INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES
Resolución 16/2024
RESOL-2024-16-APN-INCAA#MCH
Ciudad de Buenos Aires, 11/03/2024
VISTO el EX-2024-23810905- -APN-GA#INCAA del Registro del INSTITUTO
NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES, las Leyes N° 17.741 (t.o. 2001)
y sus modificatorias, N° 24.156, los Decretos Nº 1536 de fecha 20 de
agosto de 2002, N° 8 de fecha 10 de diciembre de 2023, Nº 70 del 20 de
diciembre de 2023, N° 84 de fecha 23 de diciembre e 2023, N° 202 de
fecha 28 de febrero de 2024, las Resoluciones INCAA N° 171 de fecha 4
de febrero de 2019, N° 666 de fecha 2 de noviembre de 2020, N° 435-E de
fecha 27 de abril de 2022, N° 658-E de fecha 14 de junio de 2022, N°
318 de fecha 15 de marzo de 2023, N° 334 de fecha 20 de marzo de 2023,
N° 1221 de fecha 22 de agosto de 2023 y;
CONSIDERANDO:
Que por medio de la ley N° 17.741 (t.o. 2001) y sus modificatorias se
establece que, el INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES
estará gobernado por su Presidente, el cual administrará el Fondo de
Fomento y que los gastos de personal, generales e inversiones que
demande el funcionamiento del Organismo serán financiados con dicho
Fondo.
Que, mediante el Decreto de Necesidad y Urgencia Nº 8/23, se modificó
la Ley de Ministerios N° 22.520 (texto ordenado Decreto N° 438/1992) y
sus modificatorios y se efectuó una reestructuración orgánica con la
finalidad de optimizar recursos.
Que mediante el Decreto de Necesidad y Urgencia Nº 70/23, se declaró la
emergencia pública en materia económica, financiera, fiscal,
administrativa, previsional, tarifaria, sanitaria y social hasta el 31
de diciembre de 2025.
Que por Decreto N° 84/2023 a los fines de lograr un mejor
funcionamiento de la Administración Pública se reguló sobre la
contratación de personal en los organismos comprendidos en los incisos
a) y c) del artículo 8° de la Ley N° 24.156.
Que por NO-2024-03652832-APN-STEYFP#JGM la Secretaría de Transformación
del Estado y Función Pública por instrucción de la Jefatura de Gabinete
de Ministros suspendió la asignación de servicios extraordinarios
(horas extras) en todas aquellas jurisdicciones y entidades del Sector
Público Nacional.
Que mediante Decreto Nº 202/2024 se designó la nueva autoridad del INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES.
Que mediante las Resoluciones INCAA N° Nº 666-E/2020, N°435-E/2022 y N°
334-E/2023 se aprobaron aportes federales en concepto de Apoyo Anual al
Fomento de la Cinematografía Nacional para cada una de las Provincias y
la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Que a través de la Resolución del INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES
AUDIOVISUALES N° 171-E/2019, se reguló el apoyo a festivales y mercados
audiovisuales internacionales.
Que mediante Resolución del INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES
AUDIOVISUALES INCAA N° 318-E/2023, se aprobó el régimen de solicitud de
apoyo económico y auspicio institucional para Festivales Nacionales,
Muestras y Semanas de Cine.
Que la Resolución del INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES
N° 1221-E/2023 reglamentó el apoyo al lanzamiento de películas.
Que la Resolución del INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES
N° 489-E/2023 estableció el Procedimiento para la gestión y rendición
de comisiones de servicios nacionales e internacionales y viajes de
invitados del Organismo.
Que se ha dado inicio a un proceso de revisión de las políticas y
actividades de gestión que implican tomar medidas que permitan el
adecuado cumplimiento de los objetivos del INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y
ARTES AUDIOVISUALES.
Que en concordancia con las medidas adoptadas por el Gobierno Nacional,
en el marco de la emergencia declarada, la máxima autoridad del
Instituto entiende que resulta necesario tomar medidas tendientes a
racionalizar y eficientizar el Organismo.
Que atento ello, es menester propiciar una gestión eficaz en la asignación y administración de los recursos públicos.
Que resulta imprescindible adoptar medidas que permitan superar la
situación de emergencia creada por las excepcionales condiciones
económicas.
Que resulta indispensable actuar de manera urgente y hacer todos los
esfuerzos necesarios para evitar mayores perjuicios económicos para el
Organismo.
Que atento lo expuesto se entiende necesario suspender toda erogación
económica que derive de la aplicación de apoyos y aportes
institucionales.
Que en tal sentido, se ha resuelto suspender la realización de
erogaciones económicas destinadas a apoyos anuales a provincias y a la
Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Que asimismo, se ha resuelto suspender la realización de erogaciones
económicas vinculadas a los apoyos económicos regulados por las
Resoluciones INCAA N° 171-E/2019, N° 318-E/2023 y N° 1221-E/2023.
