MINISTERIO DE SEGURIDAD
SECRETARÍA DE COOPERACIÓN CON LOS PODERES JUDICIALES, MINISTERIOS PÚBLICOS Y LEGISLATURAS
Resolución 11 - E/2016
Buenos Aires, 03/08/2016
VISTO el CUDAP: EXP-SEG: 4690/2016 del Registro del MINISTERIO DE
SEGURIDAD, la Ley de Ministerios (T.O. Decreto Nº 438 de fecha 12 de
marzo de 1992) y modificatorias, la Ley de Seguridad Interior Nº
24.059, la Ley de Patentes de Invención y Modelos de Utilidad N°
24.481, la Ley de Marcas y Designaciones N° 22.362, el Decreto Nº 328
de 7 de marzo de 2012, La Resolución MS Nº 1066 de fecha 6 de noviembre
de 2014 del registro del MINISTERIO DE SEGURIDAD, y
CONSIDERANDO:
Que la Ley de Ministerios (T.O. 1992) establece que es competencia del
MINISTERIO DE SEGURIDAD la determinación de una política criminal
específica que se traduce en la elaboración de planes y programas para
su aplicación, abocados a la gestión superior de las políticas públicas
de seguridad.
Que compete al organismo mencionado en el considerando precedente
asistir al Presidente de la Nación y al Jefe de Gabinete de Ministros,
en orden a sus competencias, en todo lo concerniente a la seguridad
interior, a la preservación de la libertad, la vida y el patrimonio de
los habitantes, sus derechos y garantías en un marco de plena vigencia
de las instituciones del sistema democrático.
Que en particular le corresponde a dicho Ministerio entender en la
determinación de los objetivos y políticas del área de su competencia,
como así también entender en el ejercicio del poder de policía de
seguridad interna y la dirección y coordinación de funciones y
jurisdicciones de las fuerzas policiales y de seguridad nacionales
(POLICÍA FEDERAL ARGENTINA, GENDARMERÍA NACIONAL, PREFECTURA NAVAL
ARGENTINA, POLICÍA DE SEGURIDAD AEROPORTUARIA) y provinciales.
Que en función de ello el organismo referido creó mediante Resolución
Ministerial Nº 1066 de fecha 6 de noviembre de 2014 el SISTEMA FEDERAL
DE COMUNICACIONES POLICIALES —SIFCOP—, que procura la automatización en
las comunicaciones de las medidas judiciales de todas las instancias
con las fuerzas policiales y de seguridad, a nivel federal.
Que el SISTEMA FEDERAL DE COMUNICACIONES POLICIALES —SIFCOP— posee como
objetivo conformar una base de datos única a nivel Federal que permita
registrar, consultar y transmitir toda la información vinculada con las
medidas Judiciales de orden Federal, Nacional, Provincial y de la
Ciudad Autónoma de Buenos Aires, aportando así información valiosa para
todos los Organismos pertenecientes al SISTEMA.
Que en la actualidad han adherido a la implementación y utilización del
SISTEMA FEDERAL DE COMUNICACIONES POLICIALES las carteras ministeriales
a cargo de las áreas de seguridad de las VEINTITRÉS (23) Provincias,
como así también la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, y se encuentran
trabajando de manera integral con el mencionado sistema, realizando el
diligenciamiento de todos los requerimientos judiciales, y todas
aquellas medidas judiciales que la autoridad competente considere que
deben ser puestas en conocimiento a nivel federal, por intermedio de la
citada herramienta informática.
Que asimismo, el Reglamento aprobado por la Resolución 1066/2014, prevé
la adhesión de organismos tanto administrativos como judiciales que
favorezcan el funcionamiento del citado sistema.
Que por lo expuesto, resulta necesario contar con una identificación
preestablecida a fin que el SISTEMA FEDERAL DE COMUNICACIONES
POLICIALES —SIFCOP— sea distinguido por los usuarios de los distintos
Organismos.
