Resolución 4029/2016
Buenos Aires, 29/09/2016
VISTO el Expediente N° 30059 del Registro del ENTE NACIONAL REGULADOR
DEL GAS, las Resoluciones del Ministerio de Energía y Minería de la
Nación N° 152 - E/16, N° 163 - E/16 y N° 173 - E/16; las Resoluciones
ENARGAS N° I-3953/16, N° I-3957/16, N° I-3971/16; N° I-3994/16, N°
I-4010/16 y N° I-4012/16 y
CONSIDERANDO:
Que por las Resoluciones de esta Autoridad Regulatoria citadas en el VISTO se convocó e instrumentó la Audiencia Pública N° 83.
Que todo el procedimiento de audiencia se rigió por las disposiciones
de la Resolución ENARGAS N° 3158/2005 y del Reglamento General de
Audiencias Públicas para el Poder Ejecutivo Nacional aprobado como
Anexo I del Decreto N° 1172/2003, que es receptado por aquél.
Que la Resolución ENARGAS N° 3158/2005, en su Anexo I, Capítulo 3,
Artículo 21, que recoge las previsiones contenidas en el Artículo 36
del Anexo I del Decreto N° 1172/2003, dispone, en lo aquí concierne,
que “El Área o Funcionario que el Directorio designe en los términos
del Artículo 3° del presente Reglamento deberá elevar al Directorio del
ENARGAS, en el plazo de DIEZ (10) días desde la finalización de la
Audiencia Pública, un informe de cierre que contenga la descripción
sumaria de las intervenciones e incidencias de la Audiencia, no
pudiendo realizar apreciaciones de valor sobre el contenido de las
presentaciones”.
Que en virtud del objeto de la audiencia, que involucra materias a
cargo del ENARGAS y del MINISTERIO DE ENERGÍA Y MINERÍA DE LA NACION, y
de los términos de la Nota NO-2016-01758879-APN-MEM, el citado informe
fue emitido en forma conjunta con referido Ministerio, a través de las
autoridades que la presidieron y obra agregado al Expediente ENARGAS N°
30059.
Que la Resolución ENARGAS N° 3158/2005 y el Decreto N° 1172/2003
disponen que, asimismo, se deberá dar cuenta de la realización de la
Audiencia Pública, mediante una publicación en el Boletín Oficial y un
informe —en su caso— en la página de Internet del Organismo, indicando:
a) objeto; b) fechas en que se sesionó; c) funcionarios presentes; d)
cantidad de participantes; e) lugar donde se encuentra a disposición el
expediente; f) plazos y modalidad de publicidad de la resolución final.
Que, en consecuencia, corresponde aprobar un AVISO a efectos de dar
publicidad sobre la Audiencia Pública N° 83, conforme la normativa
citada en el considerando anterior y la Nota NO-2016-01758879-APN-MEM.
Que en cumplimiento del Artículo 38 del Anexo I del Decreto N°
1172/2003 y de la Resolución ENARGAS N° 3158/2005, Anexo I, Capítulo 3,
Artículo 23, en un plazo no mayor de TREINTA (30) días de recibido el
informe final descripto en el Artículo 21° de dicha Resolución, la
Autoridad que corresponda fundamentará su resolución final y explicará
de qué manera ha tomado en cuenta las opiniones de los participantes y
de la ciudadanía y, en su caso, las razones por las cuales las rechaza.
Que conforme lo indicado mediante Nota NO-2016-01758879-APN-MEM, la
resolución del MINISTERIO DE ENERGIA Y MINERIA DE LA NACIÓN versará
sobre el Precio de Gas en PIST.
Que se ha expedido el Servicio Jurídico Permanente del Organismo en
cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 7°, inciso d) de la Ley N°
19.549.
Que el Ente Nacional Regulador del Gas se encuentra facultado para el
dictado del presente acto conforme lo dispuesto en el Artículo 52
inciso I) de la Ley N° 24.076, Decretos N° 571/07; 1646/07; 953/08;
2138/08; 616/09; 1874/09; 1038/10; 1688/10; 692/11; 262/12; 946/12;
2686/12; 1524/13; 222/14; 2704/14; 1392/15; 164/16; 287/16 y 844/16.
Por ello;
EL SUBINTERVENTOR DEL ENTE NACIONAL REGULADOR DEL GAS
RESUELVE:
ARTÍCULO 1° — Aprobar el AVISO que como Anexo l forma parte de la
presente Resolución para su debida publicación en el Boletín Oficial.
ARTÍCULO 2° — Hacer saber que en un plazo no mayor de TREINTA (30) días
de recibido el informe final descripto en el Artículo 36 del Anexo I
del Decreto N° 1172/2003 y en el Artículo 21° de la Resolución ENARGAS
N° 3158/2005, Anexo I, Capítulo 3, la Autoridad que corresponda
fundamentará su resolución final y explicará de qué manera ha tomado en
cuenta las opiniones de los participantes y de la ciudadanía y, en su
caso, las razones por las cuales las rechaza, dándose a publicidad
dicha Resolución en el Boletín Oficial y en el sitio web del Organismo.
ARTÍCULO 3° — Registrar, publicar, dar a la Dirección Nacional del
Registro Oficial y archivar. — Ing. DANIEL ALBERTO PERRONE,
Subinterventor, Ente Nacional Regulador del Gas.
ANEXO I
El MINISTERIO DE ENERGÍA Y MINERÍA DE LA NACIÓN y EL ENTE NACIONAL REGULADOR DEL GAS
INFORMAN:
En los términos del Artículo 36 del Anexo I del Decreto N° 1172/2003 y
de la Resolución ENARGAS N° 3158/2005, Anexo I, Capítulo 3, Artículo
21, se comunica que en lo que concierne a la Audiencia Pública N° 83:
a) objeto: tratamiento de precios de gas en el punto de ingreso al
sistema de transporte o gas en boca de pozo, las tarifas transitorias
de transporte y distribución; b) fechas en que se sesionó: tuvo lugar
los días 16 de septiembre de 2016, de 9:20 horas hasta 22.47 horas; 17
de septiembre de 2016, desde 9:10 horas hasta 24:20 horas y 18 de
septiembre de 2016 desde las 9:21 horas hasta las 10.45 horas; c)
funcionarios presentes: en los términos de la Resolución MINEM N°
177-E/16, presidieron la Audiencia el Dr. Juan Manuel Carassale y el
Ing. Andrés Chambouleyron y, atento a la designación efectuada por
Resolución ENARGAS N° I-4012/16, en los términos establecidos en la
misma, presidieron la Audiencia, en representación del ENARGAS, en
forma conjunta o alternada, los doctores Claudio Oscar De La Fuente y
Marcela Paula Valdez; e) fueron llamadas a exponer 430 personas; f)
lugar donde se encuentra a disposición el expediente: el expediente
ENARGAS N° 30059 se encuentra a disposición en la Sede Central del
ENARGAS, sita en Suipacha 636, Ciudad Autónoma de Buenos Aires; g)
plazos y modalidad de publicidad de la resolución final: en un plazo no
mayor de TREINTA (30) días de recibido el informe final descripto en el
Artículo 36 del Anexo I del Decreto N° 1172/2003 y en el Artículo 21 de
la Resolución ENARGAS N° 3158/2005, Anexo I, Capítulo 3, las
Autoridades correspondientes emitirán su resolución final y dispondrán
su publicación en el Boletín Oficial.
e. 30/09/2016 N° 72991/16 v. 30/09/2016