
correspondientes a la localidad de RIO CEBALLOS, provincia de CORDOBA;
Nº 64 (canal 299), correspondiente a la localidad de RIO TERCERO,
provincia de CORDOBA; y Nº 99 (canal 269), correspondiente a la
localidad de PIRANE, provincia de FORMOSA.
ARTICULO 5° — Regístrese, comuníquese a las áreas pertinentes y a la
COMISION NACIONAL DE COMUNICACIONES, publíquese, dése a la DIRECCION
NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y cumplido, archívese. — MARTIN
SABBATELLA, Presidente del Directorio, Autoridad Federal de Servicios
de Comunicación Audiovisual.
e. 28/05/2014 Nº 36396/14 v. 28/05/2014