Que en la misma medida se ha determinado, a consecuencia de las
especiales circunstancias extraordinarias y razones de índole
presupuestaria en las que se encuentra el Organismo, que no se
procederá a la prórroga de ninguna de las contrataciones de locación de
obra y contratación de obra por especialidad (monotributistas) con
vencimiento el 31/03/2024, de conformidad con los documentos obrantes
en NO-2024-21752341-APN-INCAA#MCH y NO-2024-21752110-APN-INCAA#MCH.
Que se estima conveniente suspender la asignación de servicios
extraordinarios (horas extras) para todo el personal del Organismo
desde el 1 de marzo de 2024.
Que a los fines de generar un ahorro de recursos para el INSTITUTO
NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES, se entiende oportuno suspender
los adicionales en materia de servicio de Seguridad en todos los
edificios del Organismo a partir del 1 de marzo de 2024.
Que en el marco descripto, se considera apropiado suspender el
desplazamiento de funcionarios, personal, instructores e invitados,
dentro y fuera del territorio de la República Argentina en cumplimiento
de misiones y comisiones de servicios, generando un ahorro de recursos
en concepto de viáticos y gastos de traslado.
Que además, se ha instruido a la Sugerencia de Gestión en Línea,
Sistemas e Infraestructura para que proceda a dar de baja todos los
contratos con compañías de telefonía celular a partir del 1 de marzo de
2024.
Que atento la situación crítica descripta, se considera razonable
suspender las erogaciones correspondientes a la compra de suministros
comestibles para el personal del Organismo a partir del mes de marzo de
2024.
Que en la misma medida, es propicio suspender erogaciones concernientes
al pago de motomensajeria y traslados en taxi o servicios afines.
Que asimismo, se considera necesario suspender los reintegros en
concepto de gastos referentes a combustible, estacionamiento, comida,
así como cualquier otro gasto de representación institucional.
Que, a los efectos de la aplicación de las medidas descriptas, deviene
necesario el dictado del correspondiente acto administrativo.
Que la GERENCIA GENERAL y la GERENCIA DE ASUNTOS JURÍDICOS han tomado la intervención de su competencia.
Que la presente medida se dicta en uso de las facultades previstas en
la Ley N° 17.741 (t.o. 2001) y sus modificatorias y en los Decretos N°
1536/2002 y N° 202-E/2024.
Por ello,
EL PRESIDENTE DEL INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES
RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Suspender la realización de toda erogación económica vinculada a apoyos y aportes institucionales.
ARTÍCULO 2°- Suspender la realización de todo apoyo económico destinado a las Provincias y a la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
ARTÍCULO 3°.- Suspender la aplicación de las Resoluciones INCAA N° 171-E/2019, N° 318-E/2023 y N° 1221-E/2023.
ARTÍCULO 4°.- Disponer que las contrataciones de locación de obra y las
contrataciones de obra por especialidad (monotributistas) del Organismo
con vencimiento el 31 de marzo de 2024 no serán renovadas. Asimismo, se
establece la imposibilidad de realizar nuevas contrataciones de
personal bajo las modalidades mencionadas.
ARTÍCULO 5°.- Suspender la asignacion y el pago en concepto de horas
extras al personal del Organismo a partir del 1 de marzo de 2024.
ARTÍCULO 6°.- Suspender los adicionales en materia de servicio de
Seguridad en todos los edificios del Organismo a partir del 1 de marzo
de 2024.
ARTÍCULO 7°.- Suspender los desplazamientos del personal del INSTITUTO
NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES, así como de invitados, dentro y
fuera del territorio de la República Argentina, en cumplimiento de
misiones y comisiones de carácter oficial, reglamentados por la
Resolución INCAA N° 489-E/2023.
ARTÍCULO 8°.- Disponer la terminación de todos los contratos con compañías de telefonía celular a partir del 1 de marzo de 2024.
ARTÍCULO 9°.- Suspender las erogaciones correspondientes a la compra de
suministros comestibles para el personal del Organismo, y los servicios
y pago de motomensajeria, traslados en taxi o servicios afines.
ARTÍCULO 10°.- Suspender los reintegros en concepto de gastos de
combustible, estacionamiento, comida, y/o cualquier otro gasto de
representación institucional.
ARTICULO 11°.- La presente Resolución entrará en vigencia a partir del
día de su publicación en el BOLETIN OFICIAL, con excepción de los
Artículos 5°, 6° y 8°, que entrarán en vigencia en las fechas allí
indicadas.
ARTÍCULO 12°.- Regístrese, notifíquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DE REGISTRO OFICIAL y, oportunamente archívese.
Carlos Luis Pirovano
e. 12/03/2024 N° 12497/24 v. 12/03/2024