Ministerio de Trabajo y Seguridad Social

RIESGOS DEL TRABAJO

Resolución 267/98

Comité Consultivo Permanente de la Ley de Riesgos del Trabajo. Delégase la Presidencia en el Secretario de Seguridad Social.

Bs. As., 30/3/98

B.O: 6/04/98

VISTO el expediente Nº 001-00073835-047 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL, y

CONSIDERANDO:

Que por el artículo 40 de la Ley Nº 24.557 se crea el COMITE CONSULTIVO PERMANENTE DE LA LEY DE RIESGOS DEL TRABAJO, presidido por el señor Ministro de Trabajo y Seguridad Social.

Que el referido Comité Consultivo tiene las funciones que le asigna el apartado 2 de la norma referida, de fundamental importancia para la correcta implementación de los objetivos fijados en la Ley de Riesgos del Trabajo.

Que por Decreto Nº 1326 de fecha 5 de diciembre de 1997 es designado Ministro de Trabajo y Seguridad Social el Doctor Antonio Erman GONZALEZ.

Que por Decreto Nº 29 de fecha 8 de enero de 1998 es designado Secretario de Seguridad Social del MINISTERIO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL el Licenciado Héctor GAMBAROTTA.

Que, teniendo en cuenta la importancia de las funciones del mencionado Comité Consultivo, razones de adecuada atención para el desarrollo de los temas sometidos a su dictamen aconsejan la delegación de la Presidencia.

Por ello,

EL MINISTRO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL

RESUELVE:

Artículo 1º-Delegar en el señor Secretario de Seguridad Social del MINISTERIO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL, Licenciado Héctor GAMBAROTTA, la Presidencia del COMITE CONSULTIVO PERMANENTE DE LA LEY DE RIESGOS DEL TRABAJO, creado por el artículo 40 de la Ley Nº 24.557.

Art. 2º-Regístrese, comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.-Antonio E. González.