ADMINISTRACION
NACIONAL DE ADUANAS
Resolución N° 442/94
Agrúpanse en un único padrón,
Resoluciones que determinan derechos antidumping adoptadas por la
Secretaría de Comercio e Inversiones.
Bs. As., 3/3/94
VISTO, las medidas en materia de derechos antidumping adoptadas por la
Secretaría de Comercio e Inversiones, y
CONSIDERANDO:
Que es necesario tener en cuenta las observaciones efectuadas por los
distintos sectores del ámbito importador involucrados en dichas medidas.
Que resulta conveniente reunir las mismas en un único padrón que las
agrupe en función del tipo de mercaderías de que se trate.
Que ello, no sólo facilitará su aplicación por parte del administrado
sino que también permitirá ejercer un mejor control del Servicio
Aduanero.
Que en ejercicio de las facultades conferidas por el artículo 23,
inciso i) de la Ley N° 22415.
Por ello,
EL ADMINISTRACION NACIONAL DE ADUANAS
RESUELVE:
Artículo 1°.- Agrupar en un
padrón único y como Anexo I de la presente, las Resoluciones dictadas
hasta la fecha por la Secretaría de Comercio e Inversiones que
determinan derechos antidumping al que se incorporará las que se dicten
en el futuro.
Art. 2°- Establecer la
metodología de cálculo para la aplicación de los derechos antidumping,
de acuerdo a lo establecido juntamente con la Secretaría de Comercio e
Inversiones. La que figura como Anexo II de la presente.
Art. 3°- Dejar sin efecto la
Resolución 2505/1993.
Art. 4°- Regístrese. Publíquese
en el Boletín Oficial y en el de esta Administración Nacional. Remítase
copia a la Secretaría de Ingresos Públicos; al Centro de Despachantes
de Aduana y a las demás entidades que conforman el Consejo Aduanero, a
la Secretaría Administrativa del MERCOSUR (Montevideo- R.O.U.);
Secretaría del Convenio Multilateral sobre Cooperación y Asistencia
Mutua entre las Direcciones Nacionales de Aduanas de América Latina,
España y Portugal (México- D.F.). Cumplido, archívese.- Gustavo A.
Parino.