Resolución N° 24.298

Buenos Aires, 18 de enero de 1996

Visto, la Ley N° 24.557 y

Considerando:

Que la Ley citada prevé la existencia de aseguradoras con objeto exclusivo en la cobertura que allí se establece, las que denomina Aseguradoras de Riesgos del Trabajo

Que es necesario que tales entidades en tanto aseguradoras, realicen el trámite de inscripción respectivo en este organismo

Que, si bien la finalización de dicho trámite dependerá del cumplimiento de otras normativas que se encuentran en vías de ser dictadas, algunos de los actos necesarios para obtener tal inscripción pueden comenzar a realizarse y de ese modo agilizar un proceso que deberá  concluirse en tiempos muy breves dada la fecha de entrada en vigencia de la ley referida.

Que dentro de dichos actos se encuentran la presentación de los estatutos de la entidad para su posterior revisión y aprobación

Que dada la brevedad de los plazos en cuestión, se torna conveniente fijar un cronograma de revisión y evaluación de las presentaciones efectuadas.

Que la presente se dicta en uso de las facultades previstas en el articulo 67 inciso b) de la Ley N° 20.091.

Por ello,

EL SUPERINTENDENTE DE SEGUROS DE LA NACION

RESUELVE

Artículo 1°.- Los interesados en constituir una Aseguradora de Riesgos del Trabajo deberán presentar ante este organismo, los estatutos de la sociedad de acuerdo a la naturaleza jurídica escogida y a las previsiones de la Ley N° 20.091 y su reglamentación.

Artículo 2°.- Las presentaciones realizadas a estos efectos hasta el día 17 de febrero de 1996, serán evaluadas y, en su caso, resueltas, como máximo, dentro de ese mismo mes. Las efectuadas con posterioridad a esa fecha y hasta el l7 de marzo, lo serán, también como máximo dentro de este último mes.

Artículo 3°.-Regístrese, comuníquese y publíquese en el Boletín Oficial.

 

CLAUDIO MORONI - SUPERINTENDENTE DE SEGUROS