RADIODIFUSION

Decreto 851/97

Autorízase al Comité Federal de Radiodifusión a llamar a concurso público con el objeto de adjudicar 1a correspondiente licencia para la instalación, funcionamiento y explotación de una estación de radiodifusión sonora por modulación de amplitud en la ciudad de Comodoro Rivadavia.

Bs. As., 27/8/97

B.O: 2/9/97

VISTO lo establecido por las Leyes Nº 22.285 y 23.696, y lo actuado en el Expediente Nº 1867/96, el registro del COMITE FEDERAL DE RADIODIFUSION, y

CONSIDERANDO:

Que es política del Gobierno Nacional cumplir con los objetivos establecidos por la Ley Nº 23.696 en materia de privatizaciones y participación del capital privado.

Que en atención a lo dispuesto en el artículo 9º y en el Anexo I de la precitada ley, se declararon sujetos a privatización a todos los medios de comunicación administrados por el Estado Nacional, entre los cuales se halla la estación de radiodifusión sonora por modulación de amplitud denominada LU4 RADIO PATAGONIA ARGENTINA, de la ciudad de COMODORO RIVADAVIA provincia del CHUBUT.

Que para llevar a cabo la mencionada privatización, el citado ordenamiento legal otorga amplias facultades al PODER EJECUTIVO NACIONAL.

Que, con tal finalidad, corresponde autorizar al COMITE FEDERAL DE RADIODIFUSION, en su carácter de autoridad de aplicación de la Ley Nacional de Radiodifusión Nº 22.285, a instrumentar los actos concursales previstos por el artículo 39, inciso a), del citado plexo normativo, con el objeto de adjudicar la correspondiente licencia para la instalación, funcionamiento y explotación de dicha estación, la que se identificará con la señal distintiva "LRF 201" y emitirá en la frecuencia de 630 Khz con una potencia diurna/ nocturna de 25/5 Kw, respectivamente.

Que el concurso público al que refiere el considerando anterior incluirá la instalación, funcionamiento y explotación de una estación de radiodifusión sonora por modulación de frecuencia, localizada igualmente en la ciudad de COMODORO RIVADAVIA, provincia del CHUBUT, la que operará en la frecuencia de 101.7 Mhz con un equipamiento de PRE=4 Kw y HMA = 100 mts, equivalente a categoría "D" e identificada con la señal distintiva "LRF 313".

Que, a iguales fines, resulta procedente autorizar al mencionado organismo a elaborar los Pliegos de Bases y Condiciones Generales y Particulares que regirán el pertinente concurso.

Que la COMISION NACIONAL DE COMUNICACIONES ha tomado la intervención prevista por el artículo 94, inciso f) de la Ley Nº 22.285, determinando la frecuencia, señal distintiva y demás valores técnicos de emisión correspondientes a las estaciones concursadas.

Que, por su parte, el TRIBUNAL DE TASACIONES DE LA NACION ha tasado los bienes muebles e inmuebles que se traspasarán juntamente con las frecuencias asignadas a las estaciones cuya privatización se dispone por la presente.

Que, con tal finalidad, procede exceptuar el llamado a concurso autorizado por el presente de lo dispuesto mediante Decreto Nº 1151/84, por cuyo intermedio se suspendiera el Plan Nacional de Radiodifusión aprobado por Decreto Nº 462/81.

Que el servido Jurídico del COMITE FEDERAL DE RADIODIFUSION ha emitido el correspondiente dictamen.

Que la presente medida se dicta en uso de las facultades emergentes de los artículos 99 inciso 1º) de la Constitución Nacional, 3º y 39, inciso a) de la Ley Nº 22.285 y 11 de la Ley Nº 23.696.

Por ello,

EL PRESIDENTE DE LA NACION ARGENTINA

DECRETA

Artículo 1º-Autorízase al COMITE FEDERAL DE RADIODIFUSION a llamar a concurso público con el objeto de adjudicar la correspondiente licencia para la instalación, funcionamiento y explotación de una estación de radiodifusión sonora por modulación de amplitud en la ciudad de COMODORO RIVADAVIA, provincia del CHUBUT, la que se identificará con la señal distintiva "LRF 201" (ex LU4 RADIO PATAGONIA ARGENTINA) y emitirá en la frecuencia de 630 Khz con una potencia diurna/nocturna de 25/5 Kw, respectivamente.

Art. 2º-El concurso público al que refiere el artículo anterior incluirá, la instalación, funcionamiento y explotación de una estación de radiodifusión sonora por modulación de frecuencia, localizada igualmente en la ciudad de COMODORO RIVADAVIA, provincia del CHUBUT, la que operará en la frecuencia de 101.7 Mhz con un equipamiento de PRE=4 Kw y HMA=100 mts., equivalente a categoría "D" e identificada con la señal distintiva "LRF 313".

Art. 3º-Autorízase al COMITE FEDERAL DE RADIODIFUSION a elaborar los Pliegos de Bases y Condiciones Generales y Particulares que regirán los pertinentes actos concursales.

Art.4º-Exceptúase de lo dispuesto mediante Decreto Nº 1151/84, por cuyo intermedio se suspendiera el Plan Nacional de Radiodifusión aprobado por el Decreto Nº 462/81, al concurso público autorizado por el presente.

Art. 5º-Para el acto de apertura de las ofertas recibidas, requiérase la intervención del señor ESCRIBANO GENERAL DE GOBIERNO.

Art. 6º-Dése al gobierno de la provincia del CHUBUT, en el procedimiento de privatización que se dispone por el presente decreto, la participación prevista por el artículo 11 de la Ley Nº 23.696.

Art. 7º-Comuníquese a la Comisión Bicameral creada por el artículo 14 de la Ley Nº 23.696.

Art. 8º-Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.-MENEM.-Jorge A. Rodríguez.-Carlos V. Corach.