Que a través de la Ley Nº 24.481 sus normas modificatorias y
complementarias se aprobaron los regímenes de patentes de invención y
modelos de utilidad de la REPÚBLICA ARGENTINA.
Que en dicha norma se establecen los requisitos que deben tener las
solicitudes de patentes, marcas, indicaciones geográficas y modelos de
utilidad.
Que la Ley Nº 22.362 establece que pueden registrarse como marcas para
distinguir productos y servicios: una o más palabras con o sin
contenido conceptual; los dibujos; los emblemas; las imágenes; las
combinaciones de colores aplicadas en un lugar determinado de los
productos o de los envases; las combinaciones de letras y de números;
los relieves con capacidad distintiva y todo otro signo con tal
capacidad.
Que se efectuaron las consultas pertinentes con el INSTITUTO NACIONAL
DE LA PROPIEDAD INDUSTRIAL (INPI), atento que es órgano de aplicación y
regulación de la propiedad industrial, y es además el encargado de
otorgar títulos y asegura la observancia, entre otras, de las Leyes
Nros. 24.481 y 22.362.
Que en tal sentido, de la consulta efectuada al citado organismo
resulta viable registrar la marca y el diseño del escudo y el logo del
SISTEMA FEDERAL DE COMUNICACIONES POLICIALES —SIFCOP—, a fin de
resguardar el derecho al uso y goce del mismo.
Que a su vez, el artículo 8° de la Resolución M.S. N° 1066/2014,
autoriza a la SECRETARÍA DE COOPERACIÓN CON LOS PODERES JUDICIALES,
MINISTERIOS PÚBLICOS Y LEGISLATURAS, a dictar las normas
complementarias que sean necesarias para la implementación del SISTEMA
FEDERAL DE COMUNICACIONES POLICIALES —SIFCOP—.
Que la SUBSECRETARIA DE ASUNTOS JURÍDICOS del MINISTERIO DE SEGURIDAD ha tomado la intervención de su competencia.
Que la medida se encuadra en las facultades conferidas por el artículo 8 de la Resolución M.S. N° 1066/2014.
Por ello,
EL SECRETARIO DE COOPERACIÓN CON LOS PODERES JUDICIALES, MINISTERIOS PÚBLICOS Y LEGISLATURAS
RESUELVE:
ARTÍCULO 1° — Apruébese el escudo que identificará al SISTEMA FEDERAL
DE COMUNICACIONES POLICIALES —SIFCOP— que como ANEXO I
(IF-2016-00518464-APN-SECCPJMPYL#MSG) forma parte de la presente.
ARTÍCULO 2° — Apruébese el isologo que identificará al SISTEMA FEDERAL
DE COMUNICACIONES POLICIALES —SIFCOP— que como ANEXO II
(IF-2016-00518568-APN-SECCPJMPYL#MSG) forma parte de la presente.
ARTÍCULO 3° — Instrúyase a la SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA
dependiente de la SECRETARÍA DE COORDINACIÓN, PLANEAMIENTO Y FORMACIÓN,
a realizar las gestiones necesarias para proceder al registro de la
marca ante el INSTITUTO NACIONAL DE LA PROPIEDAD INDUSTRIAL (INPI).
ARTÍCULO 4° — Autorícese a la unidad de COORDINACIÓN DEL SISTEMA
FEDERAL DE COMUNICACIONES POLICIALES a efectuar las acciones necesarias
para la implementación y uso del escudo e isologo de identificación del
SISTEMA FEDERAL DE COMUNICACIONES POLICIALES —SIFCOP—.
ARTÍCULO 5° — Regístrese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL
REGISTRO OFICIAL, y archívese. — GONZALO CANÉ, Secretario, Secretaría
de Cooperación con los Poderes Judiciales, Ministerios Públicos y
Legislaturas.
ANEXO I
ANEXO II
e. 12/08/2016 N° 56378/16 v. 12/08/2016